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ACUERDO de 19 de diciembre de 2022, de la Comisión de Precios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sobre implantación de nuevas tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en Auto-Taxis de Plasencia.
DOE Número: 249
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 30 de diciembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
Rango: ACUERDO
Descriptores: Tarifas.
Página Inicio: 67767
Página Fin: 67768
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 74/2004, de 18 de mayo, por el que se regula la organización y procedimiento de la Comisión de Precios de Extremadura, la citada Comisión, en sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2022, ha adoptado el siguiente
ACUERDO:
Acuerdo de la Comisión de Precios de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre implantación de nuevas tarifas para el servicio público de transporte urbanos de viajeros en Auto-Taxis de Plasencia.
Autorizar el establecimiento de las tarifas que a continuación se expresan para el servicio público de transporte urbano de viajeros en Auto-Taxis de la ciudad de Plasencia:
TARIFAS
Servicio mínimo 3,69 €
Bajada de bandera 1,84 €
Kilómetro recorrido 1,04 €
Hora de parada 16,36 €
SUPLEMENTOS
Servicio nocturno 1,84 €
Domingos, festivos 1,23 €
Salida estaciones de autobuses y FFCC 0,48 €
Maletas, bultos y similares (ocupación sin importar número de unidades) 0,48 €
Animales domésticos (ocupación sin importar número de unidades) 1,10 €
Ocupación a partir del quinto pasajero (por pasajero de más) 1,50 €
Viajes en días 24 y 31 de diciembre, que finalicen esos días hasta las 8 horas del día siguiente 1,23 €
Ferias y fiestas de junio de la ciudad de Plasencia 1,23 €
Estas tarifas llevan el IVA incluido y serán de aplicación a partir del día 1 de enero de 2023.
Contra el presente acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta que contra la resolución del recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión, en los casos establecidos en el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 19 de diciembre de 2022.
El Presidente de la Comisión de Precios,
ANTONIO RUIZ ROMERO

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