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Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución presupuestaria por anualidades de los créditos consignados en la convocatoria de ayudas para inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas en la Comunidad Autónoma dentro de las medidas EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU), establecida por el Decreto 146/2021, de 3 de diciembre y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2021.
DOE Número: 77
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 24 de abril de 2023
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: consejería de agricultura, desarrollo rural, población y territorio
Rango: Modificación
Descriptores: Agricultura. Ayudas.
Página Inicio: 26108
Página Fin: 26109
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):602386
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/602386)
El Decreto 146/2021, de 3 de diciembre, establece las bases reguladoras de concesión de ayudas para inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas en la Comunidad Autónoma dentro de las medidas EU para hace frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU) y, aprueba la convocatoria para el ejercicio 2021.
El artículo 11 del citado decreto dispone que la concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica.
Por su parte, el apartado h) del artículo 23.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que las convocatorias de ayuda en los procedimientos de concesión en régimen de concurrencia competitiva deben contener al menos, entre otros extremos, los créditos presupuestarios a los que se impute la subvención y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas.
El apartado 3 del artículo 39 de la anterior Ley dispone que El aumento de los créditos en las convocatorias por el procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a lo establecido en el artículo 23.2.h) de esta ley o una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria, exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe, de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria conforme al párrafo primero del artículo 23.1, en el que se recojan de acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias .
El apartado 3 del artículo 39 de la anterior Ley dispone que El aumento de los créditos en las convocatorias por el procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a lo establecido en el artículo 23.2.h) de esta ley o una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria, exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe, de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria conforme al párrafo primero del artículo 23.1, en el que se recojan de acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias .
En cumplimiento de las previsiones legales anteriores, el apartado 7º de la disposición adicional tercera. Convocatoria de ayudas para el ejercicio 2021 del Decreto 146/2021, de 3 de diciembre (DOE n.º 249, de 29 de diciembre de 2021), establece que El crédito para esta convocatoria de 2021 asciende a un importe total de 25.000.000 millones de euros, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, a través del Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER), imputándose a la Aplicación Presupuestaria 120040000/G/323C/77000/FREI040201/20220052.
EURI Inversión en transformación, comercialización, y/o desarrollo de productos agrícolas y algodón , de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la C.A., gasto que se autorizó por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura conforme al siguiente detalle:
Anualidad 2023: 5.000.000 €.
Anualidad 2024: 10.000.000 €.
Anualidad 2025: 10.000.000 €.
De la citada convocatoria no se han emitido aun resoluciones favorables de concesión, y con motivo de adecuar a los plazos previstos de gestión y ejecución de las inversiones, en aplicación de lo previsto el apartado 3 del artículo 39 de la Ley 6/2011, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se considera conveniente y necesario realizar una redistribución de créditos entre las anualidades de 2023, 2024 y 2025, consistente en que se anulen los 3.500.000 € inicialmente consignados en la anualidad de 2023, y se redistribuyan nuevamente, de lo que se informa públicamente, conforme al siguiente detalle:
Anualidad 2023: 1.500.000 €.
Anualidad 2024: 11.500.000 €.
Anualidad 2025: 12.000.000 €.
Mérida, 18 de abril de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ

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