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RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, la Diputación Provincial de Cáceres, la Universidad de Extremadura, la Mancomunidad Integral Villuercas-Ibores-Jara, el Grupo de Acción Local Asociación para la Promoción y el Desarrollo Rural del Geoparque Mundial Unesco de Villuercas-Ibores-Jara (Aprodervi), la Asociación de Empresas del Geoparque Mundial de la Unesco Villuercas-Ibores-Jara Geovilluercas y la Asociación Geológica de Extremadura (Agex), para la gestión del Geoparque Mundial de la Unesco Villuercas-Ibores-Jara.
DOE Número: 20
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 30 de enero de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de hacienda y administración pública
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 7098
Página Fin: 7124
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 28 de diciembre de 2022, el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, la Diputación Provincial de Cáceres, la Universidad de Extremadura, la Mancomunidad Integral Villuercas-Ibores-Jara, el Grupo de Acción Local Asociación para la Promoción y el Desarrollo Rural del Geoparque Mundial Unesco de Villuercas-Ibores-Jara (Aprodervi), la Asociación de Empresas del Geoparque Mundial de la Unesco Villuercas-Ibores-Jara Geovilluercas y la Asociación Geológica de Extremadura (Agex), para la Gestión del Geoparque Mundial de la Unesco Villuercas Ibores Jara, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 11 de enero de 2023.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO, LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES, LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL VILLUERCAS-IBORES-JARA, EL GRUPO DE ACCIÓN LOCAL ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO RURAL DEL GEOPARQUE MUNDIAL UNESCO DE VILLUERCAS-IBORES-JARA (APRODERVI), LA ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DEL GEOPARQUE MUNDIAL DE LA UNESCO VILLUERCAS-IBORES-JARA GEOVILLUERCAS Y LA ASOCIACIÓN GEOLÓGICA DE EXTREMADURA (AGEX), PARA LA GESTIÓN DEL GEOPARQUE MUNDIAL DE LA UNESCO VILLUERCAS IBORES JARA.
Mérida, 28 de diciembre de 2022.
La Sra. D.ª Begoña García Bernal, Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en representación de la Junta de Extremadura.
El Sr. D. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente de la Diputación de Cáceres, en virtud del acuerdo del pleno de Sesión Constitutiva celebrado el 12 de enero de 2021, por el que resultó elegido Presidente de la misma.
El Sr. D. Antonio Hidalgo García, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, nombrado según el Decreto 2/2019, de 8 de enero.
La Sra. D.ª Ana Josefa Abril Calles, Presidenta de la Mancomunidad Integral de Villuercas Ibores - Jara en virtud del acuerdo de Pleno del día 18 de septiembre de 2019 y representante legal de la Mancomunidad tal y como recogen sus estatutos.
El Sr. D. Felipe Sánchez Barba, Presidente del Grupo de Acción Local Asociación para la Promoción y el Desarrollo Rural del Geoparque Mundial UNESCO de Villuercas Ibores Jara, (en adelante APRODERVI) por acuerdo de la Junta Directiva del día 26 de noviembre de 2019, como representante legal de la Asociación tal y como aparece en el Artículo 11 de sus Estatutos.
El Sr. D. José Antonio Montero García, Presidente de la Asociación de Empresas del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara GEOVILLUERCAS, por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria del día 26 de agosto de 2015, que en función del artículo 13 de sus estatutos, representa legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados.
El Sr. D. Juan José Tejado Ramos, Presidente de la Asociación Geológica de Extremadura, AGEX, en función del artículo 30 de sus estatutos.
Interviniendo todos en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos que respectivamente desempeñan, reconocién­dose mutuamente legitimación para la suscripción del presente Convenio, autorizados expresamente por los órganos correspondientes de las insti­tuciones a las que representan, y, en orden al mismo,
CONSIDERANDO
Que los geoparques provienen históricamente de la fundación en el año 2000 de la Red Europea de Geoparques con el objetivo de proteger la geodiversidad, promover el patrimonio geológico y apoyar el desarrollo económico sostenible de los territorios de los geoparques principalmente a través del desarrollo del turismo geológico.
Que fundada en 2004 bajo los auspicios de la UNESCO, la Red de los Geoparques Mundiales (Global Geoparks Network, GGN), es hoy una asociación internacional sin ánimo de lucro a la que pertenecen obligatoriamente todos los Geoparques Mundiales de la UNESCO. La GGN coopera con la UNESCO en la gestión del IGGP técnica y financieramente al tiempo que se ocupa de fomentar la cooperación entre los geoparques mundiales, de la adquisición de capacidades en todas las regiones del planeta interesadas y de la formación de expertos para los procesos de evaluación y revalidación.
Que teniendo en cuenta el progreso, durante el decenio 2005-2015, de la Red Mundial de Geoparques, la Asamblea General de la UNESCO aprueba en 2015 el nuevo Programa Internacional de Ciencias de la Tierra y de los Geoparques. Los Geoparques Mundiales de la UNESCO quedan definidos en sus Estatutos como zonas geográficas únicas y unificadas en las que se gestionan sitios y paisajes de importancia geológica internacional con un concepto integral de protección, educación y desarrollo sostenible.
Que en ese contexto ha de observarse el progreso histórico del geoparque apreciando los siguientes hitos:
— 23 de julio de 2009. Protocolo firmado en Guadalupe por la Diputación de Cáceres, la Junta de Extremadura, el Instituto de Turismo de España, la Universidad de Extremadura, la Mancomunidad de Villuercas-Ibores-Jara, el grupo de acción local APRODERVI y la asociación empresarial turística Geovilluercas (denominada entonces Vibotur), siendo sus objetivos el reconocimiento de Villuercas-Ibores-Jara en el seno de la red europea de geoparques y la creación de una estructura jurídica de soporte.
— 17 de septiembre de 2011. Reconocimiento en el seno de las Redes Europea y Mundial de Geoparques, auspiciadas por UNESCO, otorgado durante la 9ª Conferencia Europea de Geoparques celebrada en Langesund, Noruega.
— 5 de diciembre de 2014. Primer Convenio de Colaboración para la Gestión del Geoparque Villuercas-Ibores-Jara firmado por las mismas entidades que figuran en el encabezado y cuya validez fue fijada en cuatro años.
— 2 de septiembre de 2015. Primera tarjeta verde (extensión del reconocimiento como geoparque para los años 2016-2019) como resultado positivo de su primer proceso de revalidación confirmando el avance en todos sus objetivos y su consolidación tanto en el territorio como en su colaboración internacional en las redes de geoparques.
— 17 de noviembre de 2015. La Asamblea General de la UNESCO aprueba el nuevo Programa Internacional de Ciencias de la Tierra y de los Geoparques, conocido por sus siglas, en inglés, como IGGP (International Geoscience and Geoparks Programme). Villuercas-Ibores-Jara es reconocido como Geoparque Mundial de la UNESCO. Un nuevo certificado fue remitido al efecto por la UNESCO, cuya imagen se anexa al margen.
— 17 de diciembre de 2018. Renovación del Convenio de Colaboración para la gestión, ya como Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara, hasta finales de 2022.
— 2 de septiembre de 2019. Segunda tarjeta verde (extensión del reconocimiento como geoparque para los años 2020-2023) como resultado positivo de su segundo proceso de revalidación.
Que los Estatutos del IGGP promueven que los geoparques mundiales de la UNESCO deben tener un órgano de gestión con personalidad jurídica reconocida acorde a la legislación nacional. Tales órganos de gestión deben poseer los recursos adecuados para ocuparse correctamente de todo el territorio del geoparque mundial de la UNESCO. Se recomienda que en la gestión de un geoparque mundial de la UNESCO estén representados todos los actores y autoridades locales y regionales pertinentes.
Que, en referencia al territorio, el Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara es la suma de los términos municipales de Aldeacentenera, Alía, Berzocana, Cabañas del Castillo, Campillo de Deleitosa, Cañamero, Carrascalejo, Castañar de Ibor, Deleitosa, Fresnedoso de Ibor, Garvín de La Jara, Guadalupe, Logrosán, Navalvillar de Ibor, Navezuelas, Peraleda de San Román, Robledollano, Valdelacasa de Tajo y Villar del Pedroso (con la Entidad local Menor de Navatrasierra). La superficie total es de 2.546,70 Km2. El territorio está representado por la Mancomunidad Integral de Municipios de Villuercas Ibores - Jara y por el Grupo de Acción Local APRODERVI.
Que se alienta en los Estatutos a los geoparques mundiales de la UNESCO a que compartan su experiencia y asesoramiento y a que realicen proyectos conjuntos en el seno de la GGN. Será obligatorio ser miembro de la Red Mundial de Geoparques.
Que en relación con los párrafos estatutarios anteriores, el patrimonio geológico de Villuercas-Ibores-Jara está ampliamente reconocido en la literatura científica. Cabe destacar el relieve de tipo apalachiano, uno de los contextos geológicos españoles de importancia internacional relacionados en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, la diversidad de su registro fósil que contiene representantes de los primeros metazoos con esqueleto externo o concha, precursores del gran hito evolutivo conocido como la Explosión Cámbrica o, finalmente, el Monumento Natural de la Cueva de Castañar, fenómeno kárstico de gran valor científico debido a la diversidad y grado de conservación de sus espeleotemas. Junto a ellos, han sido definidos más de cincuenta sitios de importancia geológica, los geosítios, de funcionalidad científica, educativa y turística. Siguiendo la evolución del geoparque en el plano científico, la investigación ha señalado más de una decena de nuevos lugares de importancia geológica o geositios, en los cuales se trabaja para concederles una importancia científica, educativa o de turismo sostenible.
Que, además, el patrimonio cultural de Villuercas-Ibores-Jara ha sido ampliamente reconocido por su apreciable diversidad, amplio recorrido histórico y representatividad. Impreso en los abrigos rupestres desde los albores de la humanidad, en los cuadros de Zurbarán, en el arte mudéjar, o la arquitectura tradicional, en las costumbres, las fiestas y las tradiciones, la riqueza de este territorio es muy remarcable. Diversos Bienes de Interés Cultural se unen al reconocimiento como Patrimonio Mundial del Real Monasterio de Santa María de Guadalupe.
Que no es menos rico el patrimonio natural dada la biodiversidad que aportan estos parajes capaces de conservar la laurisilva como ningún otro en la península. La conservación de esta riqueza, la profundización en su conocimiento científico, la apropiación social del patrimonio y la demostración de que ese vasto patrimonio es una fuente de desarrollo económico sostenible son los principios que han inspirado a las instituciones y a las empresas para impulsar el Geoparque de Villuercas-Ibores-Jara.
Que la participación del geoparque en las redes de Geoparques se ha ido incrementando desde sus inicios, ya sea por su participación en el Comité Nacional y en el Foro Español de Geoparques o en la Red Europea y en la Red Mundial en las que su aportación es notoria en los grupos de trabajo, en los proyectos de cooperación, en los protocolos de hermanamiento, en el asesoramiento a territorios aspirantes o en los procesos de evaluación y revalidación para los cuales sus representantes técnicos han sido reconocidos como expertos por la UNESCO.
Que, siguiendo los Estatutos del IGGP, es la Diputación de Cáceres quien se responsabiliza de la gestión del geoparque promoviendo el presente convenio para continuar con un método de gestión coparticipado por las organizaciones públicas y privadas del territorio y con la participación de la Junta de Extremadura y las instituciones científicas.
Que todos los miembros coinciden en destacar la importancia del geoparque para el territorio y la necesidad de persistir en los esfuerzos de inversión, conservación, promoción, educación y cooperación. Coinciden igualmente que el desarrollo sostenible, basado en el enfoque de abajo a arriba que promueve el IGGP para los Geoparques Mundiales de la UNESCO, es la herramienta más útil para enfrentar el reto demográfico de nuestros municipios.
Estas consideraciones llevan a la necesidad de firmar un nuevo convenio de colaboración para la gestión que permita observar la evolución en términos y resultados en el marco de la Agenda 2030; cuyos objetivos, los Objetivos de Desarrollo Sostenible, marcan el camino pactado en Naciones Unidas para transformar un mundo que comparte tanto las amenazas globales como el hambre, los conflictos, el cambio climático, o las desigualdades como la esperanza de una sociedad global, educada y capaz de asumir retos y bondades de la sostenibilidad. En ese acuerdo
MANIFIESTAN
Que la Diputación de Cáceres se define por su dedicación al desarrollo de los municipios de la provincia. Que entre sus fines se contempla el apoyo financiero, técnico y metodológico al desa­rrollo social, económico y cultural, a la lucha contra la tendencia al despoblamiento del medio rural y a la promoción del aprovechamiento sostenible de los valores y recursos de la Provincia de Cáceres.
Que la Diputación de Cáceres dispone de áreas y servicios especializados en sus áreas dirigidas al Desarrollo territorial, Cultura, Infraestructuras y Transformación Digital.
Que la Junta de Extremadura ejerce, en virtud del artículo 31 y 32 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero del Estatuto de Autonomía de Extremadura, las funciones propias del Gobierno de la Comunidad Autónoma en relación con las competencias asumidas por la Comunidad en la mencionada norma, y tiene como objetivo fortalecer el papel de los espacios naturales como activos socioeconómicos y su implicación para promover, en cooperación con otras políticas sectoriales y tejiendo alianzas con los actores del territorio, los procesos de dinamización económica y territorial, potenciando las sinergias entre conservación y desarrollo para convertirlos en áreas dinámicas e innovadoras, contribuyendo al progreso en los territorios rurales donde se localizan.
Que el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y atribuye las competencias de las Secretarías y Direcciones Generales cuyo papel en la gestión del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara es relevante citándose a las competentes en materia de Desarrollo Rural y Reto Demográfico, de Turismo, conservación del Patrimonio geológico, natural y cultural, Desarrollo sostenible Educación, Empleo y Formación Profesional.
Que la Universidad de Extremadura dispone de profesores e investigadores conocedores del Patrimonio natural de la comarca y especialistas en el diseño de materiales didácticos para su estudio y difusión.
Que la Mancomunidad Integral de Villuercas Ibores Jara fue declarada como tal por resolución de Consejo de Gobierno de fecha 11 de junio de 2008 constando entre sus fines la gestión mancomunada de los intereses generales municipales de su territorio así como el fomento del desarrollo local del mismo. Que según el artículo 3 de los estatutos de fecha 2 de septiembre de 2005, el fin de la Mancomunidad es la prestación de todos los servicios que contribuyan a la promoción y el desarrollo integral de la comarca, haciendo hincapié en los aspectos económicos, turístico-ecológicos y socio-culturales.
Que el Grupo de Acción Local APRODERVI entre sus fines y objetivos tiene la de promover cuantas acciones e iniciativas incidan en el desarrollo rural del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara, actuando sobre las potencialidades de desarrollo propias de esta zona, a través de iniciativas tanto públicas como privadas, contando para ello con el aprovechamiento de los recursos endógenos. Que impulsará prácticas de desarrollo sostenible a favor de la mejora del bienestar y permanencia de la población del medio rural, garantizando la calidad del entorno y la actividad y el empleo existente en el mismo que coordinará y colaborará con organismos locales, provinciales, autonómicos, nacionales y supranacionales dedicados al desarrollo de las zonas rurales. Que incidirá en la conservación, protección y valorización del medio ambiente y el entorno rural, entendido no solo como medio físico sino también como medio humano. Que cuenta con estructuras técnicas y de gestión suficiente así como de órganos de toma de decisiones para el cumplimiento de los fines y objetivos. Que desarrolla programas de Desarrollo Rural, con financiación mayoritariamente procedente de la Unión Europea, desde 1998. Que está inmersa en diversos proyectos de desarrollo territorial destacando el Programa de Desarrollo Rural de enfoque LEADER, el Club de Producto Birding Extremadura, Los Caminos de Guadalupe Clubs de Productos agroalimentarios; vino, quesos, aceites, jamón ibérico y otros o, finalmente, la participación en el Club de Ecoturismo. Que en su Estrategia de Desarrollo Local Participativo (EDLP) se incluye cumplir con los fines y objetivos establecidos por el geoparque, así como la de participar activamente en los órganos de gestión y participación que se establezcan. Que sus oficinas servirán como sede territorial del Geoparque para las funciones que así se establezcan.
Que la Asociación de Empresas Turísticas del Geoparque Villuercas Ibores Jara, Geovilluercas, tiene como objetivo configurar una oferta turística integrada, con una imagen de unidad y equilibrio para la comarca de Villuercas Ibores Jara, la defensa de la actividad turística en el ámbito de acción territorial de la Asociación, la elaboración y presentación de propuestas sobre la coordinación y dinamización de todos los recursos de la oferta turística de la comarca de Villuercas Ibores Jara. Promover la conservación, protección y correcta gestión de todos los recursos turísticos. Acoge a cerca de 70 empresas turísticas del Geoparque. Que es socio de la Asociación de Ecoturismo en España (AEE) creada en 2010 para fomentar el turismo sostenible en los espacios protegidos e inscrita desde 2010 en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del MINECO. Que colabora activamente con la Dirección del Geoparque desde su inicio siendo parte esencial en cuanto a motor social en el territorio.
Que la Asociación Geológica de Extremadura, AGEX, en función del artículo 2 de sus estatutos tiene los objetivos de, entre otros, informar y concienciar a la sociedad en general y a las administraciones y demás instituciones en particular, de la importancia de la geología en la Comunidad Autónoma de Extremadura y ha venido colaborando en el desarrollo del Geoparque, trabajando en el seno del Comité Educativo y Científico y desde la estructura técnica, sobre todo en el aporte de la documentación y conceptos científicos necesarios para la correcta interpretación de la geología, la ecología, la antropología y los hechos culturales de Villuercas-Ibores-Jara.
En consecuencia, es voluntad de las partes suscribir el presente Convenio, para lo cual acuerdan las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. El presente Convenio tiene por objeto:
El fin primordial de este convenio es la participación en la gestión del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara conforme a los principios expresados en las Directrices Operativas del Programa Internacional de Ciencias de la Tierra y de los Geoparques de la UNESCO y de los que derivan los siguientes fines:
— La conservación del patrimonio geológico de Villuercas Ibores Jara en relación con su biodiversidad, con su patrimonio cultural y con las formas de vida de su sociedad.
— El conocimiento y apreciación de la sociedad acerca de los valores que impulsa y protege el geoparque de manera que puedan ser integrados en la propia cultura y en la dinámica social y económica.
— El empoderamiento de la población local y el establecimiento de un sistema de gobernanza siguiendo las directrices del Programa Internacional de Ciencias de la Tierra y de los Geoparques y el enfoque de abajo a arriba.
— El aprovechamiento del patrimonio geológico y del concepto de geoparque como recurso económico y en especial como una de sus bases para el desarrollo sostenible y la promoción del geoturismo.
— La cooperación nacional e internacional en la Red Europea y en la Red Mundial de Geoparques, en el Foro Español de Geoparques y en el Comité Nacional Español de Geoparques, participando en los órganos de coordinación y en los trabajos conjuntos que se programen. Igualmente en la relación con la UNESCO y otros organismos nacionales e internacionales.
— La promoción de una mayor sensibilización hacia los valores del medio rural.
Para el mejor cumplimiento de sus fines, el Geoparque Villuercas-Ibores-Jara puede realizar, entre otras, las siguientes actividades:
— Los fines de conservación conllevarán actuaciones de investigación científica, proposiciones para la mejora de la conservación, instrucciones para la interpretación y acciones de divulgación.
— Se impulsará un proyecto educativo que abarque las diferentes naturalezas de la educación formal y no formal para que pueda ser integrado en los programas de la comunidad educativa y en otros recursos formativos y educativos puestos a disposición del territorio para la población adulta.
— Se gestionará una estrategia turística que comprenda la organización de los recursos físicos, de información turística y de interpretación del patrimonio, la participación de las empresas y su formación así como el impulso y desarrollo, la sostenibilidad y la promoción del destino turístico Geoparque Mundial UNESCO Villuercas Ibores Jara.
— Además debe promoverse la cooperación científica y técnica con los geoparques mundiales de la UNESCO en aquellas materias en las que esa cooperación favorezca el desarrollo del propio geoparque.
— Se realizarán todas aquellas tareas subordinadas o accesorias a la actividad principal, tales como la gestión administrativa y funcional del geoparque, de sus instalaciones y equipamientos. Particularmente se tendrá especial atención, en este sentido, a los dispositivos de información sobre las actividades del geoparque y sobre los dispositivos de información turística.
— Ejercer las actividades económicas y administrativas precisas para el cumplimiento de los fines.
Y, de modo genérico, llevar a cabo cuantas actuaciones sean conducentes al mejor logro de sus fines.
Segunda. Desarrollo de los fines.
El desarrollo de los fines podrá efectuarse por los siguientes modos, que se enumeran sin propósito exhaustivo:
— Por la Diputación de Cáceres y las instituciones firmantes, con sus recursos físicos, humanos y financieros.
— Por la cooperación entre las entidades que la conforman o por la coordinación de las actividades que cada una de ellas realizan en razón de sus propias competencias o programaciones en relación con el geoparque.
— Por la cooperación en el seno de la Red Europea de Geoparques, en el de la Red Mundial de Geoparques o en el Comité Nacional Español de Geoparques y el Foro Español de Geoparques.
— Creando o cooperando a la creación de otras entidades de naturaleza asociativa, fundacional o societaria, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
— Participando o colaborando en el desarrollo de las actividades de otras entidades, organismos, instituciones o personas de cualquier clase, físicas y jurídicas, que de algún modo puedan servir a los fines perseguidos por el geoparque, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
Tercera. Miembros y Colaboradores del Geoparque.
Las entidades firmantes del presente convenio son reconocidas como miembros del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara.
Algunas de esas entidades agrupan a su vez a otras entidades, organizaciones o empresas que participan en las actividades del geoparque y a las que se reconoce como entidades colaboradoras (y que figuran como partners en el acervo documental de los Geoparques Mundiales de la UNESCO). Entre ellas debe citarse a:
— Los ayuntamientos de Villuercas-Ibores-Jara.
— Las empresas asociadas a Geovilluercas.
— Los socios del Grupo de Acción Local APRODERVI.
— Los centros educativos o de formación profesional del proyecto educativo Geocentros .
Cuarta. Órganos y marcos de colaboración en la gestión.
El Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara dispondrá de:
— Plan Estratégico.
— Plan Anual de Acción.
— Presidencia. El titular de la presidencia de la Diputación de Cáceres
— Vicepresidencias. El titular del área competente en desarrollo sostenible en la Diputación de Cáceres y la presidencia de la Mancomunidad Villuercas-Ibores-Jara.
— Consejo del Geoparque. Formado por todos los responsables institucionales de los miembros del geoparque.
— Comisión Territorial. En la que participan responsables y/o cuerpo técnico de las entidades miembro del geoparque.
— Órganos consultivos: Comité Educativo y Científico y Foro de Alcaldías.
— Estructura técnica.
Quinta. Plan Estratégico y Plan Anual de Acción.
Para el desarrollo de los fines de este convenio ha de aprobarse un Plan Estratégico. Este Plan es, además, obligatorio para todos los Geoparques Mundiales de la UNESCO.
En el Plan Estratégico se determinan los objetivos estratégicos, las líneas de trabajo y las acciones concretas definidas gracias a la participación de los miembros y las entidades colaboradoras siguiendo el enfoque de abajo a arriba propuesto en los estatutos del IGGP. Debe contener la temporalización prevista y los resultados esperados que permitan su seguimiento periódico y su reprogramación si fuera necesaria.
El Plan Estratégico, de acuerdo con la experiencia de planificación y gestión del geoparque ha de acordar acciones relativas a:
— Estructura de gestión. (Órganos de decisión; estructura técnica y científica; presupuesto; comunicación).
— Investigación y conservación del patrimonio. (Geositios e itinerarios geológicos. Estudio científico, inventario, conservación; Plan de conservación del patrimonio geológico y normativa; Patrimonio natural; Patrimonio cultural; Obras y otras acciones para la conservación del patrimonio; Promoción de la investigación y otros estudios; Eventos científicos y de promoción del patrimonio; Publicaciones; Networking científico; Sociedades; etc.).
— Equipamientos, infraestructuras e información turística. (Equipamientos de los geositios, senderos e itinerarios geológicos, accesos, sitios culturales y naturales, seguridad y señalización; museos, infocentros, paneles informativos, otras infraestructuras y publicaciones físicas y digitales.)
— Geoturismo, formación, promoción, marketing y comercialización. (Plan de Marketing: promoción, merchandising, comercialización; Experiencias turísticas; Plan de formación; Eventos; Observatorio; Networking turístico.
— Otros sectores y acciones de desarrollo sostenible. (Sector primario y geoparque; Artesanía; Branding; Creación y consolidación de empresas; Promoción social; Políticas de empleo; Igualdad entre hombres y mujeres.)
— Educación formal y no formal. Proyecto Geocentros. (Actividades; Publicaciones; Material didáctico y metodologías; Formación del profesorado; Publicaciones; turismo educativo).
— Networking. La participación en las redes de geoparques. Con la GGN, el Foro Español de Geoparques, el Comité Nacional, la UNESCO y la Comisión Nacional Española de Coordinación con la UNESCO y otras acciones de cooperación al desarrollo.
En la pretensión de que el Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara contribuya a los objetivos de desarrollo sostenible aprobados en la Agenda 2030, la Planificación Estratégica contendrá un ANEXO que analice la contribución del geoparque a metas específicas de los ODS en los cuales tenga una influencia directa. Este anexo deberá ser actualizado con las acciones concretas que se desarrollen en el periodo de vigencia de presente convenio.
El Plan Estratégico se aprueba en el Consejo del Geoparque y se desarrolla a través de Planes de Acción anuales que son propuestos por la Comisión Territorial y aprobados por el Consejo.
El Plan de Acción describe las acciones concretas a desarrollar en cada anualidad. Tiene analizado su coste, y la asignación, a cada miembro, de la responsabilidad de ejecución en función de su competencia. Se considera esta metodología como una buena práctica observada con interés en las redes de geoparques: Por su diferente naturaleza, por la competencia en su ejecución o por la gestión de fondos de administración compleja, cada acción puede ser asignada a alguna de las administraciones miembro, que la ejecutará con sus propios procedimientos, en el marco de sus propios presupuestos generales o en el marco de programas específicos abiertos en el seno de aquellos. No están, por tanto, previstas las transferencias entre administraciones para la ejecución de las acciones previstas en este Plan. Sin embargo, su ordenación supone un ejercicio de máxima coordinación de las inversiones públicas dirigidas a una comarca sobre una planificación para la que todas ellas expresan su acuerdo.
Se espera con ello una mayor agilidad en la realización de las acciones y, además, otros elementos positivos añadidos: Por una parte la focalización de las inversiones en el territorio, llegando éstas de una manera complementaria y coherente con la estrategia aceptada localmente. Por otra, se descarta la necesidad de ulteriores convenios de subvención o de participación en proyectos, eliminando las fases de solicitud o de justificación de fondos. Acciones repetidas en el tiempo y que precisan de apoyos técnicos y financieros por parte de la Diputación o de la Junta de Extremadura podrían ser la excepción a esa norma. Por ejemplo, las subvenciones de Diputación para el personal de los centros de interpretación.
Sexta. Presidencia del Geoparque.
La presidencia de la Diputación ostentará la presidencia del Geoparque. A la presidencia del geoparque le corresponden las competencias de representación legal del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara, la presidencia del Consejo del Geoparque, el nombramiento de la estructura técnica del Geoparque y la aprobación del Plan de Acción. Todas las decisiones serán aprobadas mediante resoluciones de la presidencia de la Diputación de Cáceres o por acuerdo del Pleno según proceda. También nombrará los representantes ante la Red Mundial de Geoparques, la Red Europea de Geoparques, el Comité Nacional Español de Geoparques y el Foro Español de Geoparques.
Las vicepresidencias del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara corresponderán a la persona titular del Área competente en desarrollo sostenible en la Diputación de Cáceres y a la presidencia de la Mancomunidad Villuercas-Ibores-Jara.
Séptima. El Consejo del Geoparque.
El Consejo del Geoparque estará formado por representantes de las instituciones firmantes. En el caso de la Junta de Extremadura, serán los representantes de los departamentos (Consejerías, Secretarías Generales o Direcciones Generales) con competencias en materia de turismo, educación, empleo, desarrollo rural, medio natural y patrimonio cultural.
El Consejo del Geoparque tendrá funciones consultivas y de participación con el fin de tratar las propuestas destinadas a:
— El Plan Estratégico del Geoparque.
— El Plan de Acción del Geoparque.
— El nombramiento de la estructura técnica del geoparque y de los representantes en las Redes Europea y Mundial de Geoparques, así como en el Foro Español de Geoparques o en el Comité Nacional Español de Geoparques. Reconocerá igualmente a los miembros de esta estructura designados por la UNESCO en su cuerpo de expertos evaluadores.
— El nombramiento de los integrantes del Comité Educativo y Científico.
— Establecer convenios de colaboración entre las entidades firmantes o con otras administraciones para la financiación de proyectos específicos.
— Aprobar la memoria anual de actividades incluyendo aquí la conservación del patrimonio geológico, el proyecto educativo, la promoción del geoturismo, la relación con las redes europea y Mundial de geoparques, la relación con las entidades internacionales de ciencia y conservación y con la UNESCO, la relación con el Comité Nacional Español de Geoparques, el Foro Español de Geoparques y la administración del geoparque.
— Fomentar el estudio y la investigación de los recursos geológicos, ecológicos y culturales del Geoparque Villuercas-Ibores-Jara, promoviendo el respeto a sus valores y la educación ambiental mediante proyectos o planes ejecutables por cualquiera de las entidades o por varias, de manera autónoma o en colaboración entre ellas y con la estructura técnica del geoparque.
— Participar en acciones institucionales en el geoparque y sus redes cuando se precise su presencia o participación operativa así como en las misiones de revalidación del Geoparque.
El Consejo del Geoparque ha de reunirse al menos una vez al año. Los miembros pueden hacer llegar sus propuestas a la presidencia para su estudio e incorporación al orden del día.
Octava. La Comisión Territorial.
Con el objeto de que la gestión del Geoparque se realice lo más próxima posible a su territorio y a sus entidades más representativas, se crea una Comisión Territorial, sin entidad jurídica, en los siguientes términos:
— La Comisión Territorial estará compuesta por los representantes de las entidades territoriales ubicadas en el territorio del Geoparque (Mancomunidad, Geovilluercas y Aprodervi), y representantes técnicos de la Diputación de Cáceres y de la Junta de Extremadura.
— Sus funciones principales son la propuesta de actividades en el geoparque en consonancia con los objetivos de desarrollo comarcal y geoturismo propios de las entidades citadas así como el seguimiento periódico de la ejecución de las mismas.
— La propuesta de actividades territoriales se unirán a la programación educativa, a la científica y a la de relaciones externas para conformar el borrador de Plan de Acción que debe ser aprobado por el Consejo del Geoparque.
— La Comisión realizará principalmente funciones de seguimiento de la ejecución de las actividades programadas orientando las mismas y resolviendo cualquier duda acerca de la interpretación de las mismas. Podrá emitir informes para la reprogramación si fuera necesario o para solicitar la inclusión de especificaciones técnicas acordes a las actividades programadas en los procedimientos de contratación de las entidades firmantes sin perjuicio de la competencia de sus propios órganos de contratación.
— La Estructura Técnica dará continuidad a los dictámenes de la Comisión sin perjuicio de su dependencia de las entidades a las que pertenecen.
— La Comisión Territorial se reunirá bimensualmente, y siempre que sea necesario para el buen desarrollo de la gestión del Geoparque, a petición de cualquiera de sus miembros o de la Estructura Técnica. La dirección del geoparque llevará la coordinación con el fin de trasladar las decisiones a la Presidencia estando asistida técnicamente por el subdirector con funciones de secretaría de la comisión. Asistirán a sus reuniones sus representantes, el director y el subdirector del geoparque, éstos dos últimos con voz pero sin voto. Podrán ser invitados a las reuniones, en función de los temas a tratar, otras entidades públicas o privadas.
— La Comisión Territorial reportará a cada una de sus entidades y al Consejo del Geoparque. En el caso de que de sus debates se extraiga una propuesta de ejecución de acciones que sean responsabilidad de alguna de las entidades firmantes de este convenio, la Comisión elevará propuestas de ejecución a los órganos representativos de esas entidades.
— Con un fin de difusión hacia la sociedad del geoparque, todas las actas con sus propuestas y decisiones tomadas por la Comisión Territorial, serán expuestas públicamente a través de los dispositivos de información y comunicación de las entidades territoriales y del geoparque.
Novena. La estructura técnica.
El modelo de estructura técnica que se pretende tiene la siguiente configuración:
— Dirección del geoparque.
— Dirección educativa y científica.
— Subdirección.
— Personal técnico y científico.
— Personal técnico y administrativo de apoyo.
La dirección es responsable de la gestión operativa del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara. Será nombrado por la presidencia que le otorgará las facultades necesarias para el desempeño de sus funciones. Será una persona profesional con formación en Ciencias de la Tierra y con experiencia de gestión, de promoción del desarrollo territorial o del turismo sostenible, al servicio de la Diputación de Cáceres.
Le corresponde, sin perjuicio de las facultades atribuidas al Consejo del Geoparque y a la Comisión Territorial, redactar el borrador de Plan de Acción responsabilizándose de su ejecución y gestionar el presupuesto, así como aquellas otras funciones que le sean encomendadas. Dirigirá la estructura técnica. Asistirá, con voz, pero sin voto, a las reuniones del Consejo del Geoparque y de la Comisión Territorial.
La Dirección Educativa y Científica será nombrada por la presidencia entre profesionales de la Comunidad Educativa y Científica que se dedican a las Ciencias de la Tierra, en sentido amplio, haciéndose referencia de manera prioritaria a las disciplinas de geología, geomorfología, biología, minería o geografía.
La Dirección Educativa y Científica dirige el comité homónimo. Coordina todas las tareas científicas y del proyecto educativo del geoparque en estrecha colaboración con la Dirección.
La Subdirección será ocupada por una persona profesional de las disciplinas de la gestión o promoción del turismo o del desarrollo sostenible y que tenga la formación y preparación suficientes para cumplir los objetivos y fines del Geoparque, valorándose la experiencia en la gestión del Geoparque. Su responsabilidad es la coordinación de la ejecución de las actividades territoriales delegadas por la Comisión Territorial o por la dirección del geoparque y todos los aspectos de sensibilización y participación social. Igualmente la coordinación con la estrategia de desarrollo rural de Villuercas-Ibores-Jara. Su nombramiento corresponde a la presidencia. Asistirá, con voz, pero sin voto, a las reuniones del Consejo del Geoparque y de la Comisión Territorial, donde ejercerá las labores de secretaría.
Cumpliendo con los requisitos del programa UNESCO, la Diputación de Cáceres garantizará la contratación a tiempo completo de una persona profesional de geociencias (siendo geología o paleontología las disciplinas que se ajustan a esa definición) al servicio del geoparque.
Décima. Foros de información y asesoramiento.
Los foros de información y asesoramiento del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara son:
— El Foro de alcaldías.
— El Foro Joven.
— El Comité Educativo y Científico.
a) El Foro de Alcaldías.
Su finalidad es tratar asuntos ligados con el geoparque proveyendo información general sobre la gestión y las posibilidades de participación en determinadas actividades cuyo éxito depende en gran medida de la participación activa de las entidades locales. También ha de focalizarse en la creación de un espacio de relación entre alcaldes y alcaldesas con la presidencia y dirección del geoparque, relación necesaria y a cultivar para el mejor liderazgo del geoparque en el territorio.
Al Foro de Alcaldías pertenecen todas las alcaldías de las entidades locales del geoparque, la presidencia de la Mancomunidad Villuercas-Ibores-Jara y la del geoparque. La estructura técnica asistirá a sus reuniones.
En particular, este foro podrá debatir, asesorar y proponer en materia de:
— Información general del geoparque.
— Planificación estratégica.
— Patrimonio y conservación en cada municipio.
— Tareas de mantenimiento de infraestructuras del geoparque en cada municipio.
— Centros de interpretación e información.
— La promoción del Foro Joven.
— Desarrollo del geoparque.
b) El Foro Joven.
Durante el periodo de validez de este convenio debe tratarse la creación de un Foro Joven como un espacio de encuentro entre los jóvenes del territorio. Su función debe ser propositiva y constructiva poniendo el acento en la capacidad de innovación de la juventud. Se considera igualmente un elemento necesario en territorios con reto demográfico.
Se configurará como un foro asesor de la gestión del geoparque en materias diversas como la apropiación social del patrimonio, la organización y difusión de las actividades sociales, la promoción de actividades de voluntariado, la participación en actividades de los Geocentros, la inclusión en planes territoriales de empleo en colaboración con las empresas y con el SEXPE o la promoción de actividades de cooperación con otros geoparques de España y del mundo.
El Consejo del Geoparque aprobará el reglamento, composición, proyectos y formas de participación del Foro Joven.
c) El Comité Educativo y Científico.
Con la aprobación de la presidencia y a propuesta del Consejo del Geoparque, formarán parte del Comité Educativo y Científico, que actuará como Consejo Asesor, aquellas personas de especial relieve en el mundo académico, profesional, cultural o social, que por sus destacados conocimientos puedan aconsejar y asistir al Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara en aspectos técnicos y en la formulación de sus actividades.
El Comité Educativo y Científico será presidido por la presidencia, quien podrá delegar la presidencia de sus sesiones en la Dirección del geoparque quien coordinará las sesiones y los trabajos que se determinen con el apoyo de la dirección educativa y científica y de la estructura técnica.
La actividad del Comité Educativo y Científico no está sujeta necesariamente a la adopción de acuerdos y sus miembros desempeñarán sus cargos con carácter gratuito, si bien pueden ser reembolsados de los gastos debidamente justificados que su actividad les ocasione.
Las funciones del Comité se circunscriben al área científica y educativa del geoparque, pudiendo sus miembros asesorar o participar activamente en actividades como las siguientes:
— Promoción de estudios científicos. En colaboración con la Universidad de Extremadura, otras universidades u organismos de investigación científica, han de promoverse líneas de investigación cuyos resultados tengan aplicación en la mejora de la protección de los valores geológicos, naturales o culturales del Geoparque o en su desarrollo social y económico.
— Programar acciones de visibilidad científica del Geoparque. Mediante la realización de publicaciones, seminarios y eventos de naturaleza científica que pongan en relación este territorio con otros de naturaleza similar y que profundicen en la valoración del Geoparque como herramienta de conservación del patrimonio geológico.
— Garantizar el proyecto educativo del Geoparque. El Comité debe coordinar con la comunidad educativa de Villuercas Ibores Jara y, por extensión, de Extremadura la puesta en marcha de un proyecto educativo que inserte en la educación formal y no formal y en sus distintos niveles el conocimiento de los valores del Geoparque tanto los naturales como su proyección socioeconómica de manera que la población se apropie de los mismos y pueda participar tanto en su conservación como en la elaboración de propuestas de desarrollo económico.
— Definir los criterios de protección del Geoparque y proponer la compilación del patrimonio geológico de Villuercas Ibores Jara.
Decimoprimera. Compromisos de las entidades firmantes.
De la Diputación de Cáceres:
— La gestión efectiva del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara manteniendo su representación legal.
— El mantenimiento de un presupuesto anual individualizado que cubra las acciones mínimas obligatorias de los Geoparques, garantizando los compromisos con las Redes de Geoparques (reuniones, promoción, semana europea, revalidaciones del geoparque, u otros) y el funcionamiento de los dispositivos de información y promoción.
— La puesta a disposición del geoparque de un técnico a su servicio que realice las labores de dirección del geoparque a tiempo total o parcial y de al menos un científico de la Tierra, prioritariamente geólogo o paleontólogo, esté contratado a tiempo completo en funciones relativas al geoparque.
— La incorporación del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara en los eventos de promoción turística de la institución provincial. La incorporación igualmente al producto turístico Ecoturismo en España .
— El apoyo técnico para funciones jurídicas, de organización y administrativas en los momentos en que sea necesario para garantizar el correcto funcionamiento del geoparque.
— La participación responsable en la Comisión Territorial en los términos expresados en este convenio.
De la Junta de Extremadura:
— La participación efectiva en los órganos de gestión del geoparque y en aquellos de gestión o cooperación en el marco del programa UNESCO. De manera particular, en el Comité Nacional Español de Geoparques, para el que debe proponer un representante e informar de su nombramiento en el Consejo del Geoparque.
— La incorporación del proyecto educativo del Geoparque de Villuercas-Ibores-Jara en los programas educativos de la Consejería de Educación garantizando la participación de la comunidad educativa del territorio del geoparque.
— La colaboración en las labores de conservación del patrimonio geológico.
— La cooperación en la conservación y protección de la geodiversidad y del patrimonio geológico y natural en el territorio a través de la vigilancia llevada a cabo por parte de los Agentes del Medio Natural de la Junta de Extremadura.
— La incorporación del Centro de Interpretación de la Cueva de Castañar de Ibor como centro de información del Geoparque de Villuercas-Ibores-Jara en coordinación con el resto de equipamientos locales del geoparque.
— La cooperación en materia de patrimonio cultural para alcanzar la identificación, documentación, conservación y promoción de los bienes y manifestaciones culturales, así como el reconocimiento y consolidación en el territorio de Instituciones museísticas.
— La incorporación del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara en las acciones de promoción turística de la Dirección General de Turismo.
— La cooperación en materia de desarrollo rural, senderos y caminos rurales, desarrollo agrícola y ganadero y promoción de productos del sector primario en relación con el resto de productos del geoparque.
— La cooperación en materia de promoción, conservación y difusión del patrimonio cultural del territorio.
— La aplicación de medidas de las políticas activas de empleo, coherentes con la estrategia del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara.
De la Universidad de Extremadura:
— La propuesta, al Consejo del Geoparque, de profesionales de entre las facultades que se dedican a las Ciencias de la Tierra, (geología, geomorfología, biología, minería o geografía) para la dirección del Comité Educativo y Científico.
— El impulso a las líneas de investigación que favorezcan el crecimiento del conocimiento científico del geoparque y su desarrollo económico.
— La participación en las actividades propuestas por el Comité Educativo y Científico y la promoción del geoparque en el ámbito universitario.
De la Mancomunidad Integral de Municipios de Villuercas-Ibores-Jara:
— La participación responsable en la Comisión Territorial en los términos expresados en este convenio.
— El mantenimiento de la información sobre el Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara a todos los ayuntamientos de la comarca.
— El impulso a la participación social en todos los eventos del geoparque en su territorio, incluidas las actividades de ocio y tiempo libre.
— El impulso de actividades de mejora de entornos (limpieza, escombreras, etc.) que favorezcan la imagen de respeto a la naturaleza que el geoparque promueve.
— La solicitud de figuras de políticas activas de empleo que contribuyan a la mejora de los equipamientos y entornos del geoparque.
— La colaboración para el mantenimiento de los equipamientos locales del geoparque en estrecha relación con la dirección del mismo y siguiendo las normas básicas comprometidas con el Programa de los Geoparques Mundiales de la UNESCO. Sin perjuicio de que la relación pueda aumentar en el futuro, mediante puntos de información en todos los núcleos de población, se agrupan bajo el epígrafe equipamientos locales del geoparque los centros, oficinas o salas de recepción, información e interpretación, la señalización interpretativa y direccional del geoparque, los senderos, caminos y accesos a los geositios del geoparque.
Del grupo de acción local APRODERVI:
— La participación responsable en la Comisión Territorial en los términos expresados en este convenio.
— La puesta a disposición del geoparque de un técnico a su servicio para las labores de subdirección del geoparque, en su estructura técnica, a tiempo total o parcial.
— La coordinación del Plan de Acción del Geoparque con la Estrategia de Desarrollo Local Participativo (EDLP) de metodología LEADER, aplicando, si fuera necesario, proyectos y expedientes del programas de desarrollo rural vigente o el que lo sustituya en el futuro para la realización de actividades ligadas a los fines que persigue este convenio.
— La dinamización de los colectivos públicos y privados del territorio del geoparque organizados en diferentes Comisiones Territoriales, que aseguran una representación equilibrada de todos los sectores económicos y sociales presentes en el geoparque, con una gobernanza con equidad de género en sus órganos de gestión, de abajo hacia arriba, siguiendo la metodología LEADER y los estatutos del Programa de Ciencias de la Tierra y Geoparques.
— La puesta a disposición de una sede territorial, dotada con los medios técnicos y humanos necesarios para ejercer esta función.
De la Asociación empresarial GEOVILLUERCAS:
— La participación responsable en la Comisión Territorial en los términos expresados en este convenio.
— El mantenimiento del producto turístico del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara atendiendo a los criterios de turismo sostenible y geoturismo que se propugna en las directrices operativas del programa UNESCO y en la Red Mundial de Geoparques.
— La colaboración en los dispositivos y equipamientos de información e interpretación del geoparque.
— La participación en las actividades programadas por el geoparque, en especial durante la Semana Europea de Geoparques.
— La propuesta, en el marco del Plan de Acción, de los planes de geoturismo y en particular:
El diseño de actividades, planes, paquetes y recorridos para viajes de familiarización de diferentes entidades promocionales en el Geoparque.
El diseño y realización de proyectos propios relacionados con el desarrollo turístico de la zona.
La participación en la información sobre recursos turísticos del geoparque, sobre todo en la confección del Catálogo de Servicios Turísticos y en la web institucional.
La participación en ferias turísticas y otros eventos promocionales.
La realización de cuantas acciones de promoción dentro y fuera del Geoparque sean necesarias para una mejor difusión del Producto Turístico del Geoparque y del Geoturismo y para la consecución del objetivo de convertir el Geoparque Villuercas Ibores Jara en destino turístico mundial.
De la Asociación Geológica de Extremadura:
— La colaboración en los trabajos coordinados desde el Comité Educativo y Científico.
— El asesoramiento científico y tecnológico para la consecución de los fines de gestión y conservación de la geodiversidad y los recursos patrimoniales geológicos y mineros del geoparque.
— El asesoramiento en el proyecto educativo del geoparque, en cualquiera de las disciplinas geológicas (paleontología, sedimentología, geomorfología, hidrogeología, tectónica, minería, ingeniería geológica y ambiental, etc.).
Decimosegunda. Compromiso con la UNESCO, las Redes Europea y Mundial de Geoparques y el Comité Nacional Español de Geoparques.
Las entidades firmantes renuevan en este convenio su aceptación y compromiso con las directrices operativas del programa de Geoparques Mundiales de la UNESCO y con las normas establecidas en los estatutos de la Red Mundial de Geoparques, así como con el reglamento o instrumento regulador del Comité Nacional Español de Geoparques una vez sea aprobado.
Como Geoparque Mundial de la UNESCO, las entidades firmantes se comprometen a:
— Gestionar el geoparque siguiendo las directrices operativas del Programa Internacional de Ciencias de la Tierra y de los Geoparques, facilitando la información que le pueda ser requerida por la propia UNESCO, por sí misma o a través de la Comisión Española de Cooperación con la UNESCO o por el Comité Nacional Español de Geoparques.
— Facilitar y afrontar con garantías los procesos de revalidación del reconocimiento como Geoparque Mundial de la UNESCO. Cubrir los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de los expertos externos que tienen la misión de revalidación del geoparque.
— Facilitar las funciones y desplazamientos de sus representantes reconocidos en el panel de expertos de la UNESCO con funciones de evaluación y revalidación o de asistencia técnica a otros territorios.
— Seguir las normas de utilización del uso del logo UNESCO.
Como miembro de las Redes Europea (EGN, European Geoparks Network) y Mundial de Geoparques (GGN, Global Geoparks Network), las entidades firmantes se comprometen conjuntamente a:
— Participar, con sus representantes, en el Comité de Coordinación de la EGN como órgano operativo y de gestión de la Red y en cuantos comités o grupos de trabajo se solicite del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara para su participación. El Comité de Coordinación se reúne dos veces al año, cada vez en un geoparque diferente, para debatir sobre el progreso de la Red y para coordinar los programas y actividades conjuntas entre los miembros.
— Designar a dos representantes oficiales para el Comité de Coordinación de la Red Europea de Geoparques, uno de los cuales debe ser un científico de la Tierra y el otro debe provenir del campo de la gerencia o del desarrollo económico local, incluido el turismo.
— Designar al representante ante la Asamblea General de la Asociación Internacional sin fines lucrativos Red Mundial de Geoparques y participar activamente en la misma.
— Presentar informes anuales de las actividades del Geoparque Mundial de la UNESCO Villuercas-Ibores-Jara a la EGN y a la GGN.
— Participar en grupos de trabajo o redes temáticas de la EGN y de la GGN.
— Utilizar los logotipos de la EGN y de la GGN en los productos del geoparque.
— Participar en la cuota anual de promoción para la publicación y distribución de la revista EGN y otras actividades promocionales y de trabajos conjuntos con la UNESCO y cubrir los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de los representantes en las reuniones de la EGN y GGN.
— Participar en la cuota anual de la GGN como medio de soporte financiero del Programa de los Geoparques Mundiales de la UNESCO.
— Difundir en su territorio la Red de Geoparques europeos y Mundiales a través del Rincón de Geoparques , creado en el Centro de Recepción de Visitantes de Cañamero. Un rincón de Geoparques es un soporte publicitario ofreciendo información, imágenes, folletos, y productos de todos los miembros de la EGN.
— Organizar anualmente la Semana Europea de Geoparques como festival anual organizado en todos los geoparques de la EGN.
— Participar en la Conferencia Europea de Geoparques que se organiza cada dos años y en la Conferencia Internacional de la GGN que se celebra alternativamente a la europea también cada dos años. Cada miembro debe contribuir en estas conferencias presentando comunicaciones orales o pósteres sobre las actividades y experiencias de su geoparque.
— Colaborar con otros miembros o con territorios aspirantes, bilateral o multilateralmente, mediante actividades comunes, intercambio de saber hacer, acuerdos de hermanamiento, publicaciones comunes, la presentación de las iniciativas de geoturismo y productos locales, etc.
Como miembro del Comité Nacional Español de Geoparques y del Foro Español de Geoparques las entidades firmantes se comprometen a:
— Nombrar sus representantes en dicho Comité y en el Foro Español de Geoparques.
— Participar activamente las reuniones y actividades propuestas por el Comité y por el Foro de los Geoparques españoles, sobre todo en materia de difusión de la iniciativa de geoparques en España.
— Aceptar para sus representantes funciones de coordinación del Foro o de grupos de trabajo específicos.
— Aportar documentalmente o con su experiencia a la contribución española al Programa Internacional de Geociencias y Geoparques Mundiales de la UNESCO.
Decimotercera. Financiación de las actividades generadas por este convenio.
La financiación de las actividades de este convenio podrá provenir:
— Del presupuesto anual asignado de la Diputación de Cáceres. Esta asignación se realizará en el programa Geoparque del Presupuesto General de la Diputación de Cáceres cuya dotación mínima deberá cubrir los compromisos con las Redes Europea y Mundial de Geoparques (asistencia a sus reuniones, publicidad conjunta, trabajos con la UNESCO y Semana Europea de los Geoparques), así como las actividades de promoción turística, proyecto educativo y conservación científica.
— Del presupuesto que puedan asignarle anualmente el resto de las instituciones firmantes y que serán gestionados por ellas mismas o bien transferidos a la Diputación de Cáceres mediante convenio particular.
— De los proyectos que las entidades asociadas puedan obtener de cualquier ente público o privado, en España y en el extranjero.
Decimocuarta. Duración del convenio, alineación con la Agenda 2030 y evaluación de resultados.
El presente Convenio tendrá una duración de 4 años a partir de la fecha de firma, prorrogable por decisión unánime del Consejo prorrogable conforme a lo establecido en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Ello permite una alineación temporal de este convenio con la marcada en la Agenda 2030 y permitirá la ejecución de la Planificación estratégica y de su ANEXO ODS descrito en la cláusula quinta. El Consejo del Geoparque analizará en los meses previos a la posible prórroga los resultados del convenio y de la planificación tomando la decisión oportuna en cuanto a dicha prórroga y si ésta debe contener algún anexo de recomendaciones para la obtención de resultados finales en 2030.
No obstante podrá producirse su resolución por denuncia previa de algunas de las partes, hecho que deberá comunicarse al resto para su consideración en el Consejo del Geoparque.
Decimoquinta. Naturaleza.
El presente Convenio posee naturaleza administrativa, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico adminis­trativo en los términos que se establecen en la Sección 3ª del capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con expresa sumisión de las partes a la Jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio digitalmente.
Por la Diputación de Cáceres,
Carlos Carlos Rodríguez
Por la Junta de Extremadura,
Begoña García Bernal
Por la Universidad de Extremadura,
Antonio Hidalgo García
Por la Mancomunidad de Villuercas-Ibores-Jara,
Ana Josefa Abril Calles
Por el Grupo de Acción Local Aprodervi,
Felipe Sánchez Barba
Por la Asociación Empresarial Geovilluercas,
José Antonio Montero
Por la Asociación Geológica de Extremadura,
Juan José Tejado Ramos

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