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RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Diputación Provincial de Cáceres para la coordinación de competencias propias en materia de incendios de campo en la provincia de Cáceres.
DOE Número: 60
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 28 de marzo de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 18956
Página Fin: 18981
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 9 de marzo de 2023, el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Diputación Provincial de Cáceres para la coordinación de competencias propias en materia de incendios de campo en la provincia de Cáceres, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 15 de marzo de 2023.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES PARA LA COORDINACIÓN DE COMPETENCIAS PROPIAS EN MATERIA DE INCENDIOS DE CAMPO EN LA PROVINCIA DE CÁCERES.
Mérida, 9 de marzo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, Dª Begoña García Bernal, Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto del Presidente 19/2019, de 1 de julio, (DOE de 2 de julio de 2019), por el que se dispone su nombramiento.
De otra parte, el Sr. D. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente de la Diputación Provincial de Cáceres, en nombre y representación legal de la antedicha Diputación en virtud del artículo 34.1.b) de la Ley 7/1985 reguladora de las bases de régimen local, con facultades para suscribir el presente Convenio.
Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad suficiente para suscribir el presente Convenio.
MANIFIESTAN:
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con lo dispuesto en el Decreto 164/2019, de 29 de octubre, tiene competencias en materia de medio ambiente, en particular, la prevención y extinción de los incendios forestales.
La Diputación Provincial de Cáceres, a través del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios, tiene competencias en la extinción de incendios en el medio rural cuando afecten a cultivos agrícolas o infraestructuras , así como la extinción de incendios de vegetación en terrenos urbanos de conformidad con el artículo 36.1.c) de la Ley 7/1985 reguladora de las bases de régimen local, presta el servicio de prevención y extinción de incendios en los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres que no lo hacen directamente, y en aquellos de más de 20.000 habitantes al amparo del correspondiente Convenio de colaboración suscrito a tal fin.
Ambas partes en su condición de Administraciones públicas se rigen en sus relaciones por los principios de lealtad y de cooperación recogidos en el artículo 140 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con su gestión y prestación.
Y siendo prioridad de ambos organismos la mejora de la coordinación en la extinción de los incendios de su respectiva competencia (de una parte en el medio forestal, y de otra en el medio agrícola, urbano, industrial, de infraestructuras y equipamientos) se considera necesario avanzar en la cooperación entre ambos organismos mediante la formalización del presente Convenio para la coordinación de incendios de vegetación o incendios de campo.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y al amparo del artículo 49 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que las partes firmantes suscriben conjuntamente con sujeción a las siguientes,
CLÁUSULAS
1. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto coordinar la actuación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Junta de Extremadura (en adelante Plan INFOEX) y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios en la provincia de Cáceres (en adelante SEPEI-Cáceres) en las intervenciones de extinción de incendios de campo y en los que haya que intervenir según sus respectivas competencias; estableciéndose criterios de actuación relativos a recepción del aviso de incendio, delimitación de casos, información de incendios en distinta central; movilización y petición de apoyo de recursos; coordinación en la intervención y protocolo de comunicación vía radio entre ambos servicios para en todo ello mejorar así la coordinación en incendios de campo.
2. Competencias en incendios de campo.
El Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), establece en su artículo 2 que el ámbito de aplicación del Plan INFOEX se extenderá a todos los montes.
La Ley 6/2015 de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, establece en su artículo 230.1 los terrenos que tienen la consideración de monte; y en su artículo 230.2 los terrenos que no tienen consideración de monte.
A estos efectos las competencias en incendios de campo serán las siguientes:
2.1. Competencia incendios de campo del Plan INFOEX
Los incendios de campo cuya competencia pertenece al Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Junta de Extremadura (Plan INFOEX) serán los que afecten a los siguientes terrenos indicados en el artículo 230.1 de la Ley 6/2015 de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, esto es:
Los terrenos ocupados por especies forestales arbóreas, arbustivas, de matorral o herbáceas, sean espontáneamente o procedan de siembra o plantación, que cumplan o puedan cumplir funciones ambientales, protectoras, productoras, culturales, paisajísticas o recreativas.
Los terrenos yermos, roquedos y arenales.
Los terrenos agrícolas abandonados que cuenten con las características de un terreno forestal porque vegeten en ellos ejemplares forestales de árboles o arbustos cuya base mida más de quince centímetros de diámetro y siempre que de su dedicación al cultivo agrícola no exista constancia en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura en los últimos diez años.
Los enclaves forestales de carácter permanente con una superficie superior a una hectárea incluidos en terrenos agrícolas.
Todo terreno que, sin reunir las características descritas anteriormente, se adscriba a la finalidad de ser repoblado o transformado al uso forestal, de conformidad con la normativa aplicable.
2.2. Competencia incendios de campo del SEPEI-Cáceres
Los incendios de campo cuya competencia pertenece al SEPEI-Cáceres serán los que afecten a los siguientes terrenos indicados en el artículo 230.2 de la Ley 6/2015 de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, esto es:
Los dedicados al cultivo agrícola.
Los terrenos procedentes de cultivos agrícolas abandonados en bancales, independientemente de la vegetación existente o del tiempo transcurrido tras el abandono, desde el momento en el que el órgano competente en agricultura certifique el buen estado de conservación de los bancales y la aptitud del terreno para el cultivo agrícola.
Los linderos entre terrenos no forestales, aunque estén poblados por franjas de vegetación forestal, cuando esta franja tenga una anchura media inferior a dos metros.
Los terrenos de regadío que se destinen a cultivos forestales de turno inferior a 20 años, siempre que tales cultivos tengan por objeto alguna de las especies que al efecto se determinen reglamentariamente. Su planificación y aprovechamiento forestal se regirá por lo dispuesto en este Título.
Los terrenos inicialmente adscritos a la finalidad de ser repoblados o transformados al uso forestal para los que el órgano competente deje sin efecto esa adscripción, previo informe favorable de la Dirección General competente en materia de montes y aprovechamientos forestales.
Las superficies plantadas con especies ornamentales y los viveros forestales situados fuera de los montes o terrenos forestales.
Los terrenos clasificados como urbanos o urbanizables por la ordenación territorial y urbanística, siempre que, en este último caso y de requerirse, cuenten con programa de ejecución aprobado o instrumento que haga sus veces.
2.3. Competencia incendios en edificaciones y construcciones en el Campo
Los incendios en el que se vean afectados las siguientes edificaciones, instalaciones y/o vehículos ubicados en el campo serán competencia del SEPEI-Cáceres:
Las construcciones e infraestructuras destinadas al servicio del monte en que se ubican, incluidos los equipamientos e infraestructuras de uso social, recreativo o deportivo que se ubiquen en el mismo.
Edificaciones e infraestructuras destinadas a uso particular o colectivo de personas (chalets, cortijos, albergues,...)
Construcciones e infraestructuras destinadas a uso industrial, agrícola o ganadero.
Instalaciones dedicadas al reciclaje y/o almacenamiento de residuos sólidos urbanos (vertederos)
Vehículos particulares e industriales estacionados y ubicados en zona rural
Cunetas en vías de comunicación colindantes con terrenos no considerados forestales
Los terrenos aledaños a los citados anteriormente, se ajustarán competencialmente a los que se marque en los puntos 2.1. y 2.2. de este Convenio.
3. Recepción del aviso por incendio y riesgos en campo.
La información debe contar con el siguiente contenido mínimo:
Identificación del alertante en su caso.
Tipo de incendio en campo, con los números de focos activos visibles.
Situación del incendio con su ubicación exacta.
Posibles riesgos, para personas, bienes y medio ambiente
Una vez definidos estos aspectos, se mantendrá la comunicación con el alertante para ampliar la información posteriormente (personas afectadas con su ubicación, proximidad de edificaciones, condiciones meteorológicas, recursos presentes, abastecimiento de agua,...)
Ante la información facilitada, se deberá contrastar con personal capacitado si se trata o no de un incendio de campo.
Se considerará como personal capacitado para definir y confirmar un incendio de campo a los Agentes del medio natural, Coordinadores de zona del Plan INFOEX, miembros en activo del SEPEI o del Plan INFOEX, agentes en activo de Guardia Civil, Policía local y/o nacional.
4. Delimitación de la competencia.
Toda la información generada por un incendio de campo deberá ser valorada de modo que su gestión será direccionada lo antes posible a la Central a la que corresponda la competencia (Plan INFOEX o SEPEI-Cáceres ), para que se determinen los recursos que sean necesarios desplazar.
Para situaciones de incertidumbre o indefinición se actuará en participación conjunta, hasta verificar o contrastar la primera información recibida, y con ello delimitar la competencia entre los responsables de ambas movilizaciones.
Cuando surjan dudas al respecto, los responsables de la movilización de recursos de ambos servicios (el Coordinador del INFOEX y el Jefe de Guardia del SEPEI) se deberán poner en contacto para dirimir dicha circunstancia.
5. Información de incendios en distinta central.
Cuando en la central del SEPEI-Cáceres se reciba la información referente a un incendio de campo y se constate que su competencia corresponda al Plan INFOEX, será prioritario pasarle la información desde el SEPEI al Plan INFOEX, a través de uno de estos medios:
Vía teléfono a la Central del INFOEX de Cáceres (927005809)
Vía radio del Plan INFOEX (Grupo Cáceres Centro)
Vía radio del SEPEI-Cáceres que habrá en ambas centrales.
Recíprocamente, cuando en la central del Plan INFOEX se reciba la información referente a un incendio en campo y se constate que su competencia corresponda al SEPEI-Cáceres será prioritario pasarle la información desde el Plan INFOEX a la central del SEPEI, a través de UNO de estos medios:
Vía teléfono a la Central del SEPEI-Cáceres (927218080).
Vía radio del Plan INFOEX (Grupo Cáceres Centro).
Vía radio del SEPEI-Cáceres que habrá en ambas centrales.
Para situaciones de incertidumbre o indefinición, ambas centrales se pasarán la información recibida hasta verificar la competencia de la incidencia.
Finalmente los responsables de la movilización de recursos de ambos servicios (El Coordinador del INFOEX y el Jefe de Guardia del SEPEI) se deberán poner en contacto para dirimir dicha circunstancia.
6. Movilización de recursos previa a la delimitación de la competencia.
Si desde que se tiene aviso del incendio hasta que se delimita la competencia se han movilizado recursos de alguno de los servicios por parte de su central, éstos pasarán a depender del responsable de la movilización una vez delimitada la competencia, previa consulta al Coordinador del INFOEX o al Jefe de Guardia del SEPEI.
7. Movilización de recursos.
Una vez recibida la información del incendio de campo y sea constatada como propia en la Central correspondiente del Plan INFOEX, esta movilización se gestionará conforme a sus respectivos regímenes de funcionamiento.
Se informará inmediatamente por parte del Plan INFOEX tanto al SEPEI-Cáceres como al 112 Extremadura para que se activen los recursos necesarios cuando se prevea que el incendio forestal en su evolución más desfavorable, necesite la puesta en práctica de medidas para la protección de personas ajenas al dispositivo de extinción o existan bienes aislados amenazados de naturaleza no forestal (viviendas, construcciones, infraestructuras, urbanizaciones aisladas, naves industriales, vehículos, así como otras infraestructuras sensibles o redes de suministros).
Recíprocamente, cuando el SEPEI-Cáceres se encuentre interviniendo dentro de su ámbito competencial, en un incendio de campo con previsión de riesgo de incendio forestal, se informará inmediatamente tanto al Plan Infoex como al 112 Extremadura para que se activen los recursos necesarios.
8. Petición de apoyo de recursos.
En el caso de que, debido a las circunstancias del incendio de campo, se necesitará prestar apoyo con recursos del otro servicio, la decisión de solicitarlos deberá ser motivada en base a la información del Mando Responsable de la Intervención (SEPEI-Cáceres) o del Director de Extinción (INFOEX).
La petición de apoyo deberá realizarse por el Director de Extinción del lNFOEX o por la Jefatura de Guardia de SEPEI-Cáceres en su caso. En la misma se deberá concretar el recurso que se precisa, exponiendo claramente el personal, material o medio necesario sin necesidad de concretar la ubicación del recurso solicitado.
Ante la declaración de alguno de los Niveles de peligrosidad potencial del Plan INFOEX en un incendio forestal, el Director de Extinción o Mando Único hará una valoración lo más exhaustiva posible de los bienes no forestales que se pueden ver afectados en aras a que la respuesta en la movilización del SEPEI-Cáceres sea la adecuada, comunicando al Jefe de Guardia del SEPEI dicha valoración.
En aquellos casos, en los que por las circunstancias justificadas la movilización de recursos en apoyo de ambos servicios no se pudiera llevar a cabo, los Mandos Responsables de la Movilización (Jefe de Guardia del SEPEI-Cáceres y el Director de Extinción del Plan INFOEX) tendrán que comunicarse vía teléfono o radio, los ajustes o instrucciones adicionales que se consideren adecuadas.
Una vez confirmado el apoyo solicitado, la central de comunicaciones competente o que dirige el incendio deberá comunicar a la Central del Servicio que preste el apoyo, el lugar del incendio con la mayor concreción posible (coordenadas), ubicación de recursos desplazados, Director de Extinción o Jefe de Guardia, y el canal de trabajo de las emisoras que trabajen en el lugar.
9. Coordinación en los incendios.
En un incendio de campo todos los recursos presentes y sus centrales tendrán que estar informados sobre el terreno de quién dirige y coordina las operaciones de extinción y ponerse a su disposición.
En el caso del Plan INFOEX esa figura recae en el Director de Extinción: Agente Medio Natural, Coordinador de Zona, o Mando Directivo, pudiendo corresponder dicha coordinación al Jefe de retén mientras se incorpora el Director de Extinción.
En el caso, del SEPEI-Cáceres el Mando Responsable de la Intervención, podrá ser Jefe de Salida, Jefe de Parque, Jefe de Guardia, Jefe de Departamento de Operaciones o Jefe de Área.
Los medios enviados en apoyo no actuarán hasta que se haya realizado dicha comunicación, salvo en conatos, fase de primer ataque o riesgo inminente, hasta la incorporación de los directores o competentes indicados.
En los incendios de campo que se extiendan por cultivos agrícolas y terreno forestal simultáneamente, la competencia corresponderá al personal del Plan INFOEX que se encuentre sobre el terreno.
Asimismo, en aquellos incendios de campo que sean competencia del SEPEI-Cáceres cuando en su avance afecten a terrenos forestales, el Mando Responsable de la Intervención del SEPEI-Cáceres pasará la competencia al Director de Extinción o personal en primer ataque del Plan INFOEX.
En cualquier caso, la actuación en la extinción de bienes distintos a vegetación (vertederos, escombreras, vehículos, infraestructuras, construcciones, viviendas...) será competencia del SEPEI-Cáceres.
Hasta tanto se delimite la competencia, el medio de intervención sobre el terreno participará en la extinción de conatos o fase de primer ataque hasta la incorporación de la dirección de extinción o jefatura de intervención respectiva.
Los recursos del servicio que prestan el apoyo deberán ser, como norma general, los primeros en desmovilizarse. Si hubiera circunstancias justificadas por las que esto no fuera posible, deben ser puestas en conocimiento del Director de Extinción del Plan INFOEX y del Jefe de Guardia del SEPEI.
10. Comunicaciones.
10.1. Control de recursos.
Para garantizar que las transmisiones sean eficaces se realizará al menos un control de escucha vía radio entre ambas centrales en horario de mañana, sin perjuicio de que entre ellas se comuniquen incidencias en vehículos, transmisiones u otra información de interés en cualquier momento, previa autorización de sus mandos correspondientes.
En ambas centrales se deberá disponer de una emisora del otro servicio y comprobar que se encuentran operativas y en el canal/grupo de trabajo adecuado.
10.2. Durante la movilización.
La comunicación de petición de apoyo se llevará a cabo telefónicamente o vía Radio de Central a Central con el visto bueno de los responsables (Jefe de Guardia/Coordinador).
Durante el trayecto hacia el incendio, los recursos de ambos Servicios utilizarán el sistema de comunicaciones vía radio del Plan INFOEX, manteniéndose encendidas las emisoras en cada momento.
10.3. Durante la intervención.
Durante las tareas de extinción las comunicaciones entre Plan INFOEX y SEPEI-Cáceres se realizarán mediante el sistema de comunicaciones vía radio del Plan INFOEX.
A la llegada al incendio el Mando Responsable de la Intervención (SEPEI-Cáceres) y el Director de Extinción (Plan INFOEX) deberán llevar a cabo la transmisión de información, comunicando las tareas a realizar por ambos en la gestión y dirección del incendio. Dicha comunicación entre mandos se debe realizar verbalmente en forma presencial. Si por alguna circunstancia no fuera posible, se llevará a cabo a través de los siguientes medios por orden de prioridad:
Emisora del Plan Infoex, indicando el grupo/canal de trabajo.
Telefonía móvil.
Cuando se produzca un relevo en el mando de cada uno de los servicios, el Director de Extinción en el caso del Plan INFOEX o del Mando Responsable de la Intervención en el caso del SEPEI-Cáceres deberán comunicarlo tanto a los efectivos de su propio servicio como al responsable del otro servicio, para que puedan realizarse las labores de gestión de forma coordinada.
En incendios forestales de Nivel 1 o en aquellos donde actúen más de una dotación del SEPEI-Cáceres, el Mando Responsable de la Intervención del SEPEI-Cáceres deberá incorporarse, en la medida de lo posible, al Puesto de Mando para realizar las tareas de coordinación y gestión que sean necesarias.
Una vez finalizada la intervención los recursos movilizados del SEPEI-Cáceres comunicarán vía radio a la Central SEPEI de Cáceres y ésta a la Central del INFOEX:
Salida del incendio.
Llegada a su parque de bomberos.
10.4. Indicativos.
Los indicativos a utilizar en las comunicaciones que se establezcan vía radio entre personal de ambos Servicios serán los siguientes:
INFOEX
RECURSO INDICATIVO
Director de Extinción (incendio) DIRECTOR DE EXTINCIÓN INCENDIO (T. M. del incendio)
Central Cáceres CENTRAL INFOEX CÁCERES
Agente de Guardia AGENTE GUARDIA ZONA (Zona del incendio)
Jefe de Retén JEFE RETÉN (Emplazamiento del Retén)
Coordinador COORDINADOR ZONA (Zona del Plan Infoex)
Mando Único MANDO ÚNICO INFOEX
SEPEI-CÁCERES
RECURSO INDICATIVO
Parques Auxiliares Parque Auxiliar de ( Emplazamiento del Parque)
Mando Responsable Intervención (incendio) MANDO RESPONSABLE DEL INCENDIO (T.M. del incendio)
Central Cáceres CENTRAL SEPEI-CÁCERES
Jefe de Salida, Parque SEPEI DE (ubicación Parque Bomberos)
Jefe de Guardia JEFE GUARDIA SEPEI
Jefe de Operaciones JEFE OPERACIONES SEPEI
11. Otras colaboraciones.
El SEPEI-Cáceres y el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Junta de Extremadura deberán prestarse mutua colaboración en programas de formación sobre materias comunes, prestando especial atención a la utilización de emisoras de ambos servicios. Así mismo, podrán colaborar a demanda de la parte interesada, en los simulacros, prácticas y entrenamientos que se consideren oportunos.
Es intención de la Junta de Extremadura, colaborar con el SEPEI, en aquellos siniestros que le son propios, especialmente en poblaciones en que el INFOEX disponga de medios propios y el SEPEI carezca de ellos.
El personal del INFOEX no cuenta con acreditación, formación específica, ni equipos necesarios para realizar actuaciones en incendios de interior, por lo que los medios propios del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de Incendios Forestales de la Junta de Extremadura, en ningún caso podrá actuar en el interior de edificaciones, pudiendo únicamente llevar a cabo actuaciones desde el exterior con el asesoramiento de bomberos del SEPEI, aunque no estén aún presentes en el lugar del siniestro.
12. Seguimiento y control.
Para el control y seguimiento de este Convenio se creará una Comisión Técnica de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, designados por la Dirección General de Política Forestal y dos representantes del SEPEI-Cáceres designados por la Diputación Provincial de Cáceres.
Esta Comisión deberá constituirse en un plazo no superior a 60 días, desde la firma del Convenio, y se reunirá una vez al año previa a la declaración de peligro alto de incendios forestales, o con carácter extraordinario a instancia de alguna de las partes.
Serán funciones de esta Comisión de seguimiento informar técnicamente sobre las controversias que pudieran plantearse en la interpretación y aplicación del Convenio y el seguimiento del grado de cumplimiento del mismo.
El funcionamiento de la comisión mixta se regirá por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
13. Duración y vigencia.
El presente Convenio entrará en vigor en la fecha en que lo firme la Parte que lo haga en último lugar, y tendrá una vigencia de un año, que podrá ser prorrogado por periodos de igual duración, hasta un máximo de 4 años adicionales, salvo denuncia expresa de alguna de las partes formuladas durante el último mes de cada año natural.
14. Incumplimiento.
El incumplimiento del presente Convenio por cualquiera de las partes determinará que la parte cumplidora pueda resolver el mismo, notificándolo fehacientemente con un plazo de 15 días naturales de antelación.
15. Naturaleza y jurisdicción competente.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y cualesquiera cuestiones que se susciten por la interpretación, aplicación y efectos del mismo, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
16. Consideraciones finales.
Como Anexos a este Convenio se adjunta un catálogo de recursos materiales, del directorio de contacto y del mapa esquema de radiocomunicaciones distribución de repetidores y canales de trabajo y otros datos de interés para la aplicación de este Convenio, tanto del Plan INFOEX como del SEPEI-Cáceres.
Este ANEXO se actualizará con una periodicidad anual por acuerdo de la Comisión Técnica de Seguimiento.
Y en prueba de conformidad, firman las Partes el presente documento digitalmente.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIOFdo.: Begoña García Bernal EL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERESFdo.: Carlos Carlos Rodríguez
ANEXOS
ANEXO I
CATÁLOGO DE RECURSOS DEL SEPEI DE CÁCERES
El SEPEI de Cáceres dispone de un Parque Central en la ciudad de Cáceres y cinco Parques Comarcales en las ciudades de Plasencia, Navalmoral de la Mata, Coria, Valencia de Alcántara y Truijillo. Todos ellos con dotaciones permanentes de bomberos y bomberos conductores equipados y dotados con los materiales necesarios para la atención a las emergencias que le son propias.
Además, el SEPEI de Cáceres cuenta con dotaciones de personal auxiliar para el apoyo a incendios forestales en Trujillo, Nuñomoral y Gata. En cada una de estas ubicaciones se dispone de una dotación por turno, equipada con una autobomba forestal pesada de 3.000 litros de capacidad.
ANEXO II
DIRECTORIO DE CONTACTO SEPEI DE CÁCERES
— Central de Comunicaciones CÁCERES (Preferente) 927 24 82 84 / 927 18 91 71.
— Central de Comunicaciones PLASENCIA 927 41 30 08.
— Central de Comunicaciones NAVALMORAL 927 53 35 79.
— Central de Comunicaciones CORIA 927 50 03 09.
— Central de Comunicaciones TRUILLO 927 30 17 76.
— Jefe de Guardia 927 21 74 14 660 006 819.
— Jefe Operativo 927 62 74 07/ 650 160 159.
— Jefe de Parques de Cáceres y Valencia de Alcántara 927 18 91 74 /619 227 879.
— Jefe de Parque Plasencia 927 42 70 63 / 659 466 194.
— Jefe de Parque Coria 927 50 80 72 /650 093 340.
— Jefe de Parque Navalmoral de la Mata 927 53 81 75 / 660 108 362.
— Jefe de Parque de Trujillo 927 30 17 77 / 638 481 860.
— Director de Área 927 24 88 06 / 680 703 361.
ANEXO III
MAPA Y ESQUEMA DE RADIOCOMUNICACIONES DISTRIBUCIÓN DE REPETIDORES Y CANALES DE TRABAJO DEL SEPEI DE CÁCERES
La red de comunicaciones de este Servicio dispone de 7 emplazamientos, cada uno de ellos con un conjunto de repetidores:
Repetidores de VHF que crean la cobertura de radio enlace con los terminales móviles y portátiles del Servicio.
Repetidor UHF que crea un enlace directo desde el emplazamiento principal en la Montaña de Cáceres. Este conjunto está enlazado de forma que permite el cruce de comunicaciones entre ambas bandas de trabajo VHF y UHF, de este modo las recepciones de comunicaciones locales en VHF son enviadas al emplazamiento principal y emitidas por el repetidor de VHF para su emisión local. El emplazamiento central dispone de un dispositivo inteligente (Voter) que recibe el audio de los 7 repetidores de VHF, (uno local y 6 remotos), selecciona el audio de más calidad y lo transmite a los 7 emplazamientos para ser emitido por los repetidores VHF.
El emplazamiento de los repetidores es el siguiente:
Pico Villuercas.
El Torno.
Colgadizo.
Gata.
Sierra de Cañaveral.
Torrico.
La Montaña de Cáceres.
Mapa de repetidores SEPEI de Cáceres
MAPA DE REPETICIONES SEPEI DE CÃCERES
ANEXO IV
CATÁLOGO DE RECURSOS DEL PLAN INFOEX.
BASES Y BASES-HELIPUERTOS
ZONA DE COORDINACIÓN LOCALIDAD BASE
Zona 1. SIERRA DE GATA GATA Base de Gata
DESCARGAMARÍA Base de Descargamaría
HOYOS Base-helipuerto de Hoyos
CILLEROS Base de Cilleros
TORRECILLAS DE LOS ÁNGELES Base de Torrecilla de los Ángeles
VILLASBUENAS DE GATA Base de Villasbuenas de Gata
CAÑAVERAL Base de Cañaveral
VALVERDE DEL FRESNO Base de Valverde del Fresno
Zona 2. AMBROZ, JERTE Y TIÉTAR JARANDILLA DE LA VERA Base-helipuerto de Jarandilla de la Vera
PLASENCIA Base de Plasencia
PLASENCIA Base-helipuerto de Plasencia
VILLANUEVA DE LA VERA Base de Villanueva de la Vera
JARAIZ DE LA VERA Base de Jaraíz de la Vera
HERVÁS Base de Hervás
NAVACONCEJO Base de Navaconcejo
TALAYUELA Base de Talayuela
Zona 3. IBORES Y VILLUERCAS ALÍA Base de Alía
CAÑAMERO Base de Cañamero
CASTAÑAR DE IBOR Base de Castañar de Ibor
DELEITOSA Base de Deleitosa
GUADALUPE Base-helipuerto de Guadalupe
Zona 4. LA SIBERIA BOHONAL DE LOS MONTES Base de Bohonal de los Montes
FUENLABRADA DE LOS MONTES Base de Fuenlabrada de los Montes
GARBAYUELA Base de Garbayuela
HELECHOSA DE LOS MONTES Base de Helechosa de los Montes
HERRERRA DEL DUQUE Base-helipuerto de Herrera del Duque
SIRUELA Base de Siruela
TALARRUBIAS Base de Talarrubias
VALDECABALLEROS Base de Valdecaballeros
VILLARTA DE LOS MONTES Base de Villarta de los Montes
Zona 5. LA SERENA ZALAMENA DE LA SERENA Base de Zalamea de Serena
MANCHITA Base-helipuerto de Manchita
VALLE DE LA SERENA Base del Valle de la Serena
DON BENITO Base de Don Benito
PUEBLA DE LA REINA Base de Puebla de la Reina
PEÑALSORDO Base de Peñalsordo
Zona 6. TENTUDÍA OLIVA DE LA FRONTERA Base de Oliva de la Frontera
CALERA Base-helipuerto Calera de León
MONESTERIO Base de Monesterio
TRASIERRA Base de Trasierra
Zona 7. BADAJOZ CENTRO ALMENDRAL Base de Almendral
MIRANDILLA Base de Mirandilla
PUEBLA DE OBANDO Base de Puebla de Obando
ALBURQUERQUE Base de Alburquerque
Zona 8. CÁCERES CENTRO RINCÓN DE BALLESTEROS Base del Rincón de Ballesteros
ALCUÉSCAR Base de Alcuéscar
VALENCIA DE ALCÁNTARA Base de El Pino
VALENCIA DE ALCÁNTARA Base-helipuerto de Valencia de Alcántara
MEMBRÍO-CARBAJO Base de Membrío
GARCIAZ Base de Garciaz
CÁCERES Base de los Barruecos
Zona 9. MONFRAGÜE SERREJÓN Base de Serrejón
SERRADILLA Base-helipuerto de Serradilla
TORREJÓN EL RUBIO Base de Torrejón el Rubio
MALPARTIDA DE PLASENCIA Base de Malpartida de Plasencia
JARAICEJO Base de Jaraicejo
Zona 10. HURDES PINOFRANQUEADO Base de Pinofranqueado
PINOFRANQUEADO Base-helipuerto BRIF
CAMINOMORISCO Base de Caminomorisco
NUÑOMORAL Base de Vegas de Coria
NUÑOMORAL Base de Nuñomoral
LADRILLAR Base de Mestas
CASARES DE HURDES Base de Casares
PUESTOS DE VIGILANCIA
ZONA DE COORDINACIÓN LOCALIDAD PUESTO DE VIGILANCIA
Zona 1. SIERRA DE GATA GATA PV Sª de Gata
ROBLEDILLO DE GATA PV Robledillo
CILLEROS PV Cilleros
VILLANUEVA DE LA SIERRA PV Sierra de Dios Padre
CAÑAVERAL PV Puerto los Castaños
Zona 2. AMBROZ, JERTE Y TIÉTAR JARANDILLA DE LA VERA PV La Nava
VILLANUEVA DE LA VERA PV Mesallana
JARÁIZ DE LA VERA PV Cerro de las Cabezas
TORNAVACAS PV Tornavacas
Zona 3. IBORES Y VILLUERCAS ALÍA PV La Palomera
CAÑAMERO PV Cañamero
CASTAÑAR DE IBOR PV Pico Cervales
CAMPILLO DE DELEITOSA PV Campillo
Zona 4. LA SIBERIA HELECHOSA DE LOS MONTES PV La Aljibe
HELECHOSA DE LOS MONTES PV Azorejo
FUENLABRADA DE LOS MONTES PV Las Moralejas
GARBAYUELA PV Los Villares
HERRERA DEL DUQUE PV El Portillo
HERRERA DEL DUQUE PV El Mirador
TALARRUBIAS PV Las Víboras
SIRUELA PV Sª del Palo
TALARRUBIAS PV Manzano Talarrubias
VILLARTA DE LOS MONTES PV Manzano Villarta
VILLARTA DE LOS MONTES PV La Rañuela
Zona 5. LA SERENA LA HABA PV Arrazauces
Zona 6. TENTUDÍA OLIVA DE LA FRONTERA PV Perdigón
MONESTERIO PV Aguafria
TRASIERRA PV Puerto Blanco
BIENVENIDA PV Sª Bienvenida
Zona 7. BADAJOZ CENTRO ALBURQUERQUE PV Centinela
Zona 8. CÁCERES CENTRO RINCÓN DE BALLESTEROS (CÁCERES) PV Sª San Pedro
VALENCIA DE ALCÁNTARA PV Sª Fría
SANTIAGO DE ALCÁNTARA PV La Atalaya
HERGUIJUELA PV Pedro Gómez
ALISEDA PV Aljibe
Zona 9. MONFRAGÜE SERRADILLA PV Santa Catalina
SERRADILLA PV La Serrana
JARAICEJO PV Pico Miravete
Zona 10. HURDES CAMINOMORISCO PV Ahycepo
CAMINOMORISCO PV Colgadizos
NUÑOMORAL PV La Jineta
LADRILLAR PV La Viñuela
ANEXO V
DIRECTORIO DE CONTACTO DEL PLAN INFOEX
CENTRO OPERATIVO REGIONAL.AVDA LA CAÑADA S/N. POLÍGONO INDUSTRIAL ALDEA MORET. (CÁCERES 10071)
PUESTO NOMBRE TELÉFONO FAX CORREO ELECTRÓNICO
Jefe de Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales Juan Carlos Gómez Roldán 927005810 659746694 927005811 juancarlos.gomez@juntaex.es
Mando Directivo 628713701 mandounico.infoex@juntaex.es
Adjunto al Mando 628713704
Mando Directivo José Antonio Navalón Jiménez 683666585 joseantonio.navalon@juntaex.es
Mando Directivo Luis Francisco García Navarrete: 628480919 luisfrancisco.garcia@juntaex.es
Mando Directivo Juan Jesús Sancho Corrales 638145331 juanjesus.sancho@juntaex.es
Mando Directivo Víctor Pérez Cerrato 686493183 victormanuel.perez@juntaex.es
Mando Directivo José Antonio Bayón Carvajal 628713702 Joseantonio.bayon@juntaex.es
Mando Directivo Miguel Ángel Morillo Calderón 629265047 miguelangel.morillo@juntaex.es
ZONA COORDINADORES TELÉFONO FAX CORREO
Zona 1. SIERRA DE GATA David Jorge Vegas 659 746672 927 013857 bigata@juntaex.es
Ángel Ramajo Parra
Zona 2. AMBROZ, JERTE Y TIETAR José Luis Freije Vilar 659 747182 927 017505 927 017507 bivera@juntaex.es
Yolanda Martín Benito
Manuel Ribera Polo
Zona 3. IBORES Y VILLUERCAS Jesús Pulido Pulido 659 731973 927 022514 bivilluercas@juntaex.es
Luis Galán Flores
José Luis Montero Ferreira
Zona 4. LA SIBERIA Javier Bonifacio Iglesias 659 731976 924 280429 bisiberia@juntaex.es
Miguel Ángel Baena de la Calle
Zona 5. LA SERENA Julián Enrique Torres Santos 659 730856 924 021518 biserena@juntaex.es
Santiago Alcalde Alonso
Zona 6. TENTUDÍA Carlos Marín Gómez 659 746709 924 023626 924 023627 924 023628 bitentudia@juntaex.es
Manuel Sequeda Tena
Zona 7. BADAJOZ CENTRO Pablo Fernández López 659 746720 924 011765 924 011160 bibadajoz@juntaex.es
Manuel Tena Custodio
ZONA COORDINADORES TELÉFONO FAX CORREO
Zona 8. CÁCERES CENTRO Mónica Nuñez Paños 659 746587 927 005811 bicaceres@juntaex.es
Mª Enriqueta Abril Raymundo
Zona 9. MONFRAGÜE Beatriz del Blanco Esteban 659 746523 927 017507 bimofrague@juntaex.es
Cesar Corrales Arroyo
Zona 10. HURDES Iván Muñoz Martín 659 730890 927 015657 bihurdes@juntaex.es
Raquel Cabo García
ANEXO VI
MAPA Y ESQUEMA DE RADIOCOMUNICACIONES.
DISTRIBUCIÓN DE REPETIDORES Y CANALES DE TRABAJO DEL PLAN INFOEX.
MAPA Y ESQUEMA DE RADIOCOMUNICACIONES

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