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EXTRACTO de la Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones, para la realización de programas de intervención en conductas adictivas desarrollados por organizaciones no gubernamentales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para el ejercicio 2023.
DOE Número: 67
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 10 de abril de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Servicio Extremeño de Salud. Subvenciones.
Página Inicio: 22429
Página Fin: 22430
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):684874
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura:
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán solicitar la subvención las organizaciones no gubernamentales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que en sus estatutos especifiquen la intervención en conductas adictivas como uno de sus fines u objetivos.
Las entidades que soliciten subvenciones para programas asistenciales deberán contar con la autorización administrativa que, en su caso, establezca la normativa aplicable en materia de requisitos de los centros, servicios o establecimientos de tratamiento de las conductas adictivas.
Segundo. Objeto.
La financiación de programas sociosanitarios de prevención, asistencia, reinserción, investigación o formación en materia de conductas adictivas, de acuerdo con los objetivos recogidos en el Plan de Adicciones de Extremadura 2018-2023, detallados en el ordinal primero de la resolución de convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regulará por las disposiciones contenidas en los capítulos I y IV del Decreto 72/2016, de 31 de mayo por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud. (DOE n.º 107, de 6 de junio de 2016).
Cuarto. Financiación y cuantía.
Las subvenciones a otorgar tendrán como límite las cantidades que figuran en la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, en la aplicación presupuestaria 3901 212D 48000 con cargo al código de proyecto de gasto 20080768 por importe de 162.000,00 euros, en la aplicación presupuestaria 3901 212D 48000 con cargo al código de proyecto de gasto 20060568 por importe de 40.000,00 euros, en la aplicación presupuestaria 3901 212D 48000 con cargo al código de proyecto de gasto 20060571 por un importe de 213.000,00 euros y en la aplicación presupuestaria 3901 212D 48000 con cargo al código proyecto de gasto 20210278 por un importe de 288.509,00 euros.
El importe global aplicable a la presente convocatoria asciende a 703.509,00 euros.
El importe máximo a conceder para los distintos programas será:
a) Programas de centros día de reincorporación sociolaboral para personas con conductas adictivas: 28.000 €.
b) Programas ambulatorios de atención a pacientes con conductas adictivas específicos de personas con problemas de alcohol: 12.000 €.
c) Programas ambulatorios de atención a pacientes con conductas adictivas específicos de personas con problemas de juego patológico: 15.000 €.
d) Programas Residenciales a realizar en Comunidad Terapéutica: 30.000 €.
e) Actividades preventivas dirigidas a colectivos en riesgo (prevención selectiva), específico de menores infractores privados de libertad en centro de internamiento: 15.000 €.
f) Programas exclusivos de prevención selectiva/indicada del consumo de alcohol en menores en poblaciones de Extremadura de más de 20.000 habitantes: 10.000 €.
g) Resto de programas regulados en el capítulo: 10.000 €
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar, a partir del día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura, de la resolución de convocatoria y del presente extracto.
2. Las solicitudes y la documentación exigida se formalizarán, conforme a lo establecido en el ordinal cuarto de la resolución de convocatoria.
Mérida, 20 de marzo de 2023.
La Secretaria General,
AURORA VENEGAS MARÍN

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