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RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2023, de la Consejera, de rectificación de errores de la Resolución de 15 de febrero de 2023, acordando la redacción del Plan Territorial de Mérida y municipios de su entorno.
DOE Número: 67
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 10 de abril de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Planeamiento.
Página Inicio: 22445
Página Fin: 22446
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, de fecha 15 de febrero de 2023, se acordó la redacción del Plan Territorial de Mérida y municipios de su entorno, que fue publicada en el DOE n.º 39, de 27 de febrero. Posteriormente, se detectó un error material en dicho acto administrativo.
El artículo 25 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS), establece que, El acuerdo (de redacción) determinará el ámbito del plan, sus objetivos generales y los plazos para su redacción, así como la composición de la comisión de redacción que, en el seno de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio, asumirá la dirección técnica del plan, y en la cual participará una representación de los municipios afectados .
En el acuerdo segundo de la citada resolución, no se incluyeron como integrantes de la Comisión de Redacción del Plan Territorial de Mérida y municipios de su entorno, a los técnicos de los Ayuntamientos de Mérida y Torremejía, dejando dichos territorios sin representación en el proceso de redacción del mencionado plan, en contra de lo dispuesto por el artículo de la LOTUS transcrito en el párrafo anterior.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos .
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la LOTUS, y conforme a lo dispuesto por el artículo 5.2.b) del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en relación con el artículo 3 del Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el artículo 7 del Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y vistos los preceptos legales señalados y demás de general aplicación; corresponde a la persona que ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio, acordar la redacción de los Planes Territoriales, y en consecuencia, la rectificación de dichos actos, por ello,
RESUELVO:
Primero. Rectificar el acuerdo segundo de la Resolución de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, acordando la redacción del Plan Territorial de Mérida y municipios de su entorno, y donde decía:
Segundo. La Comisión de Redacción estará compuesta por un Técnico del Servicio de Ordenación del Territorio (por parte de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio) y los Arquitectos Directores de las Oficinas Técnicas de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible de la Mancomunidad de Municipios Centro y de la Mancomunidad Vegas Bajas-Lácara-Los Baldíos (en representación de los municipios afectados) .
Sustituirlo por:
Segundo. La Comisión de Redacción estará compuesta por un Técnico del Servicio de Ordenación del Territorio (por parte de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio), y por los Arquitectos Directores de las Oficinas Técnicas de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible de la Mancomunidad de Municipios Centro y de la Mancomunidad Vegas Bajas-Lácara-Los Baldíos, el Director General de Urbanismo del Ayuntamiento de Mérida y el Arquitecto del Ayuntamiento de Torremejía (en representación de los municipios afectados) .
Segundo. Disponer la publicación de esta rectificación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 29 de marzo de 2023.
La Consejera,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL

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