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RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta pública previa, sugerencias así como el periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en áreas protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
DOE Número: 67
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 10 de abril de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 22939
Página Fin: 22943
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
A través de los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura se reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general mediante la remisión de sugerencias. Para que dicha participación sea efectiva, se establece que la Administración Autonómica publicará los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto, estado de tramitación y el proyecto normativo.
En este mismo sentido el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, estableciendo que:
1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el procedimiento de aprobación de las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un plazo común de siete días naturales a contar desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura a fin de que cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto del proyecto indicado y formular las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que estime oportunas.
Los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma podrán manifestar su opinión en el formulario anexo a la presente resolución, con base en lo siguiente:
a) Antecedentes de la norma.
El Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura atribuye a la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad las competencias en conservación de la naturaleza.
En la Comunidad Autónoma de Extremadura el órgano competente en materia de medio ambiente, especialmente, conservación de la naturaleza, áreas protegidas, prevención ambiental, calidad ambiental y cambio climático es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en virtud de las atribuciones que le fueron conferidas mediante el Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad (DOE n.º 214, de 6 de noviembre), modificado por el Decreto 20/2021, de 31 de marzo (DOE n.º 64, de 7 de abril).
b) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
El presente decreto incluye las siguientes líneas de subvención, cuya única convocatoria dispone del importe especificado a continuación:
— Línea 1. Subvenciones a municipios destinadas a mejoras de infraestructuras de gestión, difusión y uso público en áreas protegidas: 1.500.000,00 €.
— Línea 2. Subvenciones a municipios destinadas a restauración de ecosistemas, mejora de hábitats y conectividad: 4.000.000,00 €.
Mediante la Línea 1 de ayudas se fomentará la dotación, renovación y mejora de las instalaciones e infraestructuras asociadas a la gestión del patrimonio natural y en particular de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura. Estas acciones impulsarán el empleo, la economía verde y el emprendimiento vinculado a nuevas actividades sostenibles en el medio terrestre. Asimismo, mediante esta línea de ayudas se permitirá la ejecución de actuaciones de sensibilización, puesta en valor y difusión de la importancia de la conservación de la biodiversidad para la salud y bienestar del ser humano, así como la promoción de la participación, la capacitación y sensibilización de los actores sociales en la conservación de hábitats y especies, a través del cambio de modelos de consumo y la consiguiente reducción de impactos sobre los ecosistemas.
Mediante la Línea 2 de ayudas se fomentará la restauración de ecosistemas, en sus componentes ecológicas e hidrológicas, así como acciones contra la desertificación. Asimismo, permitirá la restauración ecológica de hábitats vulnerables o en estado de conservación desfavorable, como terrenos degradados, restauración y corrección hidrológico forestal y recuperación de terrenos agrarios para incrementar la biodiversidad. Asimismo, permitirá la puesta en marcha de actuaciones de conectividad a gran escala.
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de ayudas a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y convocar estas ayudas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Estas ayudas tendrán como finalidad la creación, dotación, renovación y mejora de las instalaciones e infraestructuras asociadas a la gestión de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, así como la restauración de ecosistemas
La regulación de este Decreto se ajusta a lo previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, regulando los extremos que recoge el artículo 16 de la citada norma y estableciendo como procedimiento de concesión el ordinario en régimen de concurrencia competitiva.
d) Los objetivos de la norma.
Establecer las bases reguladoras de ayudas a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y convocar estas ayudas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Estas ayudas tendrán como finalidad la creación, dotación, renovación y mejora de las instalaciones e infraestructuras asociadas a la gestión de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, así como la restauración de ecosistemas
e) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No proceden.
Las opiniones, proposiciones, sugerencias o recomendaciones podrán presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través del siguiente correo electrónico: dgsostenibilidad.tes@juntaex.es.
Segundo. El horario y lugar de exposición del proyecto de decreto al que se refiere esta resolución será, durante los días señalados, de 10:00 horas a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad, Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Edificio III Milenio, avda. Valhondo, s/n., Módulo 2-4.ª planta de Mérida (Badajoz).
Así mismo el proyecto de decreto estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, a través de la siguiente dirección de internet:
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/p-transicion-ecologica-y-sostenibilidad.
Mérida, 31 de marzo de 2023. La Secretaria General, MARÍA CONSUELO CERRATO CALDERA.
ANEXO
FORMULARIO DE CONSULTA PÚBLICA
PROYECTO DE DECRETO por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE NEXT GENERATION EU y se aprueba la única convocatoria.
Aspectos planteados Sugerencias de los interesados
1. Identificación de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
3. Objetivos de la norma.
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias o no.

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