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RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del trámite de consulta, audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la gestión integral de las Comunidades de Regantes de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
DOE Número: 71
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 14 de abril de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 24317
Página Fin: 24319
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, en los que se establece la posibilidad que tienen las personas de participar en la elaboración de disposiciones de carácter general, y con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez elaborado el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la gestión integral de las Comunidades de Regantes de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023, afectando el contenido de la norma proyectada a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y aconsejándolo la naturaleza de la disposición, procede acordar su sometimiento a trámite de audiencia e información pública, con la finalidad de que cualquier persona o entidad interesada pueda examinar el texto del proyecto y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (DOE núm. 45, de 8 de marzo), y una vez elaborado el proyecto de Decreto de bases reguladoras de ayudas para la mejora de la gestión integral de las Comunidades de Regantes de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023, esta Secretaría General,
RESUELVE:
Primero. Acordar la apertura de un periodo de trámites de consulta, audiencia e información pública por un plazo de siete días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura y en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el proyecto de decreto indicado y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas, por cualquiera de los medios admitidos por la normativa reguladora del procedimiento administrativo común o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: sg.marpat@juntaex.es
Segundo. El horario y lugar de exposición del citado proyecto de decreto a que se refiere este anuncio será, durante los días señalados, de 10:00 a 14:00 horas en las dependencias de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, avenida Luis Ramallo, s/n., de Mérida (Badajoz).
Además, para dar cumplimiento al artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se establece la posibilidad que tienen los ciudadanos de participar en el procedimientos de elaboración de las normas con rango de ley y reglamentos, se pone a disposición de la opinión pública y de los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma la información relacionada con los siguientes aspectos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:
Muchas de las Comunidades de Regantes de Extremadura carecen de los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo adecuadamente las funciones que por la Ley de Aguas tienen encomendadas. Esto se traduce en la inexistencia, en muchas de ellas, de la figura profesionalizada de las personas que las integran, del personal técnico necesario para la explotación de la zona regable y para la mejora y modernización de sus infraestructuras, así como de los recursos informáticos y materiales para una buena gestión de las mismas. Todo ello supone una deficitaria gestión técnica y administrativa del funcionamiento de las Comunidades de Regantes y una deficiente optimización en la distribución del agua de riego.
Siendo conscientes desde la Junta de Extremadura de estas deficiencias de las Comunidades de Regantes de nuestra Comunidad Autónoma, se hace necesario seguir impulsando la mejora en su gestión integral y como consecuencia de ello, apostar por la consolidación y el desarrollo de nuestros regadíos.
b) La necesidad y la oportunidad de la aprobación:
A través del presente decreto, se pretende avanzar en la resolución de las deficiencias descritas en todas las Zonas Regables de Extremadura, mediante la correspondiente convocatoria en la que puedan presentarse, en régimen de concurrencia competitiva, las Asociaciones de Comunidades de Regantes, las Federaciones de Comunidades de Regantes, así como otras Comunidades de Usuarios de aguas (Comunidades Generales o Juntas Centrales de Usuarios), principalmente vinculadas con el regadío, cuyo ámbito de actuación se circunscriba, exclusivamente, al territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que, por sus características, adolezcan de tales deficiencias, debiendo disponer de la correspondiente concesión de aguas y cumplir con una serie de requisitos.
El regadío es un motor para el desarrollo económico de las zonas rurales, impulsando una agricultura productiva, sostenible, generadora de empleo y de valor añadido, que mejora su eficiencia y responde a una planificación sostenible desde el punto de vista social, territorial y ambiental. Por ese motivo, se considera una medida adecuada de la política demográfica de la Junta de Extremadura en la lucha contra la despoblación en el medio rural.
c) Los objetivos de la norma:
Estas bases reguladoras van dirigidas, de forma directa, a la contratación de personal técnico, personal de campo especializado o personal administrativo, a la compra de medios materiales, equipamientos informáticos y de comunicación, así como a la adquisición de aquellos bienes inmuebles necesarios para la óptima gestión de las entidades solicitantes.
d) Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras:
No se han encontrado otras posibles alternativas.
Asimismo, el proyecto de decreto estará a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, en la siguiente dirección electrónica:http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/p-agricultura-desarrollo-rural-poblacion-y-territorio.
Mérida, 3 de abril de 2023. La Secretaria General, MARÍA CURIEL MUÑOZ.

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