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RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se conceden los premios para el fomento de la lectura en Extremadura correspondientes al año 2023.
DOE Número: 73
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 18 de abril de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Premios.
Página Inicio: 24921
Página Fin: 24925
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, de 17 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios de fomento de la lectura en Extremadura (DOE n.º 98, de 25 de mayo), a tenor de lo previsto en el apartado noveno de la Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan los premios para el fomento de la lectura en Extremadura correspondientes al año 2023 (DOE n.º 5, de 9 de enero de 2023), en base al informe de valoración del Jurado de los premios, de fecha 6 de marzo de 2023, a propuesta del Director General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, de fecha 21 de marzo de 2023, y en virtud de las competencias que me otorga el ordenamiento jurídico,
RESUELVO:
Primero. Conceder los premios para el fomento de la lectura en Extremadura correspondientes al año 2023, por un importe total de diecinueve mil euros (19.000,00 €), que se imputará a la aplicación presupuestaria G/272B/48000, órgano gestor 150030000, con código proyecto de gasto 20020417 denominado Actividades de animación a la lectura , de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
En el anexo I se relacionan los premiados en cada una de las modalidades de los premios.
Los premiados deben cumplir las obligaciones y condiciones establecidas en la Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan los premios para el fomento de la lectura en Extremadura correspondientes al año 2023.
El incumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria o la incursión del beneficiario en alguna de las causas de revocación que prevé el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de las condiciones que se hayan establecido en la resolución de concesión, dará lugar a la pérdida total o parcial de derecho al cobro de la subvención.
Sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, de acuerdo con las causas previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Para el premio correspondiente a la modalidad D, en caso de que el importe del presupuesto justificado fuera inferior al aprobado en la resolución de concesión, se procederá al reintegro de la subvención concedida de forma proporcional al gasto o inversión realmente efectuada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.2 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A estos efectos, se considerará que el incumplimiento es parcial cuando la inversión justificada alcanzase, al menos, el 60% de la inversión aprobada como subvencionable. Por debajo de este porcentaje el incumplimiento será declarado total.
Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de la Hacienda Pública de Extremadura.
Estos premios serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que la cuantía de ayudas públicas no supere aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el coste del proyecto para el que se solicita la ayuda.
Segundo. Relacionar en el anexo II los proyectos no premiados en cada una de las modalidades. Estos proyectos podrán ser retirados por la persona que los realizó, en el plazo de un mes desde la publicación de la resolución de concesión. Transcurrido este plazo, los originales no reclamados pasarán a formar parte de la documentación del Plan de Fomento de la Lectura, que dispondrá el uso que estime oportuno.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante este órgano o ante la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 10 de abril de 2023.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ
ANEXO I
PREMIOS CONCEDIDOS
Modalidad A: Premios a programas desarrollados por bibliotecas públicas en 2022.
PREMIADOS LOCALIDAD PREMIO
BPM Casimiro Barbado González Cabeza del Buey 2.000 €
A.L.P.M de Barrado Barrado 2.000 €
Modalidad B: Premios a programas desarrollados por bibliotecas públicas escolares en 2022.
PREMIADOS LOCALIDAD PREMIO
IES Cristo del Rosario Zafra 2.000 €
IES Francisco de Orellana Trujillo 2.000 €
Modalidad C: Premio a iniciativas desarrolladas por libreros, editores, asociaciones e instituciones públicas o privadas en 2022.
PREMIADO LOCALIDAD PREMIO
Librería Y a la vuelta la luna Malpartida de Plasencia 3.000 €
Modalidad D: Premios a proyectos a desarrollar por bibliotecas públicas durante 2023.
PREMIADOS LOCALIDAD PREMIO
BPM Bartolomé J. Gallardo Campanario 1.000 €
BPM de Lobón Lobón 1.000 €
BPM de Arroyo de la Luz Arroyo de la Luz 1.000 €
BPM Clodoaldo Barrios Zarza de Granadilla 1.000 €
BPM de Cilleros Cilleros 1.000 €
BPM de Peraleda de la Mata Peraleda de la Mata 1.000 €
ALPM de Obando Obando 1.000 €
ALPM de Valdastillas Valdastillas 1.000 €
ANEXO II
PROYECTOS NO PREMIADOS
Modalidad A: Premios a programas desarrollados por bibliotecas públicas en 2022.
SOLICITANTE LOCALIDAD
BPM Clodoaldo Barrios Zarza de Granadilla
BPM de Calamonte Calamonte
BPM Mª Ignacia Castela Mogollón Malpartida de Cáceres
B.PM. Dulce Chacón Casar de Cáceres
B.PM. Gonzalo Soubrier Castuera
B.PM. Bartolomé J. Gallardo Campanario
BPM Sebastián Guerrero Moreno La Zarza
BPM Marcos Suárez Murillo Almendralejo
Modalidad B: Premios a programas desarrollados por bibliotecas públicas escolares en 2022.
SOLICITANTE LOCALIDAD
IES Zurbarán Navalmoral de la Mata
I.E.S Enrique Díez Canedo Puebla de la Calzada
Centro Docente Concertado de Formación Profesional Especial Extrema Dorii
IES Luis Chamizo Don Benito
IES Antonio de Nebrija Zalamea de la Serena
IES Llerena Llerena
C.E.I.P. Santa Bárbara Guijo de Santa Bárbara
Modalidad C: Premio a iniciativas desarrolladas por libreros, editores, asociaciones e instituciones públicas o privadas en 2022.
SOLICITANTE LOCALIDAD
Asociación Cultural La Siembra Malpartida de Cáceres
Club de Ajedrez Magic Mérida
Asociación Esmerarte Mérida
Modalidad D: Premios a proyectos a desarrollar por bibliotecas públicas durante 2023.
SOLICITANTE LOCALIDAD
BPM de Navalvilla de Pela Navalvillar de Pela
BPM de Herrera del Duque Herrera del Duque
BPM de Valdelacalzada Valdelacalzada
BPM Ángel y Alicia Villanueva de la Vera
ALPM de Barrado Barrado
ALPM Dolores Calderón Aldeacentenera
SOLICITUD DESESTIMADA
SOLICITANTE MOTIVO
ALPM de El Gordo Proyecto presentado fuera de plazo
SOLICITUD DESISTIDA
SOLICITANTE MOTIVO
Librería La Industrial de Zafra Proyecto no subsanado

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