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Anuncio de 17 de abril de 2023 sobre aprobación definitiva del proyecto de reparcelación de la actuación de transformación urbanística en la Unidad de Actuación de suelo urbano no consolidado SU.NC I.1.
DOE Número: 77
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 24 de abril de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS
Rango: Anuncio
Descriptores: Urbanismo.
Página Inicio: 26625
Página Fin: 26627
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de abril de 2023 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se extracta:
2. APROBACIÓN, DEFINITIVAMENTE, DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO SU.NC I1 POR LA AGRUPACIÓN DE INTERÉS URBANÍSTICO UA_ I.1 .
Visto el programa de ejecución urbanística de la actuación de transformación urbanística la unidad de actuación de suelo urbano no consolidado denominada SUNC _I.1, perteneciente al área de reparto AR_SU.NC _002, presentado por en nombre de D. Josep María Pelegrí Aixut, con CIF 40886750H, en calidad de secretario de la Agrupación de Interés Urbanístico U.A.-I.1 .
Resultando que con fecha 06-09-2022 se ha informado favorablemente por los servicios técnicos su aprobación.
Considerando que el artículo 109 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura establece el concepto y ámbito del programa de ejecución, y que éstos aspectos se informan favorablemente por los servicios técnicos en el programa de ejecución de la actuación de transformación urbanística la unidad de actuación de suelo urbano no consolidado SUNC _I.1, perteneciente al área de reparto AR_SU.NC _002.
Considerando que el artículo 110 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura establece el contenido funcional del programa de ejecución, y que según los servicios técnicos el programa de ejecución de la actuación de transformación urbanística la unidad de actuación de suelo urbano no consolidado SUNC _I.1, perteneciente al área de reparto AR_SU.NC _002, se ajusta a dicho contenido.
Considerando que el artículo 111 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura establece el Contenido documental del programa de ejecución, y habiéndose informado por los servicios técnicos que el programa de ejecución de la actuación de transformación urbanística la unidad de actuación de suelo urbano no consolidado SUNC _I.1, perteneciente al área de reparto AR_SU.NC _002, se ajusta a dicho contenido.
Considerando que el artículo 112 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura establece quienes pueden tomar la iniciativa del Programa de Ejecución, y que el presente se ha presentado por D. Josep María Pelegrí Aixut, con CIF 40886750H, en calidad de secretario de la Agrupación de Interés Urbanístico U.A.-I.1 , de la actuación de transformación urbanística la unidad de actuación de suelo urbano no consolidado SUNC _I.1, perteneciente al área de reparto AR_SU.NC _002, ajustándose a este precepto.
Considerando que el programa de ejecución incluye dentro de su contenido, entre otros documentos, la aprobación de un Plan Parcial para la zona afectada, de acuerdo con el Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en su artículo 64.7.f) atribuye la competencia para su aprobación definitiva al Pleno y por ende debemos entender que también le corresponde la de aprobación inicial (a pesar de que el Decreto autonómico no lo concreta en este caso).
Considerando que el artículo 113 en relación con la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura establece el procedimiento de tramitación de programas de ejecución, hasta la entrada en vigor del reglamento al que se refiere el artículo 113 de la presente ley, la tramitación para los programas de ejecución a desarrollar en régimen de gestión indirecta, será la siguiente:
a) Aprobación inicial, por el órgano municipal competente (Pleno).
b) Notificación a las personas propietarias y titulares de derechos que consten en el Registro de la Propiedad y, en caso de fincas no inmatriculadas, a las personas titulares que consten en el Catastro.
c) Información pública por periodo no inferior a 1 mes, mediante publicación en sede electrónica y Diario Oficial de Extremadura.
d) Aprobación definitiva por el Pleno, publicación en sede electrónica y Diario Oficial de Extremadura y remisión para su inscripción en el Registro Único de Urbanismo.
e) Notificación de la adjudicación mediante suscripción del convenio urbanístico. Considerando que han sido evacuados los informes sectoriales preceptivos, todos ellos favorables a la actuación objeto de transformación urbanística incluida en el presente programa de ejecución.
Considerando que durante el trámite de información pública no se han emitido alegaciones por persona interesada, como así consta en certificado de fecha 24/10/2022.
A la vista del proyecto de reparcelación voluntaria presentada en este Ayuntamiento por los propietarios afectados, con fecha 16/02/2023.
A la vista del informe del área técnica de fecha 17/02/2023, que da el visto bueno a la aprobación inicial del proyecto de reparcelación presentado.
Con fecha 24 de febrero de 2023 por el pleno del Ayuntamiento de Miajadas (Cáceres) acordó aprobar inicialmente del proyecto de reparcelación de la actuación de transformación urbanística en la unidad de actuación de suelo urbano no consolidado SU.NC I.1 por la Agrupación de Interés Urbanístico UA-I.1 , publicado acuerdo en el DOE n.º 48 de 10 de marzo de 2013.
Visto que con fecha 13 de abril de 2023, se emitió por Secretaría certificado sobre no reclamaciones durante el periodo de exposición pública.
En su virtud y en el ejercicio de las competencias atribuidas al Pleno en el artículo 22.2.q) de la Ley 7/85, de 2 de abril, en relación con los artículos 113 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y 64.7.f) del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
El Pleno corporativo, por unanimidad de los miembros presentes (12 miembros presentes, de los 13 miembros legales) acuerda:
Primero. Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación que afecta a la unidad de actuación descrita.
Segundo. Notificar este acuerdo a todos los interesados y publicarlo en el Diario Oficial de Extremadura, encontrándose asimismo a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento de Miajadas https://miajadas.eadministracion.es/home
Tercero. Una vez firme en vía administrativa, otórguese documento público que exprese su contenido, y a continuación inscríbase en el Registro de la Propiedad junto con la escritura pública que recoge el proyecto de reparcelación.
Miajadas, 17 de abril de 2023. El Alcalde, ANTONIO GARCÍA ALIAS.

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