Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

Extracto de la Resolución de 9 de abril de 2024, de la Secretaría General, de convocatoria de subvenciones para el fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
DOE Número: 75
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 18 de abril de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: Extracto
Descriptores: Cooperativas. Subvenciones.
Página Inicio: 20672
Página Fin: 20673
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):754728
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Las subvenciones tienen por objeto el fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura financiando los gastos señalados en la Orden de 1 de febrero de 2024, de bases reguladoras.
Las actuaciones subvencionables se describen en los capítulos I, II,III, IV y V de la Orden de bases reguladoras, y consistirán en:
— Línea 1: Fusión de cooperativas.
— Línea 2: Constitución de cooperativas de segundo grado o grupos cooperativos.
— Línea 3: Incorporación a cooperativas de segundo grado o grupos cooperativos o a entidades asociativas inscritas.
— Línea 4: Celebración de acuerdos intercooperativos.
— Línea 5: Reconocimiento como Entidad Agroalimentaria Prioritaria.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias, en función de la Línea de subvención que soliciten, las Sociedades Cooperativas, de primer o segundo grado, y las Entidades Agroalimentarias Prioritarias, que ejecuten las actuaciones subvencionables y que cumplan los requisitos señalados en el artículo 4 de la Orden de 1 de febrero de 2024, de bases reguladoras.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por la Orden de 1 de febrero de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 29, de 9 de febrero).
Cuarto. Cuantía.
El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de 500.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000G/325A/47000 CAG0000001 y código de proyecto 20160363 Fomento de la integración cooperativa , siendo la fuente de financiación los fondos propios de la Comunidad Autónoma, como se dispone en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024 (DOE núm. 26, de 6 de febrero).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura el presente extracto y la convocatoria de subvenciones.
Sexto. Otros datos.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite P5542, cuyo modelo se incorpora como anexo I a la Resolución.
El procedimiento de concesión de las subvenciones convocadas es el de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica.
Estas subvenciones están acogidas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
En consecuencia, el importe del total de las subvenciones acogidas al régimen de minimis que pueda concederse a una determinada empresa no será superior a 300.000,00 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
Mérida, 9 de abril de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal