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DECRETO 22/2023, de 22 de marzo, por el que se declara urgente la ocupación por el Excmo. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto (Cáceres), de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución de la obra denominada "Mejora y acondicionamiento de acceso a Santibáñez El Alto".
DOE Número:
60
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
martes, 28 de marzo de 2023
Apartado:
I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo:
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
Rango:
DECRETO
Descriptores:
Expropiaciones.
Página Inicio:
18894
Página Fin:
18899
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Santibáñez El Alto (Cáceres) en la sesión ordinaria celebrada con fecha 25 de marzo de 2021 se aprobó el proyecto de ejecución de la obra denominada Mejora y acondicionamiento de acceso a Santibáñez El Alto .
Mediante informe técnico de 20 de octubre de 2022 emitido por personal técnico de la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible (de la Mancomunidad de municipios Sierra de Gata) se acredita la necesidad de urgente ocupación de los derechos y bienes afectados por la obra.
El municipio de Santibáñez El Alto actualmente cuenta con una orografía complicada con elevadas pendientes en el tramado urbano, y solo cuenta con la posibilidad de evacuación por el este del casco urbano, bien a través de la carretera provincial CC-56, o bien por un camino hormigonado.
Se pone de relieve la dificultad de realizar una evacuación del total del casco urbano por un único punto de salida de evacuación o, en su caso, de entrada de medios de emergencia, ya que ante un posible escenario de catástrofe supone un cuello de botella.
Teniendo en cuenta además que el casco urbano está rodeado por bastantes masas de vegetación, de difícil acceso y escaso mantenimiento por abandono de las labores tradicionales, y el previsible aumento de la incidencia de fuegos forestales, más graves y grandes por los episodios de sequía que se prevén, conlleva que sea totalmente insuficiente un punto de salida.
La relación definitiva de bienes y personas propietarias afectadas fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres núm. 127, de 5 de julio de 2022; en El Periódico Extremadura de fecha 22 de julio de 2022, así como en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Santibáñez El Alto, donde radican los bienes y derechos a expropiar; asimismo, fue notificada individualmente a las personas interesadas afectadas en el ámbito de actuación.
Consta en el expediente que en el plazo de información pública no se presentaron alegaciones por las personas interesadas, resultando la relación definitiva de bienes, derechos y personas propietarias afectadas la que figura como ANEXO a este decreto.
En fecha 7 de octubre de 2021 se acuerda solicitar al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados en la mencionada obra. Y el 22 de junio de 2022 se registra la solicitud del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura para la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación, necesarios para la ejecución de la obra denominada Mejora y acondicionamiento de acceso a Santibáñez El Alto , habiéndose efectuado la oportuna retención de crédito a que ascendería el justiprecio.
En base a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de su Reglamento, y en uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 2641/1982, de 24 de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura es competente para disponer el carácter urgente de la ocupación de los terrenos de referencia.
En su virtud, a propuesta del Presidente de la Junta de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 22 de marzo de 2023,
DISPONGO:
Artículo único.
De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos necesarios que se han descrito en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto (Cáceres), para ejecutar la obra denominada Mejora y acondicionamiento de acceso a Santibáñez El Alto .
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Mérida, 22 de marzo de 2023.
El Presidente de la Junta de Extremadura
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
ANEXO
RELACIÓN DE BIENES Y PERSONAS AFECTADAS
TÉRMINO MUNICIPAL DE SANTIBÁÑEZ EL ALTO
N.º ORDEN
PROPIEDAD
POL.
PARCELA
SUBPARCELA
SUPERFICIE(m2)
1
ISABEL BLANCO GÓMEZ
12
513
181,02
2
MARCELINO MORALES GONZÁLEZ
12
667
515,33
3
BENITO MUVILLA GORDO
12
668
329,50
4
ANTONIO MORALES GONZÁLEZ
12
669
422,87
5
TEODORO MARTÍN MORALES
12
671
a
157,14
6
ARACELI MARTÍN GÓMEZ
12
670
409,96
7
M.ª ROSA MARTÍN SÁNCHEZ
12
672
693,05
8
VALERIANA HERNÁNDEZ ANTÓN
12
673
335,75
9
MERCEDES CANO RONCERO
12
674
653,84
10
MARCELINO PIZARRO HERNÁNDEZ
12
490
210,72
11
MERCEDES PIZARRO GONZALEZ
13
489
66,19
12
MARCELINO MORALES GONZALEZ
13
186
140,56
13
BENITO MUVILLA GORDO
13
185
238,52
14
PRUDENCIO GÓMEZ GORDO
13
184
113,52
15
MÁXIMO PÉREZ RODRÍGUEZ
12
488
405,61
16
BENITO BLANCO MORALES
12
481
153,89
17
CAYETANA MORALES BONILLA
12
480
151,22
18
JUAN HERNÁNDEZ MORALES
13
183
a
415,47
19
JUAN HERNÁNDEZ MORALES
13
183
b
140,59
20
SALVADORA MARTÍN FRANCO
13
182
a
6,07
21
CAYETANAMORALES BONILLA
13
181
a
67,17
22
FILIBERTO CANO RONCERO
12
479
259,54
23
M.ª ISABEL BLANCO GÓMEZ
12
478
376,30
24
RUFINO BONILLA BONILLA
13
167
b
220,43
25
RUFINO BONILLA BONILLA
13
167
a
90,25
26
URBANO PIZARRO BONILLA
13
166
95,47
27
CESÁREO GÓMEZ CAMISÓN
13
153
733,45
28
ROSARIO BLANCO MORALES
12
477
657,64
29
AGUSTÍN ESTEBAN PIZARRO
12
476
101,15
30
VICTORIANO DOMÍNGUEZ
13
106
137,41
31
MARCELINO SÁNCHEZ GARCÍA
13
105
154,04
32
SARA MARTÍN MARTÍN
12
475
380,51
33
JOSÉ BOTEJARA BONILLA
12
474
591,73
34
NIEVES GÓMEZ PIZARRO
13
104
747,46
35
ANTONIO MORALES GONZÁLEZ
13
103
222,73
36
EMILIANO GONZÁLEZ BONILLA
13
102
226,62
37
GREGORIO FRANCISCO HERNÁNDEZ
13
101
341,80
38
NIEVES GÓMEZ PIZARRO
13
100
496,55
39
MANUELA SALOMÓN BLANCO
12
450
1.442,05
40
FELISA MENA MENDO
13
97
101,72
41
INMACULADA PIZARRO GÓMEZ
13
96
449,59
42
MARCELINO SÁNCHEZ GARCÍA
12
449
184,71
43
FELISA MENA MENDO
12
438
d
107,17
44
MARCELINO SÁNCHEZ GARCÍA
12
448
131,77
45
JESÚS HERNÁNDEZ BLANCO
12
447
154,91
46
M.ª PILAR PIZARRO BLANCO
13
95
a
235,55
47
M.ª JOSEFA PUERTO MARTÍN
13
90
359,78
48
JESÚS PIZARRO GÓMEZ
13
59
b
305,70
49
M.ª ISABEL BONILLA SÁNCHEZ
12
441
680,94
50
JESUS PIZARRO PIZARRO
12
440
414,05
51
JESÚS PIZARRO GOMEZ
13
59
a
244,54
52
LUCIANO MORALES GARCÍA
13
58
b
326,93
53
AMADO PIZARRO MARTÍN
13
57
a
280,33
54
FELISA MENA MENDO
12
438
a
301,37
55
FELISA MENA MENDO
12
438
b
93,85
56
JUAN MORALES SÁNCHEZ
12
302
a
301,06
57
SARA SÁNCHEZ RAMOS
13
56
a
255,34
58
FIDELA Y M. PAZ GONZÁLEZ GÓMEZ
13
55
b
310,94
59
CELIA GONZÁLEZ GOMEZ Y HERMANAS
13
55
a
224,67
60
ISABEL MORALES BONILLA
13
16
272,97
61
MARÍA BONILLA MARTÍN
12
301
b
543,82
62
MARCELINO MORALES GONZÁLEZ
12
293
a
1.282,99
63
JAIME GUILLÉN CRESPO
13
15
2.718,79
64
SALVADORA MARTÍN FRANCO
12
292
a
597,44
65
SARA SÁNCHEZ RAMOS
12
289
a
167,11
66
FÉLIX PIZARRO BONILLA
12
286
b
307,44
67
NIEVES GÓMEZ PIZARRO
12
287
b
588,03
68
PRIMITIVO TORRES GONZÁLEZ
12
288
b
496,31
69
SOFÍA Y ANDRÉS BONILLA GUILLÉN
13
14
b
959,38
70
FERNANDO GORDO SÁNCHEZ
13
1
b
228,09
71
FERNANDO GORDO SÁNCHEZ
13
1
a
168,90
72
PRIMITIVO TORRES GONZÁLEZ
12
288
a
302,39
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