ANUNCIO de 19 de mayo de 2022 sobre la aprobación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal.
TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de Alcaldía, n.º 176/2022, de fecha 19 de mayo de 2022, de este Ayuntamiento se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan:
Personal laboral:
Denominación plaza
|
Grupo de clasificación
|
N.º de plazas vacantes
|
Forma de provisión
|
---|
Operario/a de Servicios Administrativos
|
C1
|
1
|
Concurso
|
Guarda Rural de Campo
|
AP
|
1
|
Concurso
|
Encargado/a de Servicios Múltiples
|
AP
|
1
|
Concurso
|
Encargado/a de Mantenimiento
|
AP
|
1
|
Concurso
|
Director/a de la Universidad Popular
|
A2
|
1
|
Concurso
|
Monitor/a Deportiva
|
A2
|
1
|
Concurso
|
Director/a Centro de Educación Infantil
|
A2
|
1
|
Concurso
|
Auxiliar de Biblioteca
|
C1
|
1
|
Concurso
|
Operarios/as de Servicio de Limpieza
|
AP
|
2
|
Concurso-oposición
|
Auxiliares de Hogar
|
AP
|
2
|
Concurso-oposición
|
Arquitecto/a Técnico
|
A2
|
1
|
Concurso-oposición.
|
Operario/a de Servicios Administrativos Contables
|
C1
|
1
|
Concurso-oposición
|
Oficial de Obras
|
AP
|
1
|
Concurso-oposición
|
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Siruela, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Siruela, a 19 de mayo de 2022. El Alcalde-Presidente, REGINO BARRANQUERO DELGADO.