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EXTRACTO de la Resolución de la Secretaría General por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
DOE Número: 102
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 30 de mayo de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Salud. Subvenciones.
Página Inicio: 24961
Página Fin: undefined
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):628589
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE:
Primero. Objeto.
1. El objeto de la subvención es la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
2. Los proyectos versarán sobre materias relacionadas con la información, sensibilización, formación, promoción y prevención de la enfermedad, así como la asistencia, rehabilitación y reinserción.
Segundo. Entidades beneficiarias.
1. Podrán solicitar las subvenciones las siguientes entidades:
a) Fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares o federación de las mismas, de ámbito de actuación regional o provincial y con razón social en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Asociaciones y federaciones sin ánimo de lucro de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, de ámbito de actuación nacional, con sede en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Sólo podrá presentarse un proyecto por entidad.
3. No podrá ser beneficiaria de la subvención una asociación que forma parte de una federación que resulte beneficiaria en esta misma convocatoria.
4. Se exceptúan expresamente como entidad beneficiaria a las entidades sin ánimo de lucro de personas afectadas por conductas adictivas y discapacidad y/o de sus familiares, y a las de personas afectadas por trastorno mental o enfermedad mental.
5. No podrán solicitar subvención aquellas asociaciones o federaciones que dispongan de subvención nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el año 2022, cuyos créditos correspondan a la Dirección General competente en materia de participación comunitaria en salud.
Tercero. Bases reguladoras.
Estas subvenciones se convocan al amparo de los capítulos I y II de la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales en materia de participación comunitaria en salud (DOE n.º 129, de 6 de julio de 2020), modificada por la Orden de 21 de octubre de 2021, publicada en el DOE n.º 209, de 29 de octubre de 2021.
Cuarto. Financiación y cuantía de la subvención.
1. La financiación de las subvenciones se hará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022 conforme al siguiente detalle:
Año: 2022
Aplicación Presupuestaria:110020000/G/212a/489
Fondo:Cag0000001
Proyecto:20160084
Importe:228.730,00 €
2. La cuantía máxima subvencionable por proyecto será de 30.000 euros.
3. La cuantía de la subvención otorgada podrá ser igual o inferior a los costes del proyecto presentado. La diferencia entre la cuantía del proyecto presentado y la cantidad subvencionada deberá ser financiada por la entidad solicitante.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de
Mérida, 12 de mayo de 2022.
La Secretaria General
AURORA VENEGAS MARÍN

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