ANUNCIO de 24 de mayo de 2022 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal.
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de Alcaldía, de fecha 24 de mayo de 2022, el Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal.
La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en el Ayuntamiento de Villanueva de la Vera correspondiente a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y en el artículo 19.uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales para el año 2018; en los términos marcados por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de La Vera
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Programa o servicio
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Denominación de la plaza
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N.º de plazas
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Fecha de adscripción
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Empleo y Desarrollo Local
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Agente de empleo y Desarrollo Local (AEDL)
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1
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Ayuda a Domicilio
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Auxiliar de ayuda de domicilio
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1
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Servicios múltiples
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Oficial de 1º
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1
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Servicios múltiples
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Peón de servicios múltiples
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1
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Biblioteca municipal
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Auxiliar de biblioteca
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1
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Escuela de música
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Profesor/a Escuela de música
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1
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Escuela infantil
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Dirección Escuela Infantil
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1
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Escuela Infantil
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Técnico en Educación Infantil.
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2
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Oficina de Turismo
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Personal Oficina de Turismo
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1
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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10
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Residencia municipal de mayores El Prado
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Programa o servicio
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Denominación de la plaza
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N.º de plazas
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Fecha de adscripción
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Residencia de mayores
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Auxiliar de geriatría
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16
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Residencia de mayores
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Terapeuta Ocupacional
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1
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Residencia de mayores
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Personal técnico DUE
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2
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Residencia de mayores
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Fisioterapeuta
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1
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Residencia de mayores
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Cocinero/a
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3
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Residencia de mayores
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Pinche de cocina
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3
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Residencia de mayores
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Personal de Limpieza
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6
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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Residencia de mayores
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conductor/a
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2
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Con anterioridad a 1 de enero de 2016
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34
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Es preciso señalar que el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público autoriza una tasa adicional que incluye las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
De conformidad con lo previsto en el artículo 37.1 del TREBEP, este proyecto de Oferta de Empleo Público ha sido objeto de negociación en las sesiones de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Villanueva de la Vera celebradas los días 17 y 23 de octubre de 2021.
La competencia para la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde al Alcalde/sa, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
La ejecución de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, en todo caso, de acuerdo con los plazos establecidos en la normativa que resulte de aplicación.
Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer recurso de reposición no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Villanueva de la Vera, 24 de mayo de 2022. La Alcaldía-Presidencia, ANTONIO CAPEROTE MAYORAL.