RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2022, de Alcaldía, por la que se aprueba la ampliación de la Oferta de Empleo Público 2021 para la estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela.
TEXTO ORIGINAL
En el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, provincia de Badajoz, a 25 de mayo de 2022.
El Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en su artículo 2 regulador de los procesos de estabilización de empleo temporal se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020
Asimismo y en cuanto a citado proceso de estabilización de empleo temporal, añade citado artículo que el nuevo proceso de estabilización deberá aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 31 de diciembre de 2021, la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos deberán producirse antes de 31 de diciembre de 2022 y la resolución de los mismos deberá finalizar antes de 31 de diciembre de 2024, debiendo situarse la tasa de cobertura temporal de las plazas estructurales por debajo del ocho por ciento.
Entre las novedades introducidas desde la redacción del Real Decreto-Ley 14/2021, de 7 de julio, está que el plazo para publicar dicha OEP se ha ampliado cinco meses, por lo que tiene que hacerse antes del 1 de junio de 2022.
Dada cuenta que la presente oferta ha sido debidamente negociada con las organizaciones sindicales con representación en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela , constituyéndose Mesa General de Negociación para citada negociación con fecha 29 de diciembre de 2021, acordándose a iniciativa de la representación de la Administración la necesidad de reducción de la temporalidad del empleo público en esta Corporación y aprobándose los criterios a seguir para determinar las plazas que formarán parte de este proceso de estabilización de empleo temporal.
Vista la Propuesta aprobada en Mesa General de Negociación celebrada entre los representantes de la Administración y las organizaciones sindicales con representación en la misma y anteriormente referida, el cual estima que los criterios aprobados para determinar las plazas que deberán formar parte de esta Oferta cumplen con los requisitos legales exigidos por citado Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Visto que se publicó anuncio de la citada Resolución en el BOP de 31 de diciembre de 2021 y en el DOE de 14 de enero de 2022
Visto que el 25 de mayo de 2022 se reúne la Mesa General de Negociación para Ampliación de Oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal 2021, haciendo propuesta de ampliación en dos plazas, en iguales términos de la anterior.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Conforme a las competencia que me confiere el artículo 21.1g) de la Ley 7/1085, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local
HE RESUELTO
Primero. Aprobar la Ampliación de Oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal 2021 del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, en base a lo establecido en el Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, integrada por las plazas que se detallan en el Anexo de la presente resolución, en iguales términos que la anterior.
Este proceso de estabilización deberá garantizar, en todo caso, el cumplimiento de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y de su resolución no podrá resultar, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos.
Segundo. Lo ordenado en la presente resolución, será publicado en el Diario Oficial de Extremadura y se procederá a efectuar los demás trámites necesarios para llevar a cabo la presente Oferta.
ANEXO
RÉGIMEN LABORAL: 2
DENOMINACIÓN PLAZA
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GRUPO
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N.º PLAZAS
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TRABAJADORA SOCIAL
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A2
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2
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Navalvillar de Pela, 25 de mayo de 2022. El Alcalde, FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ CANO.