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RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se aprueba la valoración de méritos provisional de personas admitidas y excluidas en el procedimiento de ingreso por primera vez en listas de espera ordinarias del Cuerpo de Maestros, y para la nueva baremación de méritos de los que ya forman parte de las mismas.
DOE Número: 103
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 31 de mayo de 2022
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Personal docente no universitario.
Página Inicio: 25078
Página Fin: 25079
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La Resolución de 15 de febrero de 2022 (DOE núm. 33, de 17 de febrero) de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, adquisición de nuevas especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletoria, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias, para el Cuerpo de Maestros, prevé en la Base LXV que en el plazo no superior a cuatro meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura Resolución de la Direc­ción General de Personal Docente por la que se declaran aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación en el caso de estas últimas de la causa de exclusión.
Dichas listas se publicarán en el portal de PROFEX y en ella se expresará la puntuación obtenida por las personas aspirantes en cada uno de los apartados y subapartados del baremo, en virtud de los méritos alegados y de la puntuación resultante de la incorporación de oficio.
Dando cumplimiento a la citada Base, esta Dirección General de Personal Docente
RESUELVE
Primero. Aprobar las listas provisionales de aspirantes admitidos en el procedimiento de integración por primera vez en listas de espera ordinarias y valoración de méritos, convocados por Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, con expresión de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados y subapartados del baremo.
Segundo. Aprobar las listas provisionales de excluidos con indicación de las causas de exclusión.
Tercero. Ordenar la exposición de las citadas listas en la dirección de internet https://profex.educarex.es, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. Conceder un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, para que de conformidad con lo dispuesto en el apartado 65.2, las personas aspirantes que hayan sido excluidas, bien porque su solicitud no reúne los requisitos establecidos, o bien por no haber aportado junto con la solicitud los documentos preceptivos exigidos en la Base III y apartados 3 y 4 de la base V, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puedan subsanar la falta cometida o acompañar tales documentos. Si así no lo hicieran, se las tendrá por desistidas en su solicitud.
Quinto. Conceder un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, para que de conformidad con lo dispuesto en el apartado 65.3, las personas interesadas puedan complementar la acreditación de aquellos méritos que la Comisión de Baremación entiende que no están suficientemente acreditados en los términos establecidos en el Anexo XI de la convo­catoria y siempre que dicho mérito haya sido presentado dentro del plazo de presenta­ción de solicitud. En caso de no subsanarlo en el plazo indicado, el mérito en cuestión no será valorado.
Sexto. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 65.4, los interesados podrán presentar en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Extremadura, las reclamaciones que estimen oportunas, las cuales se entenderán resueltas con la publicación de las listas definitivas.
Dichas reclamaciones habrán de ser cumplimentadas y presentadas de forma telemática siguiendo las instrucciones que se publicarán en el portal: profex.educarex.es .
Para acceder a la Plataforma y obtener el modelo de reclamación o subsanación se requerirá introducir el número de DNI y una de las claves web globales generadas al realizar la solicitud en el proceso selectivo publicado en la Resolución de 15 de febrero de 2022 de la Dirección General de Personal Docente, o bien en caso de poseer las credenciales de Rayuela se podrá acceder con éstas. Una vez se haya accedido a la Plataforma se procederá a la cumplimentación de la reclamación o subsanación siguiendo las instrucciones que se publicarán en dicha página.
Cumplimentada y obtenida la reclamación o subsanación en la forma indicada, se dará por finalizada la formulación de la misma y no se deberá presentar en ningún registro. En caso de cumplimentar varias solicitudes será tenida en cuenta la última que se encuentre en el sistema.
Séptimo. Aquellos aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la lista de admitidos, serán definitivamente excluidos.
Mérida, 25 de mayo de 2022.
PS, El Secretario General de Educación
(PS, Resolución de 5-08-2019,DOE núm. 153, de 8 de agosto)
La Directora General de Personal Docente
FRANCISCO JAVIER AMAYA FLORES

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