ANUNCIO de 26 de mayo de 2022 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal.
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de Alcaldía n.º 200/2022 de fecha veintiséis de mayo de dos mil veintidós de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal.
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público extraordinaria del Ayuntamiento de Madrigal de la Vera que articula los procesos de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, en cumplimiento de la misma, cuyas plazas están recogidas en el ANEXO de la presente resolución.
Segundo. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se remitirá el acuerdo aprobatorio de la Oferta de Empleo Público a la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma.
Tercero. Certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública el número de plazas estructurales ocupadas de forma temporal en cada uno de los ámbitos afectados, en cumplimiento de lo recogido en el apartado siete del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Cuarto. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público antes del 31 de diciembre de 2022.
Quinto. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de este Ayuntamiento en la próxima sesión ordinaria que se celebre, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Sexto. En los casos en que esta resolución utiliza sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por mera economía en la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia del sexo de las personas aludidas o de los titulares de dichos cargos, con estricta igualdad en cuanto a efectos jurídicos.
ANEXO
PLAZAS CUYO SISTEMA DE SELECCIÓN ES EL CONCURSO DE MÉRITOS. ANTERIORES AL 1 DE ENERO DE 2016(DISPOSICIONES ADICIONALES SEXTA Y OCTAVA DE LA LEY 20/2021,DE 28 DE DICIEMBRE)
Personal Laboral
Denominación de la Plaza
|
Vacantes
|
Jornada
|
---|
Administrativo (Padrón Municipal y licencias de actividad)
|
1
|
100 %
|
Auxiliar Administrativo. (Contabilidad -Tesorería)
|
1
|
100 %
|
Auxiliar Administrativo. (Secretaría Juzgado de Paz y Recaudación)
|
1
|
100 %
|
Auxiliar Administrativo. (Urbanismo y control de aguas)
|
1
|
100 %
|
Auxiliar Administrativo. (Subvenciones y Registro)
|
1
|
100 %
|
Agente de Empleo y Desarrollo Local
|
1
|
100 %
|
Personal de limpieza de edificios
|
2
|
100 %
|
Encargado del cementerio municipal
|
1
|
100 %
|
Encargado de obras y servicios
|
1
|
100 %
|
Monitor Deportivo Municipal
|
1
|
100 %
|
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde del Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Madrigal de la Vera, 26 de mayo de 2022. El Alcalde-Presidente, URBANO PLAZA MORENO.