ANUNCIO de 30 de mayo de 2022 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público de estabilización del empleo temporal.
DOE Número: 103
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 31 de mayo de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE PORTEZUELO
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 25176
Página Fin: 25176
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
Mediante Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de 27-05-2022, se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan:
Personal laboral:
GRUPO DE CLASIFICACIÓN
|
CATEGORÍA LABORAL
|
VACANTES
|
FECHA DE ADSCRIPCIÓN
|
JORNADA
|
---|
C1
|
Administrativo
|
1
|
01-07-1988
|
Completa
|
E - AP
|
Socorristas
|
2
|
01-07-1988
|
Completa(fijo discontinuo)
|
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Portezuelo, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/20215, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, o a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radicara en otra Provincia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si optara por interponer recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Ud. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Portezuelo, 30 de mayo de 2022. El Alcalde, ÁNGEL IGLESIAS GÓMEZ.