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ANUNCIO de 26 de mayo de 2022, sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal.
DOE Número: 103
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 31 de mayo de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE HERGUIJUELA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 25139
Página Fin: undefined
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de la Alcaldía de Herguijuela, de 25 de mayo de 2022, se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a la plaza que a continuación se reseñan:
Personal laboral:
GRUPO DE CLASIFICACIÓN CATEGORÍA LABORAL VACANTES FECHA DE ADSCRIPCIÓN
Auxiliar Administrativo C2 Auxiliar Apoyo Administrativo 1 ANTES DE 2000
Más información del puesto:
CÓDIGO IDENTIFICADOR PLAZA CATEGORÍA GRUPO NÚM. PLAZA DOTADA PRESUPUESTO OCUPACIÓN TEMPORAL EN 3 ÚLTIMOS AÑOS OCUPACIÓN TEMPORAL ININTERRUMP. ANTES DE 01/01/2016
1 AUX. ADVO. C2 1 SÍ.ANTES AÑO 2000
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Herguijuela en el Boletín Oficial de la Provincia, dado que la citada plaza es susceptible de estabilizarse por ser una plaza estructural, por la vía del concurso prevista en la disposición adicional sexta, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Existe la excepción de las plazas indeterminadas de los Pisos Tutelados por la ampliación y adaptación a Residencia de Mayores desconociendo actualmente el número de plazas necesarias y si estarían dotadas presupuestariamente una vez conocido su número y, por otro lado, la posible externalización del servicio por ser, hoy, deficitario y un servicio excesivamente antieconómico.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante Sr. Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren más conveniente en defensa de sus intereses y derechos.
Herguijuela, 26 de mayo de 2022. El Alcalde-Presidente, GONZALO-JOSÉ GONZÁLEZ MUÑOZ.

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