DECRETO 56/2022, de 25 de mayo, por el que se declara la urgente ocupación por el Excmo. Ayuntamiento de Olivenza (Badajoz), de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución de la obra denominada "Proyecto de glorieta de intersección en la CP BA-103 con EX-107 en Olivenza".
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz de fecha 29 de octubre de 2018 se aprobó el proyecto de ejecución de la obra denominada Proyecto de glorieta de intersección en la carretera de San Jorge .
Mediante informes técnicos de 27 de julio de 2021 y 17 de enero de 2022 emitidos por el Jefe del Servicio de Infraestructuras de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz y en el informe del Jefe de la Policía Local, respectivamente, se acredita la necesidad de urgente ocupación de los derechos y bienes afectados por la obra citada.
El tramo en el que se va a ejecutar la obra forma parte de un corredor de importancia en el tránsito de vehículos que circulan en ambos sentidos del tramo Badajoz Portugal, por Villanueva del Fresno. El tráfico del tramo de proyecto es local y comarcal y condicionado por la actividad económica del eje Portugal - Badajoz.
Las situaciones generadas por la falta de cumplimiento de la prohibición de giro en el acceso desde la EX-107 a las calles Higuera de Vargas y Avenida Quinta de San Juan han venido comprometiendo la seguridad en esta confluencia, haciéndose necesarias medidas que regulen el tráfico y reduzcan la siniestralidad. Las previsiones de crecimiento del tráfico, la cercanía a Badajoz y la gran cantidad de instalaciones y edificaciones próximas a la carretera, con sus correspondientes accesos directos, dificultan la circulación de vehículos, con la consiguiente reducción de las condiciones de seguridad del tráfico. Todo ello, junto con las malas condiciones de visibilidad existentes en la intersección, hace que sea urgente y necesario acondicionar la misma por motivos de seguridad vial.
La relación de bienes y propietarios afectados fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz núm. 33, de 17 de febrero de 2022; en El Periódico HOY de fecha 11 de febrero de 2022, así como en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Olivenza, donde radican los bienes y derechos a expropiar; asimismo, fue notificada individualmente a las personas interesadas afectadas en el ámbito de actuación.
Consta en el expediente que en el plazo de información pública no se presentaron alegaciones por las personas interesadas, resultando la relación definitiva de bienes, derechos y personas propietarias afectadas la que figura como ANEXO a este decreto.
En fecha 26 de enero de 2022 se acuerda solicitar al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados en la mencionada obra.
Y el 11 de abril de 2022 se registra la solicitud al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura para la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación, necesarios para la ejecución de la obra denominada Proyecto de glorieta de intersección en la carretera de San Jorge del Ayuntamiento de Olivenza, habiéndose efectuado la oportuna retención de crédito a que ascendería el justiprecio.
En base a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de su Reglamento, y en uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 2641/1982, de 24 de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura es competente para disponer el carácter urgente de la ocupación de los terrenos de referencia.
En su virtud, a propuesta del Presidente de la Junta de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 25 de mayo de 2022,
DISPONGO:
Artículo único. De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios que se han descrito en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Olivenza (Badajoz), para ejecutar la obra denominada Proyecto de glorieta de intersección en la C.P. BA 103 con EX 107 en Olivenza .
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Mérida, 25 de mayo de 2022.
El Presidente de la Junta de Extremadura
GUILLERMO FERNANDEZ VARA
ANEXO
RELACIÓN DE BIENES Y PERSONAS AFECTADAS
Finca registral n.º 2174.
Titular: Herederos de D. Emilio Gómez de Carvallo Cordero.
Situación: Polígono 50, parcela 7003 (en el término municipal de Olivenza).
Superficie: 496,00 metros cuadrados.
Clasificación: Rústica.
Cultivo: Catastro: improductivo; cultivo actual: labor secano.
Bienes y otros daños: Dos olivos centenarios.
Linderos: Norte: casco urbano, Avda. de Villanueva.
Sur: Polígono 50, parcela 7002.
Este: casco urbano, Avenida Quinta San Juan.
Oeste: casco urbano, Travesía Los Naranjos 3.