DECRETO 59/2022, de 25 de mayo, por el que se declara Bien de Interés Cultural a la "Iglesia Parroquial de Santa María de la Asunción" de la localidad de Baños de Montemayor (Cáceres), con la categoría de Monumento.
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 5 de agosto de 1982, se dicta Resolución de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas por la que se incoa expediente de declaración como bien de interés cultural a favor de la Iglesia Parroquial de Santa María , de Baños de Montemayor (Cáceres), con la categoría de monumento histórico-artístico, publicándose en el Boletín Oficial del Estado, n.º. 258, de 27 de octubre de 1982. El bien quedó inscrito de manera provisional en el Registro de Bienes de Interés Cultural.
Se estima necesario, conforme a las exigencias de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que la descripción de la Iglesia Parroquial de Santa María , incluya reseña sobre los bienes muebles asociados a ésta, además de una delimitación gráfica del bien incoado, resultando adecuado además redefinir la descripción del bien y su delimitación ateniéndose a las prescripciones legales que, en la Resolución, de 5 de agosto de 1982, anteriormente citada, no se contenían.
Por otro lado, se infiere la necesidad de adaptar la categoría de protección conferida en su momento, Monumento Histórico-Artístico, a una de las categorías de protección previstas en la citada norma, así como reconocer el Monumento como Iglesia de Santa María de la Asunción , modificando, en consecuencia, la denominación contenida en la Resolución, de 5 de agosto de 1982.
Y con el fin de efectuar tal declaración como Bien de Interés Cultural de la Iglesia Parroquial de Santa María de la Asunción de Baños de Montemayor (Cáceres), se ha procedido a elaborar una memoria técnica nueva por los servicios técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, con fecha 4 de marzo de 2021, adaptada ya a las determinaciones legales.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011 de 28 de enero, recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la Cultura en cualquiera de sus manifestaciones , así como el Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma .
En desarrollo de esta competencia y con el fin de proteger nuestro patrimonio cultural, se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés cultural.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la propia ley, los bienes más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño, deberán ser declarados de Interés Cultural en la forma que el propio artículo detalla. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada ley.
El artículo 6.1. de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, al establecer la clasificación de los Bienes Inmuebles que pueden ser declarados de Interés Cultural, dispone en su letra a), como Monumentos, el edificio y estructura de relevante interés histórico, artístico, etnológico, científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen .
Ha de significarse, a tales efectos, que la Iglesia de Santa María de la Asunción , de Baños de Montemayor (Cáceres), es un templo, de tamaño mediano, cuyos principales valores patrimoniales residen en su fachada principal, realizada entre la segunda mitad del siglo XVI y los primeros años del XVII. El retablo mayor, obra barroca ejecutada a comienzos del siglo XVII por los salmantinos Antonio González Ramiro y Diego de Salcedo; el retablo renacentista de Santa Catalina; y su torre-campanario, cuya elaborada ejecución y curioso remate la convierten en única en Extremadura.
Con fecha 5 de agosto de 1982, se dicta Resolución de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas por la que se incoa expediente de declaración como bien de interés cultural a favor de la Iglesia Parroquial de Santa María , de Baños de Montemayor (Cáceres), con la categoría de monumento histórico-artístico, publicándose en el Boletín Oficial del Estado, n.º. 258, de 27 de octubre de 1982. El bien quedó inscrito de manera provisional en el Registro de Bienes de Interés Cultural.
Conforme a las exigencias de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se estima necesario que la descripción de la Iglesia Parroquial de Santa María incluya reseña sobre los bienes muebles asociados a ésta, además de una delimitación gráfica del bien incoado, resultando adecuado además redefinir la descripción del bien y su delimitación ateniéndose a las prescripciones legales que, en la Resolución, de 5 de agosto de 1982, anteriormente citada, no se contenían.
Por otro lado, se infiere la necesidad de adaptar la categoría de protección conferida en su momento, Monumento Histórico-Artístico, a una de las categorías de protección previstas en la citada norma, así como reconocer el Monumento como Iglesia de Santa María de la Asunción , modificando, en consecuencia, la denominación contenida en la Resolución, de 5 de agosto de 1982.
Y con el fin de efectuar tal declaración como Bien de Interés Cultural de la Iglesia Parroquial de Santa María de la Asunción de Baños de Montemayor (Cáceres), se ha procedido a elaborar una memoria técnica nueva por los servicios técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, con fecha 4 de marzo de 2021, adaptada ya a las determinaciones legales.
Asimismo, y con el fin de garantizar su protección y dando cumplimiento al contenido de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, se impone establecer una descripción clara y precisa de este bien y la delimitación del entorno necesario que, siguiendo el artículo 8.1.b, será el espacio construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo .
Es por ello que se procedió a dictar Resolución de incoación de expediente el 12 de marzo de 2021, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, por la se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la Iglesia Parroquial de Santa María de la Asunción, de la localidad de Baños de Montemayor (Cáceres), con la categoría de Monumento. La Resolución fue publicada en el DOE, n.º 59, de 29 de marzo de 2021 y en el BOE, n.º 115, de 14 de mayo de 2021. De la misma forma se procedió a su comunicación al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte donde aparece inscrito con el código provisional 2323.
Dando cumplimiento a la citada resolución, con fecha 8 de noviembre de 2021, se procedió a practicar la notificación a los interesados en el procedimiento, así como al Ayuntamiento de Baños de Montemayor (Cáceres), constando en el expediente las correspondientes acreditaciones de haber sido recibidas por los mismos.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se procedió a publicar en el B.O.E., número 29, de 3 de febrero de 2022, un anuncio de notificación a los interesados en el procedimiento que, por distintas causas, no recibieron las mismas en los domicilios fiscales conocidos.
Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el artículo 4.1 de la citada ley autonómica, siendo ambos favorables. Igualmente, se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cáceres.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del reformado Estatuto de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 25 de mayo de 2022,
DISPONGO:
Artículo 1.
La declaración de la Iglesia Parroquial de Santa María de la Asunción de la localidad de Baños de Montemayor (Cáceres), como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento de acuerdo con las especificaciones de los ANEXOs que se acompañan.
Artículo 2. Publicaciones y notificaciones.
Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado el presente decreto, y notificar el mismo al Ayuntamiento de Baños de Montemayor (Cáceres) y al resto de posibles interesados.
Artículo 3. Inscripción en los Registros.
Comunicar esta declaración al Ministerio de Cultura y Deporte, para su inscripción definitiva en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 25 de mayo de 2022.
El Presidente de la Junta de Extremadura
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes
NURIA FLORES REDONDO
ANEXOS
(Se publica como ANEXO un extracto de la memoria técnica de 4 de marzo de 2021. La Memoria a la que hace referencia el acuerdo de incoación, consta en el expediente administrativo correspondiente. Este expediente se podrá consultar en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural (Avenida Valhondo, s/n. Módulo 4, Planta 2ª, 06800 Mérida, Badajoz) para aquellas personas interesadas en el procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el artículo 15 y siguientes de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura).
ANEXO I.
CARACTERIZACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL
Introducción.
La Iglesia de Santa María de la Asunción es un templo de tamaño mediano cuyos principales valores patrimoniales residen en su fachada principal; los retablos mayor y de Santa Catalina que se custodian en el interior; y su torre-campanario cuyo curioso remate es único en la Extremadura.
Ubicación.
Una peculiaridad de Baños de Montemayor es que la actual población es el resultado de la unificación de dos poblaciones en 1644: Baños de Montemayor y Baños de Béjar. Por eso, hasta 1959, contaba con dos parroquias separadas por la vía de la Plata, pertenecientes a dos diócesis diferentes: la de Santa María, a la de Coria-Cáceres; y la de Santa Catalina, a la de Plasencia. Después, ambos templos pasaron a pertenecer a la diócesis de Plasencia, desacralizándose el templo de Santa Catalina y adquiriendo uso cultural.
La iglesia, orientada al este, se sitúa en el casco urbano de la población, exenta pero ubicada en medio de una abigarrada trama urbana, entre la plaza Hernández Gil y las calles Don Victoriano, Doctor Rengifo e Iglesia.
Descripción histórico-artística.
El templo se data cronológicamente entre fines del siglo XV y el siglo XVII, con importantes reformas en el siglo XX. Según algunas informaciones, pudo construirse sobre los restos de una fortaleza anterior, en la que había un pozo o aljibe. Como decimos, durante el siglo XX se acometieron numerosas reformas que afectaron sobre todo a su cubierta, y también se amplió el edificio mediante la construcción de un ANEXO. Por ello, la única bóveda original conservada es la de la sacristía.
Materiales de construcción.
El templo está construido mediante sillería de piedra bien escuadrada en las zonas más próximas a los pies del edificio, y de mampostería con refuerzos de sillería en las más cercanas al presbiterio. La cubrición es de teja árabe.
La torre.
Exteriormente, uno de los dos elementos más destacables del inmueble es el campanario, ubicado a los pies del templo. La torre tiene tres cuerpos y remate, siendo su traza de mucho mérito constructivo por su curiosa forma. En el primer cuerpo, sobre una base maciza, se sitúa el acceso exterior a la torre (con forma de arco conopial, al igual que otras ventanas de la torre y protegido por un pretil con decoración denticulada), elevado en altura y accesible mediante unas escaleras exteriores. Desde esta entrada se accede a las escaleras interiores que conducen a lo alto del campanario.
Bajo esta entrada, la esquina de la torre tiene la particularidad de que no se alinea con la fachada oeste, sino que se retranquea ligeramente en dirección a la escalera, no siendo, además, este paramento recto, sino escalonado de forma paralela a las escaleras exteriores y estando decorado con molduras. Los cuerpos del campanario se separan mediante gruesas molduras, teniendo una de ellas, en el segundo cuerpo, una curiosa forma escalonada. En este segundo cuerpo se observa, además, que una parte del mismo se encuentra sobreelevado sobre el inferior. El siguiente cuerpo, el del campanario propiamente dicho, es muy esbelto. Posee cuatro huecos de medio punto sobre los que se halla un friso con arcos de medio punto en relieve, moldura y denticulado clasicista. En la última cornisa también encuentran acomodo varias gárgolas.
Sobre este cuerpo de campanas, un antepecho con decoración de escamas, con escudos en algunas zonas y celosías en otras, es rematada por pináculos y florones. En este espacio se sitúa una curiosa estructura conformada por dos arcos de medio punto entrecruzados, que, partiendo desde cuatro contrafuertes rematados por cuatro bolas decorativas desde las esquinas, convergen en el centro, bajo un pináculo. Bajo esta estructura, que confiere un aspecto tan original a la torre, se ubica una estructura piramidal rematada por una bola y una cruz. Según Madoz, los arcos de construyeron a mediados del siglo XVII, siendo costeados por la población, según una inscripción de la cúpula que él pudo leer. Esta estructura estaba destinada a colgar la campana de un reloj. En este sentido, un reloj moderno fue inaugurado en 1883, desmontado hace unos años, conservándose actualmente su maquinaria en la oficina de turismo. El mismo fue realizado, según el historiador De la Vega ( En Baños de Montemayor y en su historia (Badajoz, 2017) y Baños de Montemayor. Historia, Salud y Artesanía (Barcarrota, 1994), por el relojero bejarano Alberto Ruiz de Mena. La persona encargada de su mantenimiento fue el herrero Remigio García Hernández.
En la base de la torre se conserva, incrustada, una lápida romana.
Las fachadas.
La fachada norte es la de mayor valor del edificio. En ella se sitúa un pequeño atrio conformado por dos muretes bajos, ante la puerta de entrada. Esta puerta se halla en un muro que se encuentra ligeramente retranqueado respecto a la cabecera del templo. En esta zona se sitúan varias ventanas. La puerta de entrada está conformada por un arco de medio punto con arquivoltas, flanqueado por dos pilastras de orden compuesto que sostiene un friso donde puede leerse una inscripción en latín, que, traducida al español, significa: Alégrate, Santa Madre de Dios . En las enjutas del arco son visibles sendos medallones en altorrelieve de san Pedro y san Pablo. En medio del friso, otro relieve nos muestra dos angelotes sujetando el jarrón de azucenas, emblema de la Virgen. Sobre el entablamento hay, en sus extremos, dos pináculos, y, en medio, un relieve de la Asunción de la Virgen, flanqueada por dos ángeles con cornucopias. Sobre el bajorrelieve de la Virgen existe una pequeña figura, en mármol, de Jesús Salvator Mundi , esto es, sosteniendo una esfera celeste. La fachada es de estilo plateresco, si bien, según la obra dirigida por Andrés Ordax “Monumentos artísticos de Extremadura” (Mérida, 1986), algunos elementos podrían corresponder ya hacia 1610. Según esta publicación, Camón Aznar atribuyó la portada a Rodrigo Gil de Hontañón, aunque actualmente, al parecer, los principales investigadores sobre este artífice, han refutado esta teoría.
En cualquier caso, tal y como afirma Nicolás Díaz y Pérez en su obra Baños de Baños. Viajes por mi Patria (Madrid, 1880), existen dos inscripciones bajo los pináculos de la portada donde puede leerse: Año y “1567”, por lo que esta debe de ser, sin duda, la fecha de terminación de la misma. Sin embargo, acerca de esta misma portada, Antonio Casaseca y Rodríguez G. de Ceballos afirman en su obra “El ensamblador Antonio González Ramiro” (Madrid, 1980), que los medallones, y quizá toda la portada son obra de Diego Salcedo (1580-1640), inspirada en las portadas del claustro de San Esteban de Salamanca. No siendo esto posible, dada la existencia de la fecha de 1567 referida, sí es factible que la portada, finalizada en esta fecha, recibiera algunos añadidos o fuera terminada a comienzos del siglo XVII, tal y como se plantea en la obra dirigida por Salvador Ordax, modificaciones que no sabemos si fueron realizadas por González Ramiro o no.
El testero del templo es recto, siendo su único elemento de interés una ventana abocinada y avenerada. En cuanto al muro sur, en el mismo son visibles en la parte de la sacristía y del transepto varias ventanas, una de ellas con forma de arco conopial. El resto de esta fachada, enfoscada y pintada, lo ocupan unas dependencias anejas con uso de almacén levantadas en el siglo XX, con una puerta y siete ventanas. En el muro oeste, que da a la calle Iglesia, se encuentra otra puerta y otra ventana que dan acceso a estas dependencias. Como esta calle se encuentra en pendiente, un pretil con un relieve grabado con el símbolo del escudo pontificio (mitra y llaves cruzadas) sirve para resguardar la misma del desnivel existente. En esta fachada se ubica, además de una parte de las dependencias anexas descritas, la puerta de los pies del templo, que es ligeramente apuntada, y es la más antigua del edificio. Este acceso es datable a fines del siglo XV o a comienzos del siglo XVI. Una ventana rectangular, correspondiente al coro, se sitúa encima.
Interior del inmueble.
La planta de la Iglesia es irregular, constando de presbiterio recto; dos capillas laterales delante de este que constituyen una especie de transepto y que se separan del crucero mediante sendos arcos de medio punto; sacristía junto al presbiterio en el lado de la epístola; nave de un solo tramo y sotocoro.
En el crucero son visibles los restos de cuatro pechinas que sostendrían una cúpula desaparecida. Junto al testero, en el lado de la epístola, se sitúa la sacristía, y es la única zona que conserva la bóveda original. Esta es una bóveda de cañón renacentista conformada por cuatro arcos de cantería, de interés. También son de interés en este espacio un armario empotrado con carpintería del siglo XVII y un lavamanos, datable a mediados del siglo XVI.
La nave, con un único tramo, se une a la zona del crucero mediante un arco de medio punto y dos pequeños arcos laterales. A la entrada del templo, en la nave, hay una pila de agua bendita en una hornacina con una venera.
A los pies de la Iglesia se localizan el sotocoro y el baptisterio, muy pequeños ambos por ocupar la base de la torre campanario la zona lateral correspondiente a la parte del evangelio. La puerta aquí situada da directamente al sotocoro, dividido en tres partes mediante arcos de medio punto. Junto al sotocoro, se sitúa el baptisterio, donde existe una pequeña hornacina, protegida por una puerta renacentista con un relieve que representa el jarrón de azucenas de la Virgen, destinada a guardar los santos óleos. La pila bautismal, del siglo XVI, ubicada sobre un pie de granito moderno, se sitúa en medio del sotocoro. Una escalera lateral conduce al coro, iluminado por una ventana.
Bienes muebles.
— Retablo mayor.
Obra de estilo clasicista, muy decorada, con una estructura purista y una decoración manierista. Fueron los salmantinos, el escultor Diego de Salcedo y el entallador Antonio González Ramiro, quienes, a partir de 1612, lo construyen. Esta obra guarda relación con el retablo mayor de Valverde del Fresno, realizado por los mismos autores.
El retablo se concertó con el escultor Diego de Salcedo mediante protocolo el 13 de abril de 1612, citándose por primera vez con posterioridad, en un inventario de 1635.
La biografía de ambos artistas ha sido semblada por Florencio Javier García Mogollón en su artículo El retablo mayor parroquial de Valverde del Fresno (Cáceres). Una obra del entallador Antonio González Ramiro y del escultor Diego de Salcedo (Cáceres, 1995). Gracias al mismo, podemos saber que Antonio González Ramiro (1580-1640) trabajó con numerosos arquitectos, como Juan Gómez de Mora; con escultores como Esteban de Rueda; y con pintores como Antonio González de Castro. Realizó encargos para la catedral de Salamanca y numerosas parroquias de su diócesis, y de otras zonas. Prueba de su importancia es, además, que el cabildo de la catedral de Plasencia eligió una traza suya para la realización del retablo mayor, aunque finalmente esta no se llevó a cabo.
En cuanto a Diego de Salcedo, nacido en fecha desconocida y fallecido en 1614, sabemos que trabajó en el convento de San Esteban, en Salamanca, así como en otras localidades de esta diócesis y, además de las dos localidades extremeñas ya citadas, en Guijo de Coria (Cáceres).
El retablo posee sotobanco de piedra; dos cuerpos con tres calles y dos entrecalles; y ático. Las columnas que separan calles y entrecalles son de distinto tipo en el primer y segundo cuerpo: si bien, en ambos casos son de orden compuesto, antorchadas en su mitad superior y con capiteles corintios, en las del primer cuerpo la parte inferior del fuste posee decoración de roleos, mientras que, en las del segundo cuerpo, aquel es estriado. Además, en el primer cuerpo, el banco está decorado con las siguientes figuras en altorrelieve, y con pinturas de evangelistas y Príncipes de la Iglesia: san Juan con el águila, la Visitación, san Lucas con el becerro, Jesús ante los doctores, san Pedro, san Pablo, la Crucifixión, san Marcos y el león alado, Pentecostés, y san Mateo y el ángel.
En el cuerpo inferior, en el centro, se sitúan el tabernáculo y el sagrario. En este último, la puerta está decorada con un relieve en plata, que data del siglo XVIII, que representa una Crucifixión, y que sustituyó a otra imagen de un Jesús resucitado. En el tabernáculo, cuatro columnas con fustes estriados y antorchados sujetan un entablamento con una cúpula sobre la que se sitúa la figura de un cordero místico. A ambos lados del tabernáculo, en sendas hornacinas, pueden verse las pequeñas tallas de madera policromada de san Gregorio y san Jerónimo, que se custodian actualmente en la sacristía.
En los dos cuerpos del retablo, en cada calle lateral, hay una hornacina con una escultura y una pintura. Según Méndez Hernán ( El retablo en la diócesis de Plasencia. Siglos XVII y XVIII, Cáceres, 2004), las esculturas en nichos de planta baja representan a san Rafael con Tobías, y a santa Ana, y no son las originales, pues datan del siglo XVIII. Estas fueron instaladas en sustitución de las originales del retablo: san José y el Niño Jesús, y un ángel de la Guarda. El actual Niño que acompaña a san Rafael sí es el que acompañaba al san José original. En este primer cuerpo, las pinturas sobre tabla que representan el “Nacimiento de Jesús y la “Epifanía”.
En el segundo cuerpo, las esculturas representan laterales representan a santa Águeda (con los pechos amputados como atributo), y Santa Apolonia (con unas tenazas como atributo de su martirio). Las pinturas laterales representan al arcángel san Gabriel (como anunciador de la Buena Nueva) y a la Virgen. Según Méndez Hernán, estos cuadros quizá son posteriores al retablo original. En cuanto a la calidad de esculturas y pinturas y a su estado de conservación, hay que decir que la calidad de las esculturas es superior a la de las pinturas, aunque lamentablemente algunas esculturas han sufrido repintes. En medio del segundo cuerpo aparece la imagen titular del templo, un relieve de la Asunción de la Virgen.
En cuanto al ático, modificado, pues originalmente contenía un Padre Eterno , su edículo está rematado por un frontón triangular y flanqueado por aletones añadidos a fines del XVII o en el XVIII, y pirámides herrerianas coronadas por bolas en sus extremos. En el edículo aparece la talla de un Crucificado. Y a ambos lados, en los basamentos del banco del ático, se representan mediante esculturas a María y san Juan.
— Retablo procedente de la Iglesia de Santa Catalina, de Baños de Montemayor.
Se sitúa en el transepto, en el muro de la epístola. Este retablo procede de la antigua parroquia de Santa Catalina, y fue restaurado e instalado aquí en 2014. Data del segundo tercio del siglo XVI.
El retablo consta de sotobanco de piedra moderno, tres cuerpos de altura y dos entrecalles. Las calles y entrecalles se separan por columnas abalaustradas, y los cuerpos mediante frisos con decoración de candelieri , máscaras, putti , etc. En el primer cuerpo se localizan un manifestador con un sagrario en la calle central, y dos pinturas en las calles laterales representando el “Descanso de la Huida a Egipto” (posterior cronológicamente al resto de las pinturas) y la “Adoración de los Reyes”. Dos esculturas, en las entrecalles, representan a san Pedro y san Pablo; en el segundo cuerpo es posible ver una escultura de bulto redondo de Santa Catalina; dos huecos para dos pinturas desaparecidas a ambos lados, y cuatro pinturas pequeñas en las dos entrecalles, representando a san Andrés, san Martín, santa Águeda y santa Lucía; en el tercer cuerpo, en la parte central, una pintura representa la Crucifixión de Jesús, y a ambos lados hay dos pinturas en las calles que muestran a “Jesús Resucitado” y a “santa Catalina ante los doctores”. En las cuatro pinturas de las entrecalles se aprecian cuatro pinturas con las imágenes de san Juan Bautista, santo Domingo, Santiago y san Francisco de Asís.
El conjunto representa dos ciclos: el principal, dedicado a la vida de Cristo, y el secundario, dedicado al martirio de Santa Catalina. Es esta una importante pieza de la retablística del siglo XVI en Extremadura. Según De la Vega Fernández, un estudio del retablo firmado por Morán Cabré y Gómez Espinosa relaciona las pinturas de este retablo con la pintura manierista de Palencia del siglo XVI, y con la escultura castellana del momento.
Se conservan en la sacristía dos pinturas del siglo XVIII, que durante mucho tiempo sustituyeron a las originales desaparecidas de este retablo y que, tras la restauración, se decidió no reubicar en el mismo. Son los dos siguientes bienes:
Cuadro representando el Prendimiento de Jesús. Se localiza en la sacristía. Tras la desaparición de dos de los cuadros del retablo de Santa Catalina, este sustituyó durante un tiempo a uno de ellos. Está firmado por Tomás Rodríguez de la Concha, y fechado en 1756. Se trata de una composición un tanto ingenua y en mal estado.
Cuadro representando la Flagelación de Jesús. Se localiza en las dependencias anexas. Tras la desaparición de dos de los cuadros del retablo de Santa Catalina, este sustituyó durante un tiempo a uno de ellos. Se trata de una composición un tanto ingenua y en mal estado. Data de mediados del siglo XVIII.
Otros bienes
Caja de órgano del siglo XVIII. Muy restaurado, se sitúa en el coro.
Retablo de Virgen Dolorosa. Se sitúa en el transepto, en el testero del templo, junto al muro del evangelio. Posee sotobanco de fábrica, un cuerpo y ático. En el único cuerpo, una pilastra y una columna se sitúan a cada lado de la hornacina, en la que se ubica la imagen. En el ático, aparece un relieve con el jarrón de azucenas de la Virgen. Posee una abundante decoración de vegetales y putti . Su estilo corresponde al barroco propio de un siglo XVII avanzado. La Virgen es una imagen de vestir del siglo XVIII.
Escultura de San Antonio. Situada en el sotocoro, es datable entre los siglos XVII y XVII. Está muy repintada y le falta el Niño Jesús.
Retablo del Sagrado corazón de Jesús. Situado en la nave, en el muro del evangelio. Consta de una hornacina flanqueada por dos estípites que sostienen un entablamento partido con abundante decoración vegetal. Su estilo corresponde al barroco propio del siglo XVIII. En la hornacina se sitúa una imagen del siglo XX del Sagrado Corazón de Jesús.
Retablo de San Ramón Nonato. Se ubica en la nave, en el muro de la epístola. Consta de una hornacina flanqueada por dos columnas que sostienen un entablamento con un ático en el que dos ces enmarcan una venera. Posee abundante decoración de roleos. Su estilo corresponde al barroco de un siglo XVII avanzado. En la hornacina se sitúa una imagen de san Ramón Nonato. Está muy repintada.
Retablo de Santa Rosa de Lima. Situado en la nave, en el muro de la epístola. Es idéntico al anterior, y conserva en su interior una imagen de Santa Rosa de Lima.
Imagen de San Simón Stock recibiendo el escapulario de la Virgen del Carmen. Se sitúa en el muro de la epístola del transepto. Aunque se trata de una imagen de escayola de Olot de finales del siglo XIX o comienzos del siglo XX, se incluye por ser una iconografía infrecuente.
Confesionario. Se sitúa en el crucero. Data de finales del siglo XIX o comienzos del siglo XX.
Retablo de santa Teresa de Jesús. Se sitúa en el transepto, junto a la sacristía y el muro de la epístola. Posee un cuerpo y ático. En el único cuerpo, una columna se sitúa a cada lado de la hornacina en la que permanece la imagen de madera policromada, revestida con textiles. En el ático aparece un relieve con el jarrón de azucenas de la Virgen. Posee una abundante decoración de vegetales y putti . Su estilo corresponde al barroco propio de un siglo XVII avanzado.
Pendón de San José con el Niño Jesús. Arte textil bordada, se ubica en el presbiterio. Siglo XIX.
Talla de san Isidro Labrador. Se sitúa en el crucero. Obra de pequeño tamaño y fecha indeterminada. Estilo barroco.
Cristo crucificado. Se localiza en la sacristía. Es una talla de madera policromada en la que se representa a Jesús crucificado con tres clavos en una cruz leñosa. Siglo XVI.
Cáliz. Se localiza en la sacristía. De plata, es lisa, salvo los listeles que aparecen en pie, astil, y macolla. Obra de estilo barroco.
Copón 1. Se localiza en la sacristía. De plata, su base tiene seis lóbulos, el astil es cilíndrico y posee macolla manciforme. La subcopa, la macolla y la base tienen decoración vegetal. Remata en cruz. Es una obra barroca. En la tapa puede leerse la inscripción: Regalo a Santa María de Baños. J.A.C.M.N.
Copón 2. Se localiza en la sacristía. De plata, posee el pie circular. El astil es hexagonal, con macolla ovalada. La copa es cilíndrica, con decoración vegetal y animal incisa, y tiene una crestería. La tapa tiene abundante decoración vegetal incisa y remata en cruz. Data del siglo XVI y es de estilo renacentista.
Cruz procesional. De plata, en la cruceta aparecen, en relieve, un Crucificado en el anverso, y una Santa Catalina, en el reverso. La pieza posee abundante decoración de ces , putti , etc. Obra datable en el periodo barroco. Se localiza en las dependencias anexas.
Custodia 1. Se localiza en las dependencias anexas. De plata y plata sobredorada, su elemento decorativo más característico son dos angelotes de bulto redondo que sujetan el astil, con decoración de racimos de uva. La base es antorchada y contiene una inscripción. La corona radiada alrededor del viril contiene otra, lisa. Remata el todo, una cruz. Siglos XIX-XX.
Custodia 2. Se localiza en las dependencias anexas. El pie tiene cuatro apoyos, y el astil está decorado con angelotes. La corona radiada alrededor del viril contiene otra, decorada con angelotes en un nimbo, y espigas de trigo. Remata el todo, una cruz flordelisada. Siglos XVIII-XIX.
Conjunto de casullas y ternos. Se localiza en las dependencias anexas.
ANEXO II.
DELIMITACIÓN DEL MONUMENTO Y DE SU ENTORNO DE PROTECCIÓN
Delimitación del monumento y justificación.
El monumento, el templo de Santa María de la Asunción, está integrado dentro de la finca situada en la Plaza Hernández Gil, 1, cuya referencia catastral es 7472701TK5677S0001UT.
Delimitación del entorno y justificación.
Teniendo en cuenta la naturaleza del bien, y en consideración de las perspectivas visuales en el entorno más inmediato del monumento, se ha optado por incluir dentro del área que constituye el entorno de protección del monumento, los siguientes elementos:
—Espacios públicos sobre los que se alza el monumento.
— Las parcelas que limitan directamente con la parcela que ocupa el monumento o edificaciones anexas pues constituyen su entorno visual y ambiental más inmediato.
— Las parcelas que se alzan sobre el mismo espacio público que el monumento y que constituyen su ambiente urbano, desde el que se posibilita la contemplación y visualización del monumento.
Dentro del entorno de protección propuesto, se considera que cualquier intervención que se realice en estos espacios, puede suponer una alteración de las condiciones de percepción y contemplación del bien o del carácter patrimonial del ámbito urbano en que se ubica, por lo que es necesario controlar, en relación con los espacios citados y el propio monumento, la afección de las posibles actuaciones en los edificios o en sus fachadas, así como los eventuales proyectos de nueva construcción. Para identificar tales espacios, se ha considerado como unidad básica la parcela urbanística.
De acuerdo con estos criterios, se justifica la inclusión (total o parcial, según el caso), en la propuesta del entorno de protección de la Iglesia de parroquial de Santa María de la Asunción, de las siguientes parcelas con las siguientes referencias catastrales:
Dirección
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Referencia Catastral
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Calle D Victoriano, 1
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7372401TK5677S0001ET
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Calle D Victoriano, 2
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7372007TK5677S0001KT
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Calle del Dr Rengifo, 3
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7372213TK5677S0001UT
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Calle del Dr Rengifo, 4
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7472113TK5677S0001KT
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Calle del Dr Rengifo, 5
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7372212TK5677S0001ZT
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Calle del Dr Rengifo, 6
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7472111TK5677S0001MT
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Calle del Dr Rengifo, 8
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7472114TK5677S0001RT
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Calle del Dr Rengifo, 9 Es:1 Pl:00 Pt:01
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7372211TK5677S0001ST
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Calle del Dr Rengifo, 10
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7472110TK5677S0001FT
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Calle del Dr Rengifo, 12
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7472109TK5677S0001OT
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Calle del Dr Rengifo, 14
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7472108TK5677S0001MT
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Calle del Dr Rengifo, 16
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7472115TK5677S0001DT
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Calle de los Huéspedes, 1
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7472801TK5677S0001AT
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Calle Eugenio Fernández, 1
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7372210TK5677S0001ET
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Calle Eugenio Fernández, 2
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7473608TK5677S0001WT
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Calle Iglesia, 1
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7372120TK5677S0001HT
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Calle Morales, 2
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7372215TK5677S0001WT
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Calle Vía de la Plata, 6 (A)
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7472806TK5677S0001PT
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Calle Vía de la Plata, 8
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7372301TK5677S0001XT
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Calle Vía de la Plata,10 N2-12
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7372302TK5677S0001IT
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Calle Vía de la Plata,14
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7372303TK5677S0001JT
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Calle Vía de la Plata, 20, N2-18 Es:1 Pl:00 Pt:DR
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7372304TK5677S0001ET
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Calle Vía de la Plata, 22
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7372402TK5677S0001ST
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Plaza Hernández Gil, 3
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7372118TK5677S0001WT
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Plaza Hernández Gil, 5
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7372119TK5677S0001AT
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Siguiendo con lo establecido en la citada Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, las actuaciones que se planteen sobre los inmuebles que conforman el entorno de protección del bien no podrán alterar el carácter arquitectónico ni paisajístico de la zona, ni perturbar la contemplación del bien. También queda incluido, dentro del entorno de protección, el subsuelo de la zona delimitada, debido a la probable presencia de inhumaciones alrededor de la Iglesia u otros restos arqueológicos de interés.
Todo ello queda reflejado en el plano del ANEXO III.
ANEXO III
PLANO DE DELIMITACIÓN DEL MONUMENTO Y SU ENTORNO DE PROTECCIÓN
ANEXO IV.
CRITERIOS PARA LA PROTECCIÓN DEL MONUMENTO Y SU ENTORNO.
1. Régimen del monumento y su entorno de protección.
La presente normativa tiene por objeto regular la protección, conservación, restauración, investigación y utilización del monumento.
Con carácter general, las actuaciones a realizar en el bien declarado están sujetos a lo dispuesto en el título II, capítulo II de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura en el que se regula la protección, conservación y mejora de los bienes inmuebles, Sección 2ª, Régimen de Monumentos. Las actuaciones también quedarán sujetas a lo dispuesto en el régimen tutelar establecido en el título III de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura para la salvaguarda del patrimonio arqueológico.
2. Intervención en bienes muebles.
En lo que respecta a los bienes muebles vinculados al monumento, y en consideración al artículo 8 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se atenderá a lo dispuesto en el capítulo III, título II, relativo al régimen de protección, conservación y mejora de los bienes muebles y las colecciones de la citada ley.
3. Usos permitidos en el monumento.
Los usos permitidos en el monumento vendrán determinados y tendrán que ser compatibles con la investigación, la conservación, la puesta en valor y el disfrute del bien y contribuirán a la consecución de dichos fines, sin degradar la imagen del monumento o poner en peligro la conservación del bien o, lo que es lo mismo, no deberán alterar sus valores patrimoniales.
La autorización particularizada de uso se regirá por el artículo 37 de la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, Ley 2/1999, de 29 de marzo, modificada por la Ley 3/2011, de 17 de febrero.