RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2022, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se actualiza el Catálogo General de Material Ortoprotésico del Servicio Extremeño de Salud.
TEXTO ORIGINAL
La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud establece, en su artículo 17, que la prestación ortoprotésica consiste en la utilización de productos sanitarios, implantables o no, cuya finalidad es sustituir total o parcialmente una estructura corporal, o bien de modificar, corregir o facilitar su función. Comprenderá los elementos precisos para mejorar la calidad de vida y autonomía del paciente. Esta prestación se facilitará por los servicios de salud o dará lugar a ayudas económicas, en los casos y de acuerdo con las normas que reglamentariamente se establezcan por parte de las Administraciones sanitarias competentes.
El Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización (en adelante, Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre), regula la cartera de servicios comunes de prestación ortoprotésica, cuyo contenido en el ámbito de cada Administración sanitaria estará determinado por aquellos artículos que expresamente se recojan en los catálogos que elaboren en desarrollo de lo establecido en los apartados 6, 7, 8, 9 y 10 del Anexo VI del citado decreto. El acceso a la prestación se hará garantizando las necesidades sanitarias de los pacientes, en la forma que establezca al efecto la Administración sanitaria competente en la gestión de la prestación.
El Real Decreto 1506/2012, de 2 noviembre, por el que se regula la cartera común suplementaria de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud y se fijan las bases para el establecimiento de los importes máximos de financiación en prestación ortoprotésica, define el catálogo de prestación ortoprotésica de cada Comunidad Autónoma, como la Relación de productos ortoprotésicos o tipos de productos que cada responsable de prestación ortoprotésica selecciona de la oferta para facilitar la prestación ortoprotésica en su respectivo ámbito de gestión .
El Catálogo General de Prestaciones Ortoprotésicas incluido en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, ha sido objeto de varias actualizaciones, siendo la última la operada mediante la Orden SND/44/2022, de 27 de enero, publicada en el BOE n.º 25, de 29 de enero de 2022, por la que se actualiza, en lo relativo al catálogo común de prótesis externas de miembro superior y miembro inferior, ortoprótesis para agenesias, sillas de ruedas, ortesis y productos para la terapia del linfedema, el Anexo VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre. Esta orden en su disposición adicional primera concede a las Comunidades Autónomas, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y a la Mutualidad General Judicial un plazo de seis meses a contar desde su entrada en vigor para adaptar sus respectivas carteras de servicios a lo dispuesto en la misma.
En la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 6/2006, de 10 de enero, por el que se regula el procedimiento y los requisitos del reintegro de gastos de productos farmacéuticos, ortoprótesis y asistencia sanitaria, así como de las ayudas por desplazamiento y estancia, (en adelante Decreto 6/2006, de 10 de enero), contempla como uno de los requisitos para el reintegro de gastos de ortoprótesis que dichos productos estén incluidos en el Catálogo General de Materia Ortoprotésico vigente que resulte de aplicación.
La disposición final primera del citado Decreto 6/2006, de 10 de enero, faculta a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de sanidad para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarias para la ejecución del mismo.
Vista la normativa citada, y en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, de conformidad con los artículos 36 y 92 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y teniendo en cuenta el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, como el Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre, esta Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
RESUELVE:
Artículo único.
Actualizar el Catálogo General de Material Ortoprotésico del Servicio Extremeño de Salud que se publica como ANEXO a la presente Resolución.
Disposición final.
La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y será aplicable a todas las solicitudes de prestación ortoprotésica relativas a productos prescritos a partir del 30 de enero de 2022.
Mérida, 24 de mayo de 2022.
Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales,
JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA