EXTRACTO de las ayudas IX convocatoria de ayudas bajo la metodología LEADER en aplicación de la EDLP de la Comarca Tajo Salor Almonte para inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):632842
BDNS(Identif.):632843
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la IX convocatoria de ayudas bajo la metodología LEADER en aplicación de la EDLP de la Comarca Tajo Salor Almonte para inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
http://www.infosubvenciones.gob.es/
Primero. Objeto.
El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea de ayudas a proyectos englobados en la actuación inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
Esta convocatoria se publica al amparo de la Orden de 18 de noviembre de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020, en la Submedida 19.2. Apoyo para la realización de las operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo correspondiente a Inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de actuación de la Asociación para el Desarrollo de la Comarca Tajo-Salor-Almonte (TAGUS): Alcántara, Aliseda, Arroyo de la Luz, Brozas, Casar de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Hinojal, Malpartida de Cáceres, Mata de Alcántara, Monroy, Navas del Madroño, Piedras Albas, Santiago del Campo, Talaván y Villa del Rey.
El sistema de ayudas en el marco del eje LEADER tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología LEADER, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Segundo. Beneficiarios.
Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones conforme la Orden de 18 de noviembre de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020.
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro, pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 168.400 euros que se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 120030000/G/314A/78900/FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Se podrá subvencionar hasta el 50% de la inversión auxiliable con el límite de 200.000 euros por proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 8 de junio de 2022.
La Secretaria General,
María Curiel Muñoz