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EXTRACTO de la Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2022 dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Crisol-Formación que hayan obtenido evaluación positiva en la primera etapa.
DOE Número: 115
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 16 de junio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Formación para el empleo. Subvenciones.
Página Inicio: 28552
Página Fin: 28553
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):632660
BDNS(Identif.):632661
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Se convocan las subvenciones correspondientes al ejercicio 2022 de la Línea II, Subvenciones dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Crisol-Formación que hayan obtenido evaluación positiva en la primera etapa , previstas en los Capítulos I y III del Decreto 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Crisol-Formación (DOE núm. 129, de 7 de julio de 2021).
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones empresas privadas, personas autónomas o profesionales colegiados, con centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ya sean personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, en su condición de colaboradoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos, realicen contratos a personas participantes en la segunda etapa de los proyectos del Programa Crisol-Formación con las condiciones establecidas en las bases reguladoras.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Crisol-Formación y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.
Cuarto. Cuantía.
El importe de la convocatoria asciende a la cuantía de 1.404.480,00 euros, con cargo al ejercicio 2022 y a la aplicación 130080000/G/242B/47000/FS14090101/20210175. con el siguiente desglose según la actividad económica de la entidad beneficiaria, diferenciando aquellas que se dedican a la actividad agrícola:
a) Empresas no agrícolas (CONVO/2022/0000003798): 1.375.220 euros.
b) Empresas agrícolas (CONVO/2022/0000003799): 29.260 euros.
La cuantía de las ayudas será de 5.852 euros por cada contratación.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de cuatro meses a partir del día siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura la presente resolución. La resolución y el extracto de la misma, se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura conforme a lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los interesados deberán solicitar las subvenciones, durante el periodo de vigencia de la convocatoria, en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de la contratación. En el caso de que en el plazo anterior no se hubiere aprobado la convocatoria, el citado plazo de un mes se computará a partir del día siguiente al de la publicación de la misma y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
El abono de la subvención se realizará en un pago único, por el importe total de la ayuda concedida, una vez dictada la resolución de concesión.
Mérida, 26 de mayo de 2022.
El Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo.
(PD, Resolución de 29 de octubre de 2020.DOE núm. 214, de 5 noviembre de 2020).
El Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo.
VÍCTOR GARCÍA VEGA

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