DECRETO de 8 de junio de 2022 sobre subsanación del Decreto de 31 de mayo de 2022 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal.
TEXTO ORIGINAL
Advertido error en el edicto de aprobación de la oferta de empleo publicada con fecha 31 de mayo pasado, se procede a su subsanación, en el siguiente sentido:
Al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en su artículo 2, regulador de los procesos de estabilización de empleo temporal, ‘autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre 2020 .
Dicha norma señala en su punto 2, que el nuevo proceso de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022 , que la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022 , y que “la resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024” debiendo situarse la tasa de cobertura temporal de las plazas estructurales por debajo del ocho por ciento.
Los criterios generales de la presente oferta han sido los establecidos en la citada norma, incluyéndose aquellas plazas consideradas como estructurales, debiendo respetarse los sistemas de provisión establecidos en la misma, no obstante lo cual éstos fueron negociados con las organizaciones sindicales con representación en el Ayuntamiento de Santa Marta (o bien, si no hubiera representante sindical: con las organizaciones sindicales más representativas a nivel autonómico, con fecha 27 de mayo de 2022), en aplicación del artículo 79.1 letra 1) de la Ley 13/2015 de Función Pública de Extremadura.
Visto el informe jurídico emitido con fecha 27 de mayo de 2022, en el que se dictamina que las plazas que forman parte de la presente oferta cumplen con los requisitos legales exigidos por la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/1985. de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Conforme a las competencias que me confiere el artículo 21.I g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local
HE RESUELTO:
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Santa Marta, en base a lo establecido en la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, integrada por las plazas que se detallan en el ANEXO de la presente resolución.
Este proceso de estabilización deberá garantizar, en todo caso, el cumplimiento de libre concurrencia, igual dad, mérito, capacidad y publicidad, y de su resolución no podrá resultar, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos.
Segundo. La presente oferta, de estabilización para el empleo será susceptible de ampliación de resultas de los trabajos propios de la mesa de negociación constituida a tales efectos.
DENOMINACIÓN PLAZA
|
GRUPO
|
N° PLAZA
|
SISTEMA
|
---|
Técnico auxiliar televisión
|
IV
|
1
|
Concurso méritos
|
Auxiliar biblioteca
|
IV
|
1
|
Concurso méritos
|
Responsable almacén y compra
|
II
|
1
|
Concurso méritos
|
Profesor música, especialidad trompeta
|
II
|
1
|
Concurso méritos
|
Técnico deportivo, superior de futbol
|
III
|
1
|
Concurso méritos
|
Técnico deportivo, básico de futbol
|
IV
|
1
|
Concurso méritos
|
Barrendero, (discapacidad)
|
V
|
1
|
Concurso méritos
|
Auxiliar administrativo
|
IV
|
1
|
Concurso méritos
|
Tercero. Lo ordenado en la presente resolución, será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y Diario Oficial de Extremadura se procederá a efectuar los demás trámites necesarios para llevar a cabo la presente Oferta.
ANEXO
Ayuntamiento de Santa Marta
A) Plazas de régimen laboral: 8 plazas
Santa Marta, 8 de junio de 2022. La Alcaldesa-Presidenta, ANA BELÉN CABAÑAS NORIEGA.