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DECRETO 68/ 2022, de 8 de junio, por el que se modifican los límites de la Reserva Regional de Caza "La Sierra".
DOE Número: 123
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 28 de junio de 2022
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: DECRETO
Descriptores: Caza.
Página Inicio: 30252
Página Fin: 30257
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Mediante Decreto 65/2001, de 2 de mayo, se crea la Reserva Regional de Caza de La Sierra en adelante la Reserva , (DOE n.º 52, de 8 de mayo).
La reserva se encuentra situada en el sector occidental de la Sierra de Gredos, en su cara Sur, en las comarcas cacereñas de La Vera y del Valle del Jerte, en los términos municipales de Guijo de Santa Bárbara, Tornavacas, Jarandilla de la Vera, Losar de la Vera y Viandar de la Vera.
La actual Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura, en su artículo 18, contempla las Reservas de Caza, como núcleos que presentan excepcionales posibilidades cinegéticas, que se crean con la finalidad de promover, conservar, fomentar y proteger determinadas especies cinegéticas y sus hábitats, subordinando su posible aprovechamiento a dicha finalidad y, en su caso, a la crianza para repoblar de forma natural otros terrenos cinegéticos.
En la actualidad, la reserva cuenta con la misma superficie desde su creación (13.010 has), pues no ha sido modificada desde entonces. Sin embargo, los actuales avances empleados en la más reciente cartografía catastral y ortofotos utilizadas, arrojan una superficie real de 13.963,55 has.
Esta discordancia en la superficie de la reserva, junto con la modificación por la ampliación de los terrenos colindantes que se pretenden incluir, hacen necesario determinar los nuevos límites de la reserva y regularizar su cabida actual, para adecuarla a la realidad vigente. Es necesario destacar también, los acuerdos de la Junta Consultiva de la Reserva, configurada según el artículo 27 del Decreto 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión, que ya informó favorablemente sobre la idoneidad de esta propuesta de ampliación en sus sesiones celebradas el 14 de junio de 2017 y el día 18 de agosto de 2020. La Asociación de Propietarios y Propietarias de la Reserva de Caza La Sierra informó también de manera favorable a esta ampliación. En este mismo sentido, el informe técnico realizado el 21 de febrero de 2020 sobre la ampliación de la reserva, concluía que la incorporación de estos terrenos, favorecería la gestión de la reserva y no supondría menoscabo alguno a las condiciones medioambientales de ésta.
De igual modo, esta disposición contempla y se acomoda a las previsiones de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para igualdad efectiva entre mujeres y hombres; así como la Ley 8/2011, de 23 de marzo de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.
En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 8 de junio de 2022,
DISPONGO
Artículo 1. Terrenos que se incluyen en la reserva.
Se incluyen en la Reserva Regional de Caza de La Sierra un total de 98,063 hectáreas. Todas las parcelas que se incluyen pertenecen al término municipal de Losar de la Vera y se corresponden con los siguientes datos catastrales:
— Parcela catastral 2 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006000020000DH.
— Parcela catastral 5 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006000050000DB.
— Parcela catastral 53 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006000530000DK.
— Parcela catastral 55 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006000550000DD.
— Parcela catastral 69 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006000690000DB.
— Parcela catastral 73 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006000730000DY.
— Parcela catastral 75 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006000750000DQ.
— Parcela catastral 76 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006000760001FA.
— Parcela catastral 81 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006000810000DT.
— Parcela catastral 143 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006001430000DT.
— Parcela catastral 144 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006001440000DF.
— Parcela catastral 182 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006001820000DK.
— Parcela catastral 194 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006001940000DU.
— Parcela catastral 202 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006002020000DQ.
— Parcela catastral 203 del Polígono 6, con referencia catastral 10113A006002030000DP.
Como consecuencia de lo anterior, la Reserva Regional de Caza La Sierra pasa a tener una superficie total de 14.061,61 hectáreas.
La superficie de la reserva antes de esta ampliación se representa gráficamente en el ANEXO I de este decreto.
Artículo 2. Nuevos límites de la Reserva de Caza La Sierra.
Los nuevos límites de la Reserva Regional de La Sierra quedan determinados conforme a la descripción detallada contenida en el Decreto 65/2001, de 2 de mayo, anexando la relación de parcelas catastrales referidas en el artículo anterior y, son los siguientes:
— Norte: Desde el Puerto de Tornavacas, en la carretera N-110, siguiendo en sentido sureste la línea de cumbres divisoria entre Extremadura y Castilla y León, hasta la antecima suroeste del Cancho, donde concurre la linde entre Talaveruela y Viandar de la Vera con el término abulense de Navalonguilla.
— Este: Desde la antecima Suroeste del Cancho, siguiendo en sentido sur del límite entre Talaveruela y Viandar de la Vera hasta su encuentro con el extremo suroriental de la propiedad Sierra de Partícipes de Viandar , en contacto con el Barranco de Talaveruela y las “Marradas de Viandar”.
— Sur: Desde el extremo suroriental de la Sierra de Partícipes de Viandar , siguiendo en sentido oeste el límite meridional de dicha propiedad hasta alcanzar y bordear el término de Losar de la Vera en los parajes de Cerca de los Antones y “Los Cañejales”, para enlazar “La Garganta de Cuartos” y remontarla hasta el “Paraje de Vega Redonda”, ascendiendo a partir de este punto en sentido oeste por la cuerda del Carrascal hasta el “Collado de Tripaseca” (1.437,96 msnm), para enlazar en línea recta con los Poyalillos (1.575 msnm) para seguir esta cota hasta alcanzar la Garganta del Sargadero y desde allí hasta alcanzar la cota (1.600 msnm), en los límites de los términos municipales de Losar de la Vera y Guijo de Santa Bárbara.
Desde este punto se continúa en sentido sur la linde entre los términos municipales de Losar de la Vera y Guijo de Santa Bárbara, primero y Jarandilla de la Vera y Losar de la Vera hasta alcanzar la carretera EX203.
— Oeste: Desde el Collado de Miraelrío, en la carretera EX-203, siguiendo en sentido norte la linde oriental del término de Aldeanueva de la Vera, primero con Jarandilla y después con Guijo de Santa Bárbara, hasta alcanzar el Collado de los Canchos, donde concurren los términos de Aldeanueva, Guijo y Tornavacas, y continuando, primero en sentido oeste, por la divisoria de este último con Aldeanueva (hasta el Canchalillo Negro), y a continuación en sentido norte, por la linde con Jerte hasta la carretera N-110, remontándola hasta el Puerto de Tornavacas.
La superficie afectada de la reserva por esta ampliación se representa gráficamente en el ANEXO II.
Artículo 3. Señalización cinegética.
La señalización cinegética, en lo que respecta a los terrenos incluidos en la reserva, se efectuará por el órgano competente en materia de caza, adaptándola a la nueva realidad de la reserva, de conformidad con lo establecido en la Ley de Caza de Extremadura y disposiciones que la desarrollen.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo y ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de caza para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 8 de junio de 2022.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio
BEGOÑA GARCÍA BERNAL
El Presidente de la Junta de Extremadura
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
ANEXO I
RESERVA DE CAZA LA SIERRA ANTES DE LA AMPLIACIÓN
GRAFICO 1 PLANO RESERVA REGIONAL DE CAZA LA SIERRA Y RED DE ESPACIOS PROTEGIDOS
Gráfico 1 Plano Reserva Regional de Caza La Sierra y Red de Espacios Protegidos
ANEXO II
GRAFICO 2 PLANO CON LAS PARCELAS QUE PODRAN FORMAR PARTE DE LA RESERVA REGIONAL DE CAZA LA SIERRA
Gráfico 2 Plano con las parcelas que podrían formar parte de la Reserva Regional de Caza La Sierra

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