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RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se eleva a definitiva la valoración de méritos provisional de personas admitidas y excluidas en el procedimiento de ingreso por primera vez en listas de espera ordinarias del Cuerpo de Maestros, y para la nueva baremación de méritos de los que ya forman parte de las mismas.
DOE Número: 124
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 29 de junio de 2022
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Personal docente no universitario.
Página Inicio: 30497
Página Fin: 30498
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La Resolución de 15 de febrero de 2022 (DOE núm. 33, de 17 de febrero) de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, adquisición de nuevas especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletoria, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias, para el Cuerpo de Maestros, prevé en la base LXV, que en el plazo no superior a cuatro meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, Resolución de la Dirección General de Personal Docente por la que se declaran aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación en el caso de estas últimas de la causa de exclusión.
Por Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, se aprueba la valoración de méritos provisional de personas admitidas y excluidas en el procedimiento de ingreso por primera vez en listas de espera ordinarias del Cuerpo de Maestros, y para la nueva baremación de méritos de los que ya forman parte de las mismas, concediéndose a las personas interesadas un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación para presentar cuantas reclamaciones estimasen oportunas
El apartado 65.5 de la base LXV de la Resolución de 15 de febrero de 2022, dispone que estudiadas las reclamaciones y las subsanaciones se publicará en el Diario Oficial de Extremadura la resolución de la Dirección General de Personal Docente elevando a definitivas las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, siendo aceptadas o denegadas las reclamaciones presentadas, según se figure o no en las mismas.
Transcurrido el plazo señalado y vistas las reclamaciones presentadas, esta Dirección General de Personal Docente
RESUELVE
Primero. Elevar a definitiva la lista provisional de admitidos y excluidos y de valoración de méritos de personas admitidas en el procedimiento de integración por primera vez en listas de espera ordinarias y de los integrantes de las mismas, convocados por Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por cuerpo y especialidad, con expresión de la puntuación obtenida por cada uno de los apartados y subapartados del baremo.
Segundo. Considerar resueltas las reclamaciones formuladas contra la valoración provisional de méritos, tras la presente publicación de puntuación definitiva.
Tercero. Ordenar la exposición de las citadas listas en la dirección de internet
https://profex.educarex.es,
a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo del domicilio de la demandante o el correspondiente a la sede de este órgano administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 8.2 a), 14.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como cualquier otro que se estime procedente.
Mérida, 23 de junio de 2022.
PS, El Secretario General de Educación
(PS, Resolución de 5-08-2019,DOE núm. 153, de 8 de agosto)
FRANCISCO JAVIER AMAYA FLORES

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