RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2022, de la Dirección General de Transportes, por la que se determina la fecha, hora y lugar de celebración, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los exámenes destinados a la obtención y renovación del certificado de formación para los Consejeros de Seguridad (CFC) en el transporte de mercancías peligrosas por carretera, y se establece la composición del Tribunal calificador (convocatoria 2022).
TEXTO ORIGINAL
En virtud de la Orden de 5 de mayo de 2022 (publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 95, de 19 de mayo), se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes para la obtención y renovación del certificado de formación de los Consejeros de Seguridad (CFC) en el transporte de mercancías peligrosas por carretera (convocatoria 2022), con señalamiento del plazo de presentación de solicitudes dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
En su dispositivo tercero, se faculta a la persona titular de la Dirección General de Transportes para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la orden, incluidas las modificaciones que fuere preciso introducir en los términos de la solicitud, así como para determinar la fecha, horario y lugar de realización de las pruebas, en uno o más llamamientos independientes, y adoptar cuantos actos requiera la tramitación del procedimiento.
Asimismo, en su base sexta, se establece que la fecha, hora y lugar de celebración de la prueba, así como la composición del Tribunal calificador, se determinarán mediante resolución de la Dirección General de Transportes, la cual se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Así pues, una vez dictada la resolución por la que se hace pública la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas convocadas por la orden citada, procede fijar la fecha, hora y lugar de su celebración, así como la composición del Tribunal calificador.
En virtud de lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 6.1, letras a) y b) del Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda
RESUELVO
Primero. Fijar la fecha, hora y lugar de celebración de los exámenes, en los siguientes términos:
FECHA
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HORA
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LUGAR
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21 julio 2022 (jueves)
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09:00Este horario será común para las siguientes pruebas:— CARRETERA Todas las especialidades (Acceso y renovación).— CARRETERA Resto de Clases (clases 1, 2, 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, .5.2, 6.1, 6.2, 7, 8 y 9) (Acceso y Renovación)— CARRETERA Materias líquidas inflamables con los números de identificación ONU 1202, 1203 y 1223 (Acceso y renovación)
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Centro Regional de Transportes. Ctra. Mérida-Montijo, Km. 0,5
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Segundo. Designar los miembros del Tribunal encargado de la organización, realización y calificación de la prueba convocada, así como sus suplentes, que quedan identificados como sigue:
TRIBUNAL TITULAR
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Presidente
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Victoriano González Acedo
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Vocal
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José Antonio Rodríguez Llamazares
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Vocal
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Francisco Gómez Blanco
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Vocal
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Raquel García Sánchez
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Secretaria
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Ana Moreno Benítez
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TRIBUNAL SUPLENTE
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Presidente
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Pedro Martín Yelmo
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Vocal
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Ángel Chávez Ceberino
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Vocal
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María del Carmen Bazaga Barroso
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Vocal
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Fernando Frechilla Miguel
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Secretaria
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Raquel García Sánchez
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Los miembros del Tribunal tendrán derecho a las asistencias estipuladas para la categoría segunda de tribunales de procesos selectivos de personal y órganos asimilados, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio, previa autorización de la Dirección General competente en materia de función pública.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, así como designar los colaboradores puntuales y auxiliares del Secretario que sean necesarios para el desarrollo y la buena marcha del proceso selectivo, quienes, debidamente autorizados por la Dirección General competente en materia de función pública, devengarán las indemnizaciones previstas en el mencionado Decreto 287/2007.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acto en el Diario Oficial de Extremadura, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 24 de junio de 2022.
La Directora General de Transportes,
EVA M.ª SÁNCHEZ-MONTERO VELASCO