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RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2022, de la Consejera, por la que se modifica la Resolución de 13 de noviembre de 2019, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma.
DOE Número: 130
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 07 de julio de 2022
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Delegación de competencias. Delegación de firma.
Página Inicio: 32799
Página Fin: 32800
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TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de 13 de noviembre de 2019 de esta Consejería de Educación y Empleo (publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º. 223, de 19 de noviembre de 2019) se delegaron determinadas competencias en diversos órganos de la Consejería de Educación y Empleo.
El tiempo transcurrido y la práctica administrativa desarrollada han puesto de manifiesto la necesidad de incluir en dicha resolución alguna competencia que no se recogía inicialmente y que, por su relación con las materias ya delegadas, mejorarán su gestión administrativa.
En consecuencia, vistas las competencias atribuidas en el artículo 9 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, en el artículo 6 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, y en el artículo 151.2 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, y entendiendo que, por razones de agilidad y seguridad administrativa y organización del trabajo, es conveniente la modificación de la delegación de competencias ya realizada para adecuar con exactitud las gestiones relativas al personal docente, y la contratación del personal laboral temporal de las Escuelas Infantiles de la provincia de Badajoz, y de conformidad con lo previsto en los artículos 73 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
RESUELVO
Primero. Se modifica la letra e) del apartado primero de la Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera de Educación y Empleo sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma, que queda redactado como sigue:
Primero. Delegar en la Secretaría General de la Consejería las siguientes competencias: ( )
e) En materia de personal no docente, a reserva de lo establecido en el apartado cuarto, las que me confieren los apartados a) potestad disciplinaria, excepto la separación del servicio, c) selección y contratación de personal laboral temporal y, respecto de los centros públicos de enseñanzas no universitarias, la contratación del personal laboral temporal de las Escuelas Infantiles de la provincia de Badajoz, d) propuesta de elaboración y modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario, personal laboral y personal eventual de la Consejería; e) elaboración del anteproyecto de estructura orgánica de la Consejería; f) autorización de gratificaciones por servicios extraordinarios y g) nombramiento del personal interino, del artículo 6 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal.
Segundo. Se añade una nueva letra, la g), al apartado tercero de la Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera de Educación y Empleo, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma, que queda redactada como sigue:
Tercero. Delegar en la Dirección General de Personal Docente las siguientes competencias: ( )
g) Respecto del personal docente no universitario la concesión de excedencias y jubilaciones voluntarias; el reconocimiento de las situaciones administrativas; la declaración de jubilaciones forzosas y por incapacidad física; el reconocimiento de trienios, sexenios y servicios previos prestados; y la anotación en el historial de cada docente de las adscripciones a cargos y dedicaciones especiales.
Tercero. Se modifica el apartado cuarto de la Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera de Educación y Empleo, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma, que queda redactado como sigue:
Cuarto. Delegar en las Delegaciones Provinciales de Educación, en función de sus respectivos ámbitos territoriales, las competencias atribuidas en los apartados a), c) y g) del artículo 6 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, respecto del personal no docente adscrito a los centros públicos de enseñanzas no universitarias y del personal no docente ubicado en las Delegaciones Provinciales de Educación con independencia de su centro de adscripción, a excepción de las competencias en materia de contratación del personal laboral temporal correspondiente a las Escuelas Infantiles de la provincia de Badajoz, que se delegan en la Secretaría General de la Consejería en consonancia con lo establecido en el apartado Primero e).
Cuarto. Queda sin efecto el apartado quinto de la Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera de Educación y Empleo, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma.
Quinto. La presente resolución producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 29 de junio de 2022.
La Consejera de Educación y Empleo,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN

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