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EXTRACTO de la Resolución de 24 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas del Programa de Dinamización Deportiva de Extremadura para el periodo 2022/2025.
DOE Número: 130
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 07 de julio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Deportes. Ayudas.
Página Inicio: 32958
Página Fin: 32960
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):636930
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/index y en el presente DOE.
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las siguientes entidades:
a) Las Mancomunidades Integrales de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con aquellas localidades pertenecientes a la misma que no superen los 20.000 habitantes, siempre que haya, al menos, cuatro municipios de la mancomunidad comprometidos en participar en el Programa.
b) Las Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, respecto a las localidades pertenecientes a la misma que no superen los 20.000 habitantes, siempre que dichas Mancomunidades reúnan los siguientes requisitos en la fecha de presentación de su solicitud:
1º. Que la suma de las poblaciones de los municipios integrantes de la Mancomunidad alcance una cifra de, al menos, 4.000 habitantes.
2º. Que la Mancomunidad esté formada por un mínimo de cuatro municipios o entidades locales menores que no formen parte de otra mancomunidad calificada como integral y siempre que haya, al menos, cuatro municipios de la mancomunidad comprometidos en participar en el Programa.
Segundo. Objeto.
Estas ayudas, tramitadas en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria plurianual, están destinadas a la contratación de coordinadores/as y dinamizadores/as deportivos/as que desarrollarán las actividades propias del Programa de Dinamización Deportiva de Extremadura, para el periodo 2022/2025.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 3 de febrero de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo del programa de dinamización deportiva de Extremadura (DOE número 25, de 7 de febrero de 2022).
Cuarto. Cuantía.
1. La dotación de esta convocatoria para el período 2022 a 2025 asciende a 16.044.000 € (dieciséis millones cuarenta y cuatro mil euros). Esta cantidad será imputada a partes iguales para cada uno de los cuatro años de vigencia de la convocatoria a razón de 4.011.000 €/año (cuatro millones, once mil euros/año).
2. La convocatoria está dotada con recursos procedentes del VIII Programa de Dinamización Deportiva de Extremadura -2022/2025-, desarrollado y financiado conjuntamente por la Junta de Extremadura y por las Excmas. Diputaciones Provinciales de Cáceres y de Badajoz a través del Convenio Interadministrativo suscrito entre las tres administraciones para el desarrollo de la VIII fase del Programa, y en el que se concreta la dotación económica de esta convocatoria.
3. La financiación de la convocatoria se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 150040000/G/274A/46100/20220242/TA00060002, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura de la anualidad procedente.
4. Se podrán conceder ayudas hasta que se agote totalmente la dotación prevista inicialmente en la presente convocatoria o la que, en su caso, haya sido ampliada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. El número máximo total de técnicos/as a contratar con cargo al VIII Programa de Dinamización Deportiva de Extremadura durante esta convocatoria en toda Extremadura será de ciento setenta y siete, correspondiendo un máximo de noventa y nueve a entidades beneficiarias de la provincia de Badajoz y un máximo de setenta y ocho a entidades beneficiarias de la provincia de Cáceres.
6. El salario base que como máximo podrá imputarse a la subvención y que tendrán que abonar las Mancomunidades a cada Coordinador/a Deportivo/a que contraten con cargo al Programa durante cada año de esta convocatoria, será de veintitrés mil ochocientos euros/año (23.800 euros/año), repartidos en 14 pagas anuales a razón de 1.700 €/mes, salvo que sean de aplicación los límites salariales anuales establecidos para los empleados públicos.
El salario base que como máximo podrá imputarse a la subvención y que tendrán que abonar las Mancomunidades a cada Dinamizador/a Deportivo/a que contraten con cargo al Programa durante cada año de esta convocatoria, será de veintidós mil cuatrocientos euros/año (22.400 euros/año), repartidos en 14 pagas anuales a razón de 1.600 €/mes, salvo que sean de aplicación los límites salariales anuales establecidos para los empleados públicos.
7. El número máximo de Dinamizadores/as que podrá ser contratado por cada Mancomunidad con cargo al Programa será de doce.
8. La ayuda que recibirá cada entidad beneficiaria será el resultado de multiplicar el importe del salario base anual que corresponda, indicado en el apartado 5, por el número de técnicos/as adjudicado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación simultánea de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
La convocatoria se extenderá desde el día siguiente al de su publicación, y al de su extracto, en el DOE, hasta el 31 de diciembre de 2025.
Mérida, 24 junio de 2022.
El Secretario General
Pedro Alvarado Rodríguez

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