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DECRETO 87/2022, de 7 de julio, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
DOE Número: 133
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 12 de julio de 2022
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: DECRETO
Descriptores: Relaciones de puestos de trabajo.
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TEXTO ORIGINAL
Las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos .
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
En relación con la modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral, en el presente decreto se ponen en práctica las medidas derivadas del actual modelo organizativo del personal adscrito al Plan INFOEX, diseñado de acuerdo con las previsiones contenidas en la Resolución de 16 de mayo de 2018, de la Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública, que ordenó la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 24 de abril de 2018, por el que se establecen las bases del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Plan INFOEX, en el Diario Oficial de Extremadura n.º 96, de 18 de mayo.
La estructura resultante de la referida organización hace necesaria una distribución de personal entre localidades excedentarias y deficitarias, con el objeto de equilibrar operativamente las diferentes unidades en número de efectivos; reducir al máximo las localidades excedentarias para no bloquear los puestos de trabajo de estas localidades en un futuro concurso, así como conseguir que determinados puestos se ajusten a su ubicación definitiva y a las funciones específicas de la época de peligro alto.
De este modo, la movilización de efectivos llevada a cabo, de unidades excedentarias a unidades deficitarias, dispone una distribución de efectivos mucho más equilibrada operativamente en los puestos de trabajo de prevención y extinción de carácter anual, a la vez que se consigue que los puestos de naturaleza discontinua se vayan ajustando a su localidad definitiva y a las específicas de la época de peligro alto.
Asimismo, se lleva a cabo la adaptación de recursos existentes, conforme con las necesidades actuales, con el objeto de completar el dispositivo anual de prevención y extinción del Plan INFOEX, mediante la asignación de una doble localidad a los puestos de trabajo que no estén vinculados a ninguna unidad de extinción, subsanando, de este modo, la indefinición geográfica que presentan dichos puestos, entre otras ventajas.
Por otra parte, mediante la presente modificación de puestos de trabajo se procede a la creación de dos puestos denominados Jefe/a de Retén, figura clave en la planificación, ejecución y control de las competencias asignadas a la unidad, siendo la máxima responsable en la toma de decisiones para la consecución de objetivos concretos.
Teniendo en cuenta los antecedentes citados, resultan de aplicación los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, que establecen que el órgano competente para su aprobación es el Consejo de Gobierno.
Resulta asimismo de aplicación el artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo; siendo además requisitos de la tramitación el estudio e informe previos de la Comisión Técnica a que se refiere el artículo 5 del referido texto legal y la negociación con las centrales sindicales en aquellas materias que sean objeto de negociación colectiva conforme a la normativa vigente.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, previo estudio e informe de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, habiendo sido objeto de negociación en la mesa correspondiente de la Junta de Extremadura, con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 7 de julio de 2022
DISPONGO:
Primero. Creación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, según figura en el ANEXO I para la creación de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Segundo. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, según figura en el ANEXO II para la modificación de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Tercero. Amortización de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, según figura en el ANEXO III para la amortización de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Cuarto. Efectos.
El presente decreto surtirá efectos el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Quinto. Impugnación.
Contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Diario Oficial de Extremadura, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 7 de julio de 2022.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNANDEZ VARA
La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
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