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EXTRACTO de la Resolución de 29 de junio de 2022, de la Secretaría General, de convocatoria del Programa II de subvenciones para el Plan de Impulso de las Entidades de Economía Social de Extremadura para el ejercicio 2022.
DOE Número: 133
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 12 de julio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Economía Social. Subvenciones.
Página Inicio: 33567
Página Fin: 33569
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):637771
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.gob.es):
Primero. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las sociedades cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción extremeñas.
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no podrán ser beneficiarias las cooperativas de crédito y las de seguros, así como las entidades cuya actividad se corresponda con las propias de las empresas de trabajo temporal o agencias de colocación.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las subvenciones para el Programa II de las subvenciones para el Plan de impulso de las entidades de la economía social en Extremadura con la finalidad de modernizar sus estructuras técnicas y administrativas. El Programa II tiene dos líneas de subvención:
— Línea 1: Consultoría para modernización.
Será subvencionable la contratación de servicios externos de consultoría para la elaboración del Plan de Igualdad o la obtención de sellos de calidad, con la finalidad la modernización de las estructuras de la entidad para alcanzar objetivos de igualdad y de calidad. En este caso se subvencionará el 100% de la inversión, sin IVA, con una cuantía máxima de 1.000,00 euros.
— Línea 2: Consultoría para tareas de registro.
Será subvencionable la contratación de servicios externos de consultoría y auditoría para tareas relativas a los Registros a los que pertenezcan las entidades en los trámites de constitución o transformación en entidades de la economía social (se subvencionará el 100% de la inversión, sin IVA, de los servicios profesionales de consultoría, con un máximo de 1.000,00 euros, y se subvencionarán, cuando sean efectivamente suscritas y desembolsadas, las aportaciones al capital social con un máximo de 2.250,00 euros), actualización de sus estatutos sociales cuando sea preceptivo (se subvencionará el 100% de la inversión, sin IVA, de los servicios profesionales de consultoría, con un máximo de 1.000,00 euros), así como para la liquidación y extinción de la entidad (se subvencionará 100% de la inversión, sin IVA, de los servicios profesionales de consultoría con un máximo de 2.000,00 euros).
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 38/2022, de 12 de abril, de bases reguladoras de subvenciones para el Plan de impulso de las entidades de economía social de Extremadura y primera convocatoria para el ejercicio 2022 (DOE núm. 99, de 25 de mayo 2022).
Cuarto. Financiación.
El importe del crédito destinado a esta convocatoria será de 40.000,00 euros, con cargo al Proyecto de Gasto 20220367 Plan de Impulso a la Economía Social. Programas I y II , con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000/G/325A/47000 CAG0000001, a ejecutar en las anualidades 2022 y 2023.
Dicho crédito será aplicado conforme a la siguiente distribución por anualidades:
Anualidad Programa II Asistencia Técnica Profesional
2022 20.000,00 euros
2023 20.000,00 euros
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de la presente convocatoria y sus extractos en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la administración competente para la tramitación de las presentes subvenciones.
Las solicitudes de subvención y de abono estarán disponibles en la página web de la Dirección General de Cooperativas y Economía Social:
http://www.juntaex.es/con03/direccion-general-de-cooperativas-y-economia-social
y se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf
en los términos del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 29 de junio de 2022.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ

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