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EXTRACTO de las ayudas 2022 destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera en la Comunidad Autónoma de Extremadura, según Resolución de 29 de junio que las convoca.
DOE Número: 134
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 13 de julio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Biocombustibles. Ayudas.
Página Inicio: 33743
Página Fin: 33744
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):638190
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.infosubvenciones.gob.es y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica para el secado del pimiento en la campaña 2021/2022, reguladas por el Decreto 55/2016, de 3 de mayo por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a fomentar la utilización de biocombustible de la leña de quercíneas en el secado tradicional del pimiento para pimentón, en la comarca de La Vera, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas, las comunidades de bienes y las personas jurídicas que realicen la actividad de secado del pimiento para pimentón a la manera tradicional, empleando leña de quercíneas, en secaderos identificados, explotados por los beneficiarios y beneficiarias de las ayudas y situados en alguno de los municipios que se relacionan en el ANEXO I del Decreto 55/2016, de 3 de mayo que cumplan las condiciones establecidas en los artículos 3, 4 y 5 del Decreto 55/2016.
Tercero. Bases reguladoras.
Las subvenciones se establecen por el Decreto 55/2016, de 3 de mayo (DOE número 87, de 9 de mayo de 2016) se establecen las bases reguladoras para la concesión ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles (leña de quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria para la campaña 2021/2022 se imputarán al centro gestor 120020000, posición presupuestaria G/312B/47000, fondo CAG0000001, código 20150109 denominado Ayudas para el secado tradicional del pimiento para pimentón , y anualidad 2022, con un importe de 250.000,00 €.
Las subvenciones se acogen al régimen de mínimis del Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Serie L número 352 de 24 de diciembre de 2013, modificado por Reglamento (UE) 2019/316 de la Comisión de 21 de febrero de 2019 publicado en Diario Oficial de la Unión Europea Serie L n.º 51 de 22 de febrero por lo que las que las subvenciones de mínimis percibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el presente no superen los 25.000 euros.
La cuantía máxima individual es de 1.500 euros por anualidad conforme al artículo 6.2 de las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de convocatoria y de este extracto.
Mérida, 29 de junio de 2022.
La Secretaria General
MARIA CURIEL MUÑOZ

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