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ANUNCIO de 4 de julio de 2022 sobre aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal n.º 1/2020.
DOE Número: 134
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 13 de julio de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE LA LAPA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Normas subsidiarias.
Página Inicio: 33947
Página Fin: 33953
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Lapa n.º 1/2020, consistente en la rectificación de las alineaciones del vial de la unidad de actuación urbanizadora discontinua (UA-1 OPO) y la creación de nueva parcela de equipamientos para ubicar la dotación de aparcamientos.
Por acuerdo de Pleno, adoptado en sesión ordinaria celebrada en fecha 30 de marzo de 2022, el Ayuntamiento de La Lapa ha aprobado definitivamente, la modificación puntual n.º 1/2020 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Lapa, consistente en la rectificación de las alineaciones del vial de la unidad de actuación urbanizadora discontinua (UA-1 OPO) y la creación de nueva parcela de equipamientos para ubicar la dotación de aparcamientos, redactada por la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible de la Mancomunidad Río Bodión.
Habiéndose procedido con fecha 13 de junio de 2022 y con n.º: BA/029/2022 al depósito de la citada modificación en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, dependiente de la Consejería Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, se hace público dicho acuerdo mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica de este Excmo. Ayuntamiento de acuerdo con los artículos 57 y 49 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 137 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura.
Asimismo, de acuerdo con el citado artículo 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, se publica la normativa urbanística afectada resultante de la aprobación de la modificación como ANEXO I.
Por otro lado, se acompaña un ANEXO II contemplativo de un resumen ejecutivo en el que con la identificación del técnico redactor del proyecto y su correspondiente cualificación empresarial o profesional, se recogen las características esenciales de la nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de sus posibles aspectos ambientales.
Como ANEXO III se acompaña certificado del encargado del Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en la que se hace constar la fecha y n.º de inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado en el citado Registro (artículo 59.2 y 4 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura).
Contra este acuerdo, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa), sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.
La Lapa, 4 de julio de 2022. El Alcalde, INOCENCIO RODRÍGUEZ MUÑOZ.
ANEXO I
Como consecuencia de la aprobación definitiva de la modificación arriba señalada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de La Lapa, de 30 de marzo de 2022, se modifica el artículo 131. Bis de la normativa urbanística de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Lapa, el cual queda como sigue:
* Artículo 131. Bis. Fichas de unidades de actuación.
UA-1-OPO SUELO URBANO NO CONSOLIDADO
DENOMINACIÓN: PASEO DE EXTREMADURA
PLANO DE LOCALIZACIÓN DESCRIPCIÓN
Se sitúan en dos ámbitos diferentes (unidad de actuación discontinua):El primero se sitúa en el centro del casco urbano, en una manzana delimitada por las Calles Alegría, Iglesia y Paseo de Extremadura.La segunda zona de actuación se encuentra al norte del casco urbano, entre la carretera EX-320 y el pabellón deportivo y el colegio.
CONDICIONES PARTICULARES
La unidad se ajusta a las reservas de suelos públicos establecidas en el artículo 74 de la LSOTEX.
PLANEAMIENTO ANTERIOR
NNSS SU
INCREMENTO APROVECHAMIENTO
DETERMINACIONES URBANÍSTICAS DE ORDENACIÓN ESTRUCTURAL (E)
SUPERFICIE UA (m2 s) 2.106,10 APROV. LUCRATIVO 1.246,80
USO GLOBAL Residencial APROV. NETO 0,59
CAPACIDAD POBLACIONAL 37 hab.(1 hab./33 m2 const.) APROVECHAMIENTO MEDIO 0,59
COEF. PONDERACIÓN 1 ÁREA DE REPARTO UA-1-OPO
ASIGNACIÓN DE APROVECHAMIENTOS RÉGIMEN DE LAS VIVIENDAS
(Artículo 32 de la Ley 15/2001 LSOTEX) Se establece una reserva para vivienda sometida a algún régimen de protección pública del 100%.
APROV. SUBJETIVO 90%
DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN DETALLADA (D)
PLANO DE ORDENACIÓN
RESERVAS USOS PÚBLICOS APROV. LUCRATIVO PORMENORIZADO
ZONAS VERDES (m2 s) 1.010,24 ORDENANZA m2 CONSTRUIDOS
EQUIPAMIENTOS (m2 s) 101,87 RESIDENCIAL VIVIENDA PROTEGIDA (VP) 1.189,44 (5 viviendas máximo)
MANZANA CERRADA CON PATIO DE PARCELA (MD) -
TOTAL DOTACIONES (excluido viario) (m2 s) 1.112,11 MANZANA CERRADA CON PATIO DE MANZANA (MM) -
VIARIO (m2 s) 333,19 APARCAMIENTOS PÚBLICOS 5 plazas (1 accesible)
USO MAYORITARIO Residencial
OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN DETALLADA
Apertura de nuevo vial, para ubicar viviendas sometida a algún régimen de protección pública.
OTRAS DETERMINACIONES DE GESTIÓN Y DESARROLLO DEL SUELO
SISTEMA DE EJECUCIÓN Cualquiera de los previstos en la LSOTEX. Con preferencia del Sistema por Obra Pública Ordinaria.
ANEXO II
RESUMEN EJECUTIVO
1. Presentación.
Una vez aprobada definitivamente la modificación 1/2020 de las Normas Subsidiarias de La Lapa, por acuerdo de Pleno, de fecha 30 de marzo de 2022, se redacta el presente resumen ejecutivo, en el que, se exponen las características esenciales de la nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de sus posibles aspectos ambientales.
El encargo de redacción de la modificación se encomienda al equipo técnico de la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible de la Mancomunidad de municipios Río Bodión, con sede en Avda. de los Cameranos, 47, de Zafra, C.P.:06300 (Badajoz).
2. Ámbito y objeto de la modificación.
La presente modificación afecta a parte del ámbito definido por la Unidad de Actuación Discontinua UA-1/OPO. Los terrenos afectados por la presente propuesta son todos ellos de titularidad municipal. Se ubican en el centro del casco urbano, en una manzana delimitada por las Calles Alegría, Iglesia y Paseo de Extremadura, y se corresponde con las siguientes parcelas catastrales:
— 6792040QC1569S0001WU, localizada en Paseo de Extremadura 2 (Centro social).
— 6792048QC1569S0001TU, localizada en calle Iglesia 5 (Ayuntamiento)
— 6792051QC1569S0001TU, localizada en calle Alegría, 10
Este documento tiene por objeto la rectificación de las alineaciones del vial de nueva creación en el interior de una manzana que conecta el Paseo de Extremadura con las traseras del Ayuntamiento, incluido dentro de la Unidad de Actuación Discontinua UA-1/OPO, para poder reubicar los aparcamientos previstos en otra zona del vial, calificando una parcela como dotacional público.
Además, se definen los retranqueos de las viviendas de la manzana M2-R, estableciendo la línea de edificación, ajustándola a los proyectos de viviendas propuestos por el Ayuntamiento.
3. Justificación de la modificación.
La modificación afecta a la ordenación detallada de las Normas Subsidiarias, al proponerse cambios de detalle de alineaciones (artículo 45.3. de la LOTUS).
Las rectificaciones de las alineaciones planteadas se justifican en la reubicación de los aparcamientos en una nueva parcela dotacional dentro de la UA OPO-1, mejorando la funcionalidad y accesibilidad de la zona.
Al tratarse de una promoción municipal, destinada a viviendas sujetas a algún régimen protección pública, y estimarse un máximo de 5 viviendas, se ajusta la dotación de plazas de aparcamiento públicas al número de viviendas previsto.
La rectificación de alineaciones y los retranqueos de las viviendas, suponen una disminución de la superficie de las parcelas calificadas como residencial, y por tanto de la edificabilidad residencial, y un incremento de las dotaciones (vial y aparcamientos).
En general, la rectificación de la alineaciones y el incremento de las dotaciones, supone una contribución relevante al cumplimiento del principio de desarrollo territorial y urbano sostenible contemplado en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, así como de los principios generales y fines de la ordenación territorial y urbanística recogidos en el artículo 2 de la LOTUS, en cuanto establece cuales son los principios en los que debe basarse toda actuación en relación con la ordenación territorial y urbanística. Asimismo, se vincula la utilización del suelo, en coherencia con su utilidad pública y con la función social de la propiedad, a los destinos públicos o privados congruentes con la calidad del medio urbano a través del fomento de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública.
4. Extracto explicativo de los posibles efectos ambientales.
En cuanto a la evaluación ambiental, la modificación aprobada no está sometida al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, al no encontrarse sujeta la misma al ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según comunicado de la Dirección General de Sostenibilidad (Expte. IA21/1055).
ANEXO III
REGISTRO ÚNICO DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE EXTREMADURA
D. Juan Ignacio Rodríguez Roldán, como encargado del Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, adscrito a esta Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
CERTIFICA:
Que con fecha 13/06/2022 y n.º BA/029/2022, se ha procedido al depósito previo a la publicación del siguiente instrumento de planeamiento:
Descripción: Modificación puntual n.º 1 /2020 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Lapa para la rectificación de las alineaciones del vial de la unidad de actuación urbanizadora discontinua UA-1 OPO, y la creación de nueva parcela de equipamientos para ubicar la dotación de aparcamientos.
Municipio: LAPA (LA).
Aprobación definitiva: 30/03/2022.
Su inscripción no supone valoración alguna del procedimiento de aprobación y de la supuesta conformidad con el contenido con la legislación territorial y urbanística, y se realiza únicamente a los efectos previstos en los artículos 57.6 y 59.2 de la LOTUS, en su versión dada por el Decreto Ley 10/2020 de 22 de mayo de medidas urgentes (DOE de 25/05/2020).
Y para que conste, expido la presente en el lugar y fecha abajo indicados.
Firmado por Juan Ignacio Rodríguez Roldán,

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