Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se modifica la Resolución de 6 de mayo de 2022, por la que se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
DOE Número: 135
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 14 de julio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Producción cinematográfica y audiovisual. Ayudas.
Página Inicio: 34174
Página Fin: 34175
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
En el Diario Oficial de Extremadura número 111, de 10 de junio de 2022, se publicó la Resolución de 6 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
Con posterioridad a su publicación se ha advertido un error de transcripción del acta de sesión de la Comisión de Valoración de fecha 31 de marzo de 2022, en un aspecto puntual que no fue incorporado a la propuesta de resolución elevada por la Secretaría General de Cultura con fecha 7 de abril de 2022 y que, en consecuencia, tampoco se recogió en la Resolución de concesión dictada el 6 de mayo de 2022.
El error detectado consiste en no haberse incluido entre las ayudas denegadas del ANEXO II otro proyecto que la comisión evaluadora también desestimó por no superar los puntos necesarios para ser propuesto como subvencionable.
Por tanto, en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Modificar la Resolución de 6 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, al objeto de incluir entre las ayudas denegadas del ANEXO II un proyecto que resultó indebidamente omitido.
Segundo. Sustituir el ANEXO II de la citada resolución modificada por el que figura adjunto a continuación, dejando sin cambios el resto del acto administrativo.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 6 de julio de 2022.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ
ANEXO II
N.º EMPRESA TÍTULO DEL PROYECTO MOTIVO DE DENEGACIÓN
1 Gestor.ex Soc . Coop La antesala del hombre No supera la segunda fase de valoración del proyecto.
2 Ranna Consultoría SLU Mil grullas para Sadako No supera la segunda fase de valoración del proyecto.
3 Belino Producciones SL Banlliniao,Estrellita del Lugar Desistido. No completa la documentación requerida.
4 Isaac Cedillo Soto La verdadera fábula de la cigarra y hormiga Desistido. No completa la documentación requerida.
5 Miguel Gil Izquierdo Mansa Alborada No supera la segunda fase de valoración del proyecto.
6 Isaac Cedillo Soto La Comunión No supera la segunda fase de valoración del proyecto.

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal