CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2022 dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Crisol-Formación que hayan obtenido evaluación positiva en la primera etapa.
TEXTO ORIGINAL
Apreciado error material en el texto de la resolución de 26 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2022 dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Crisol-Formación que hayan obtenido evaluación positiva en la primera etapa, publicado en el DOE n.º 115, del jueves 16 de junio de 2022, se procede a la oportuna corrección:
En la página 28541, en el apartado Once, Financiación
Donde dice:
1. El importe de la convocatoria asciende a la cuantía de 1.404.480,00 euros, con cargo al ejercicio 2022 y a la aplicación 130080000/G/242B/47000/FS14090101/20210175. con el siguiente desglose según la actividad económica de la entidad beneficiaria, diferenciando aquellas que se dedican a la actividad agrícola:
a) Empresas no agrícolas (CONVO/2022/0000003798): 1.375.220 euros.
b) Empresas agrícolas (CONVO/2022/0000003799): 29.260 euros.
2. De conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior para el periodo de vigencia de la convocatoria, podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
3. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Empleo, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Debe decir:
1. El importe de la convocatoria asciende a la cuantía de 1.404.480,00 euros, con cargo al ejercicio 2022 y a la aplicación 130080000/G/242B/47000/FS14090101/20210175. con el siguiente desglose según la actividad económica de la entidad beneficiaria, diferenciando aquellas que se dedican a la actividad agrícola:
a) Empresas no agrícolas (CONVO/2022/0000003798): 1.375.220 euros.
b) Empresas agrícolas (CONVO/2022/0000003799): 29.260 euros.
2. La presente convocatoria está cofinanciada en un porcentaje del 80 % con cargo al Programa Operativo del Fondo Social Europeo Extremadura 2014-2020, dentro del objetivo temático 9 Promover la inclusión social, luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación , prioridad de inversión 9.1. La inclusión activa, en particular para promover la igualdad de oportunidades y la participación activa y mejorar la empleabilidad , objetivo específico 9.1.1. “Mejorar la inserción socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados de inserción” y medida 9.1.1.3. “Actuaciones de intervención Sociolaboral con población en riesgo de pobreza y exclusión social en zonas desfavorecidas”.
3. De conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior para el periodo de vigencia de la convocatoria, podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
4. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Empleo, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Mérida, 1 de julio de 2022.
El Secretario General,
VÍCTOR MANUEL GARCÍA VEGA