Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio de la primera convocatoria de la Línea 1 del Programa "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresa", establecida en el Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 144
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 27 de julio de 2022
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Empleo. Subvenciones.
Página Inicio: 36039
Página Fin: 36040
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 603039
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 250 de 30 de diciembre de 2021, el extracto de la primera convocatoria de la Línea 1 del Programa Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas , establecida en el Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) con la identificación
El apartado sexto del extracto de la convocatoria establece que el plazo máximo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes por las entidades interesadas será desde el 1 de marzo de 2022 hasta el 28 de febrero de 2023.
Habiéndose presentado más de doce mil solicitudes para las sublíneas 1.1 y 2.1, y, en cambio, muy pocas solicitudes que reúnan los requisitos para conceder las subvenciones de las sublíneas 1.2 y 2.2, va a ser muy difícil cumplir los hitos y objetivos exigidos en el ANEXO II de la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión Plan Nacional de Competencias Digitales y Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Por ello, se hace necesario reducir el plazo de vigencia de presentación de solicitudes, para aplicar lo establecido en el artículo 38 Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, sobre que en el supuesto de que no se llegase a agotar el importe previsto en alguna de las sublíneas de subvención por no haberse presentado solicitudes suficientes en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria, se redistribuirá el saldo correspondiente a la otra sublínea de la misma línea de subvenciones hasta agotar la disponibilidad presupuestaria de la convocatoria. Igualmente, en el caso de que no se agotase el importe previsto para alguna de las líneas por el mencionado motivo se redistribuirá a la otra línea de subvenciones, asignándose en primer lugar a las solicitudes de la primera sublínea, y con ello, posibilitar el cumplimiento de los objetivos exigidos.
Habiéndose presentado más de doce mil solicitudes para las sublíneas 1.1 y 2.1, y, en cambio, muy pocas solicitudes que reúnan los requisitos para conceder las subvenciones de las sublíneas 1.2 y 2.2, va a ser muy difícil cumplir los hitos y objetivos exigidos en el ANEXO II de la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión Plan Nacional de Competencias Digitales y Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Por ello, se hace necesario reducir el plazo de vigencia de presentación de solicitudes, para aplicar lo establecido en el artículo 38 Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, sobre que en el supuesto de que no se llegase a agotar el importe previsto en alguna de las sublíneas de subvención por no haberse presentado solicitudes suficientes en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria, se redistribuirá el saldo correspondiente a la otra sublínea de la misma línea de subvenciones hasta agotar la disponibilidad presupuestaria de la convocatoria. Igualmente, en el caso de que no se agotase el importe previsto para alguna de las líneas por el mencionado motivo se redistribuirá a la otra línea de subvenciones, asignándose en primer lugar a las solicitudes de la primera sublínea, y con ello, posibilitar el cumplimiento de los objetivos exigidos.
En virtud de lo expuesto, se procede a la siguiente modificación del apartado sexto del extracto de la primera convocatoria de la Línea 1 del Programa Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas , establecida en el Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que queda redactado como sigue:
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo máximo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes por las entidades interesadas será desde el 1 de marzo de 2022 hasta el 15 de septiembre de 2022.
Mérida, 19 de julio de 2022.
El Secretario General del SEXPE,
(PD, Resolución de 29 de octubre de 2020.DOE n.º 214, de 5 de noviembre de 2020).
VICTOR MANUEL GARCÍA VEGA

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal