ANUNCIO de 20 de julio de 2022 sobre aprobación inicial de la modificación puntual n.º M-02-2/2021 del Plan General Municipal de Ordenación Urbana.
TEXTO ORIGINAL
Aprobada inicialmente la modificación puntual M-02-2/2021 del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Valencia del Mombuey, por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 20 de julio de 2022, consistente en:
1. Por un lado la clasificación de la parcela con referencia catastral 06140A004003790000QL, de propiedad municipal de 5.330 m2, de Suelo No Urbanizable Común, que pasaría a tener la condición de Suelo Urbano De Uso Dotacional Y Terciario, generando un suelo recreativo y turístico en el entorno de la ermita de San Benito con el fin de crear un complejo turístico con chozos, bungalós, zona para caravanas y un restaurante, acompañado de grandes zonas ajardinadas, quedando todo ello integrado en el entorno de la ermita.
2. Modificar la asignación de uso religioso a la ermita de San Benito, en el documento de catálogo, ya que, en esta edificación de propiedad municipal, no se está realizando culto. Además, hay que redelimitar el ámbito de protección de la ermita, pues se han considerado como edificaciones de protección integral, añadidos recientes adosados a ella que son zahurdas construidas con materiales diversos, que generan un impacto negativo en un edificio con protección integral. Eliminar la protección de estos elementos negativos favorecerá su eliminación física para dejar la ermita como edificio exento.
3. Modificación de los trazados de los límites de las vías pecuarias, representados en los planos del Plan General Municipal siguiendo un croquis aproximado realizado según cartografía 1:50.000 sobre el MTN, para ajustarlos a una cartografía más exacta (escala 1:1000) y a las ortofotos. Se modificarán los trazados sin definirlos como límites exactos hasta que no lleven a cabo los deslindes de las vías pecuarias, respetando siempre la anchura mínima de 5 metros, en un trazado de anchura variable. En la parcela objeto de modificación del punto 1, estos cambios afectan al trazado de la colada denominada colada de la trocha de Valencia del Mombuey a Oliva de la Frontera .
Así, y de conformidad con lo establecido en el artículo 49.3.d) y 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y el artículo 121.2 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura, el documento aprobado se somete a información pública por plazo de 45 días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expediente, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado en las dependencias municipales por cualquier interesado.
Asimismo, estará a disposición en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
https://valenciadelmombuey.sedelectronica.es/info.0
Asimismo, se comunica que se ha acordado suspender por un plazo de 12 meses, el otorgamiento de las licencias en todas aquellas áreas cuyas nuevas determinaciones supongan alteración del régimen vigente; las áreas afectadas por la suspensión son las siguientes: La coincidente con la parcela catastral 06140A004003790000QL entendiéndose incluida la ermita de San Benito.
Valencia del Mombuey, 20 de julio de 2022. El Alcalde-Presidente, MANUEL NAHARRO GATA.