ANUNCIO de 18 de julio de 2022 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, del proyecto de planta de tratamientos físicos de alperujo, solicitado por Solasa Lentiscal, SL, en el término municipal de Azuaga.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto- ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU), del proyecto de planta de tratamientos físicos de alperujo, solicitado por Solasa Lentiscal, SL, en el término municipal de Azuaga (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Avenida Valhondo, s/n de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
Categorías 9.1. y 9.3. de su ANEXO II, relativa a Instalaciones para la valorización y eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I , e Instalaciones de gestión de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios.
Actividad:
El objeto del proyecto es la instalación de una planta de tratamientos físicos de alperujo con una capacidad de transformación de 800 t/día de alperujo. La actividad de esta planta consiste en la recepción de los alperujos de las almazaras de la región, a los cuales se le somete a un proceso productivo compuesto por 6 fases:
Recepción.
Termo-batido.
Centrifugado para separación.
Mezclado.
Concentrador estabilizador a vacío.
Secado-triturado.
Los productos a obtener serán:
Aceite de orujo de oliva.
Fertilizante orgánico apto para uso en agricultura ecológica.
Orujo graso seco con 6% - 7% de rendimiento graso para posterior extracción de aceite de orujo crudo de oliva en instalaciones de terceros.
Pulpa de aceituna con 10% -11% de rendimiento graso apta para alimentación animal ecológica.
Hueso de aceituna como combustible de biomasa para alimentar a los dispositivos del proceso productivo (economía circular) o venta a terceros (excedentes).
Ubicación:
La planta se pretende ubicar en la parcela 5 del polígono 4 del término municipal de Azuaga (Badajoz), con acceso desde el punto kilométrico 20 de la carretera EX-111, que comunica la localidad de Azuaga con Zalamea de la Serena. Esta parcela cuenta con referencia catastral n.º 06014A004000050000DD.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
Para conseguir los objetivos proyectados, serán necesarias las siguientes inversiones:
Acondicionamiento del terreno.
Construcción de dos naves industriales adosadas con unas dimensiones de 30,00 x 35,00 m y 30,00 x 55,00 m.
Construcción de dos balsas de recepción de alperujo y evaporación de agua del proceso de 95,00 x 95,00 x 10,00 m y de 95,00 x 35,00 x 10 m.
Construcción de una balsa de evaporación de 67,00 x 67,00 x 6,00 m.
Construcción de dos balsas de decantación de 47,00 x 31,00 x 6 m.
Construcción de una balsa para almacenamiento de aguas pluviales de 47,00 x 31,00 x 6,00 m.
Urbanización de la parcela, mediante el vallado de la misma, así como la formación de las vías de comunicación y la zona de descarga.
Instalación de tolva de distribución.
Red de sinfines de alimentación desde las balsas de recepción a la planta productiva.
Instalación de 4 líneas completas de termobatidoras + tricanters.
Instalación de 2 sedicanters.
Instalación de puente grúa de 5 t.
Instalación de sistemas de bombeo.
Instalación de cuadro eléctrico de mando e iluminación
Instalación de caldera de biomasa de 3.000 kW para producción de agua caliente y vapor, con su correspondiente sistema de alimentación y salida de humos.
Instalación de 4 depósitos de 200 t de aceite más bomba de carga.
Instalación de secadero de 500 t trifásico completo.
Instalación de separador pulpa/hueso más triturador (tornillos sin fines auxiliares).
Instalación de evaporador de dos efectos.
Instalación de 2 depósitos de 200 t para almacenamiento de concentrado más bomba de carga.
Instalación de pivot de riego de 20 ha.
Instalación de cañones de evaporación más bomba.
Construcción de planta fotovoltaica para autoconsumo de 800 kWp.
Instalación de un centro de transformación de 1.000 kVA.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración autonómica, de las entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Mérida, 18 de julio de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.