EXTRACTO de la Resolución de 22 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura, durante el ejercicio 2022.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):641877
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/641877).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 B y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Se convocan las ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura para 2022.
Segundo. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de las ayudas a conceder con cargo al Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios en Extremadura, cuya finalidad es la de cooperar en el sostenimiento de las mismas, potenciando su desarrollo integral en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio.
A estos efectos, se entenderá por desarrollo integral de las mancomunidades de municipios de Extremadura aquel orientado a la realización de obras y prestación de servicios que sean necesarios para que las entidades locales que las integran puedan ejercer las competencias y prestar los servicios previstos en el artículo 15 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura, y los enumerados en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, exigiendo que su prestación se lleve a cabo mediante gestión directa.
Tercero. Mancomunidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta resolución, las mancomunidades de municipios que, cumpliendo con los requisitos previstos en el Decreto 10/2021, de 17 de marzo, por el que se establecen determinados requisitos mínimos para la calificación como integral de una mancomunidad de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se encuentren calificadas como integrales por la Presidencia de la Junta de Extremadura a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de las ayudas y reúnan, asimismo, los requisitos establecidos en el artículo 2.2 del Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio.
Cuarto. Bases reguladoras.
Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio, por el que se regulan las bases para la distribución del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura (publicado en el DOE n.º 138, de 20 de julio).
Quinto. Cuantía.
El importe total del presupuesto con destino al Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales que en este ejercicio asciende a dos millones quinientos noventa mil trescientos treinta y dos euros (2.590.332 €) se distribuirá entre las solicitudes presentadas y conforme a los criterios previstos en el apartado sexto de la resolución de convocatoria. Este importe se distribuye en gastos corrientes con cargo a la aplicación presupuestaria 020050000 G/115B/46100 TA11001003 20080173 por cuantía de dos millones doscientos noventa mil trescientos treinta y dos euros (2.290.332 €), e inversiones, con cargo a la aplicación presupuestaria 020050000 G/115B/76100 TA11001003 20080173, por cuantía de trescientos mil euros (300.000 €) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
El importe se encuentra cofinanciado con las aportaciones de las Diputaciones Provinciales de Cáceres y Badajoz, mediante convenio de cooperación suscrito al efecto con fecha 6 de junio de 2022 en materia de Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 22 de julio de 2022.
El Secretario General de Presidencia,
FERNANDO BLANCO FERNÁNDEZ