RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se acuerda el depósito de los Estatutos y el Acta de constitución de la confederación empresarial denominada Confederación de Empresarios y Autónomos de Extremadura (en siglas CEADE), con número de depósito 81100036.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del derecho de asociación sindical, declarada vigente para las asociaciones empresariales por la disposición derogatoria de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, y teniendo en cuenta:
Que el día 18 de julio de 2022 fueron presentados a depósito Acta de Constitución y Estatutos de la entidad denominada Confederación de Empresarios y Autónomos de Extremadura , (en siglas CEADE), a la que correspondió el expediente de depósito número 81100036, domiciliada en la calle Jacinta García Hernández, 13-A, de 06011 Badajoz; entidad que se configura como confederación empresarial, cuyo ámbito territorial es el de la Comunidad Autónoma de Extremadura y cuyo ámbito funcional comprende tanto a las organizaciones empresariales legalmente constituidas, que desarrollen sus actividades en el marco territorial de la Comunidad de Extremadura, aunque su ámbito de actuación fuera superior, y que voluntariamente se integren en los términos y según el procedimiento establecido , como “de manera excepcional, aquellas empresas cuyo sector no esté representado por ninguna asociación dentro de la Confederación; así como autónomos que tengan trabajadores a su cargo que mantengan con ellos una relación de prestación de servidos remunerados”.
La solicitud de depósito fue formulada por D. Diego Arturo Hernandez Pavón, mediante escrito tramitado con el número de entrada 81/2022/000102. Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 20/07/2022 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 27/07/2022.
Los estatutos y el acta de constitución (de fecha 9 de julio de 2022) están suscritos, en calidad de promotores de la Confederación, por: D. Diego Arturo Hernández Pavón, en representación de Asociación Círculo Empresarial Cacereño (depósito: 10000457); Da. Francisca Eugenia Campos Narciso, por la Asociación De Empresarios Del Comercio De Cáceres (AECA) (depósito: 10000221); D. Javier Gutiérrez Rublo, en nombre de la Asociación De Franquiciadores De Extremadura (AFEX) (depósito: 81000225); D. Daniel Romero González, representando a la Asociación de Jóvenes Empresarios de Extremadura (AJE) (depósito: 81000277); D. Francisco Javier Dorado Rodríguez, por la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa Vegas Altas La Serena (depósito: 81000233); y por D. Mariano García Sardiña, en nombre de Asociación de Empresarios de Intermediación Inmobiliaria de Extremadura (VIVIEX) (depósito: 81000207).
Habida cuenta que la documentación así presentada cumple con todos los requisitos legales establecidos por la legislación aplicable, esta Dirección General de Trabajo acuerda:
Primero. Admitir el depósito del acta de constitución y de los Estatutos de la confederación empresarial referida.
Segundo. Disponer la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión de depósito efectuada.
Todo ello se hace público para que quien pudiera considerarse interesado pueda examinar los Estatutos depositados en las dependencias de esta Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo (ubicadas en la Avda. de Valhondo, s/n, Edificio III Milenio, Módulo 6 - 1a Planta, de 06800 Mérida) o consultarlos a través de la aplicación DEOSE en la siguiente dirección de internet: https://expinterweb.mites.gob.es/deose/?request_autoridadlaboral=8100 y, en su caso, solicitar ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura la declaración judicial de no ser conforme a Derecho la documentación depositada, en virtud de lo establecido por los artículos 2j), 7a), 11.1b) y 173 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Mérida, 28 de julio de 2022.
La Directora General de Trabajo,
SANDRA PACHECO MAYA