ANUNCIO de 28 de julio de 2022 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de cebadero de terneros en régimen intensivo, solicitado por Tartagal, SL, en el término municipal de Casas de Miravete.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto- Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU), del proyecto de cebadero de terneros en régimen intensivo, solicitado por Tartagal, SL, en el término municipal de Casas de Miravete (Cáceres), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, avenida Valhondo, s/n., de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
Categoría 1.3. del ANEXO II, relativa a Instalaciones ganaderas destinadas a la cría intensiva de rumiantes, incluyéndose entre ellas los centros de tipificación y granjas cinegéticas, que dispongan de un número de emplazamientos superior a 100 emplazamientos para vacuno de engorde .
Categoría Decreto 81/2011:
Categoría 1.3. del ANEXO II, relativa a Instalaciones ganaderas destinadas a la cría intensiva de rumiantes, incluyéndose entre ellas los centros de tipificación y granjas cinegéticas, que dispongan de un número de emplazamientos superior a 100 emplazamientos para vacuno de engorde .
Actividad:
El proyecto consiste en la instalación de un cebadero de terneros con una capacidad para 300 plazas de cebo. El manejo consiste en la recepción de esos terneros con un peso aproximado de 200 kilos de peso vivo por un tiempo de 7 u 8 meses, hasta alcanzar los 500 kilos aproximadamente.
Ubicación:
La instalación se ubicará en la parcela 16 del polígono 11 del término municipal de Casas de Miravete (Cáceres). La superficie total de la parcela es de 82,28 hectáreas.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
El cebadero dispondrá de dos naves de cebo de 1.046,98 m2 de superficie construida y 1.000 m2 de superficie útil cada una de ellas.
Fosa: La instalación dispondrá de una balsa impermeabilizada de 100 m3 de capacidad para almacenamiento de lixiviados y aguas de limpieza de la nave.
Estercolero.
Lazareto de 156,50 m2 de superficie para el alojamiento de los animales enfermos o sospechosos de estarlo.
Vestuarios con aseos.
Zona de almacenamiento de cadáveres.
Pediluvios.
Vado sanitario.
Muelle de carga y descarga.
Cerramiento.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Mérida, 27 de julio de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.