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RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de modificación del Convenio para el desarrollo de programas formativos de formación profesional dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y María Francisca Herrera García, para el ciclo formativo de Grado Medio de Farmacia y Parafarmacia en el IES Siberia Extremeña de Talarrubias.
DOE Número: 155
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 11 de agosto de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 39754
Página Fin: 39756
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 26 de julio de 2022, el Acuerdo de modificación del Convenio para el desarrollo de programas formativos de formación profesional dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y María Francisca Herrera García, para el ciclo formativo de Grado Medio de Farmacia y Parafarmacia en el IES Siberia Extremeña de Talarrubias, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del acuerdo que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 2 de agosto de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021.
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y MARÍA FRANCISCA HERRERA GARCÍA, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO DE FARMACIA Y PARAFARMACIA EN EL IES SIBERIA EXTREMEÑA DE TALARRUBIAS.
Mérida, 26 de julio de 2022.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, Don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto 151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de 19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa María Francisca Herrera García con NIF ***9110**, domicilio en calle Cervantes, núm. 45, código postal 13410 Agudo, Ciudad Real, con teléfono de contacto _____________, correo electrónico ____________________ y Doña María Francisca Herrera García como representante de la misma
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que con fecha 30 de noviembre de 2021 se ha firmado el convenio para el desarrollo de programas formativos de formación profesional dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y María Francisca Herrera García publicado en el DOE número 14, de 21 de enero de 2022, y según establece la cláusula Decimotercera la selección del alumnado responde únicamente a criterios académicos generales de acceso a enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.
2. Que el ciclo formativo de grado medio en Farmacia y Parafarmacia del IES Siberia Extremeña de Talarrubias cambia de modalidad dual completa, donde la selección del alumnado únicamente responde a criterios de selección académicos generales de acceso a enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, a dual mixta, donde intervienen otros criterios de selección como son la entrevista personal, las calificaciones, la asistencia a clase, la actitud, el esfuerzo y la motivación por el estudio.
3. Que el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que a falta de regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
ACUERDAN
1. Modificar la cláusula Decimotercera que pasa a tener la siguiente redacción:
La selección del alumnado responde a las siguientes exigencias:
X Criterios académicos generales de acceso a enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.
Realización de pruebas teórico/prácticas en los siguientes módulos/ámbitos:
El desarrollo de estas pruebas podrá ser con la siguiente metodología:
De desarrollo.
Tipo test.
X Entrevista personal por la empresa colaboradora y/o centro educativo.
Test psicotécnicos por la empresa colaboradora y/o centro educativo.
Reconocimiento médico.
X Otros (especificar): calificaciones, asistencia a clase, actitud, esfuerzo y motivación del alumnado, consideraciones a tener en cuenta para determinar su incorporación o no a la empresa o centro de trabajo.
El Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo
(PD, Resolución de 13 de noviembre 2019,DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
D. Rubén Rubio Polo
El representante legal de María Francisca Herrera García.
D. María Francisca Herrera García

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