EXTRACTO de la Resolución de 29 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2022 de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa Crisol Formación.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 643034
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarias.
Podrán promover y desarrollar proyectos del Programa CRISOL-FORMACIÓN y ser beneficiarias de las subvenciones, las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que tengan entres sus fines la promoción de empleo o la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, disponibilidad para la ejecución de las obras o servicios a ejecutar en el ámbito territorial de la localidad del proyecto y presenten memoria-proyecto que se considere técnicamente viable por el Servicio Extremeño Público de Empleo conforme al artículo 19 del Decreto 78/2021 de 30 de junio.
Las entidades beneficiarias deberán estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede social o al menos algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura. La entidad deberá manifestar, mediante certificación del representante legal, la solvencia económica para poder atender a las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención.
Segundo. Objeto.
Convocar las subvenciones de 2022 de la Línea I. Subvenciones a entidades promotoras de los proyectos del Programa CRISOL-FORMACIÓN previstas en el Capítulo I y la sección tercera del Capítulo II del Decreto 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa CRISOL-FORMACIÓN y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.
Tercero. Bases reguladoras.
El Decreto 78/2021 de 30 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Crisol-Formación y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras (DOE número 129, de 7 de julio de 2021), modificado por el Decreto 79/2022, de 22 de junio (DOE número 126, de 1 de julio de 2022).
Cuarto. Importe de la convocatoria.
El importe global de esta convocatoria es de 3.245.000 euros, con cargo a la aplicación 130080000G/242B/48900 TE2400100220220424, CRISOL FORMACIÓN ENTIDADES , con fuente de financiación de Transferencias del Estado y con el siguiente desglose por años:
2022: 1.622.500 euros
2023: 1.622.500 euros
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será hasta el día 26 de septiembre de 2022 a computar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Solo podrá presentarse una solicitud por entidad promotora. Se entiende como la misma entidad, las entidades locales y sus organismos autónomos o entidades dependientes.
Sexto. Otros datos.
La entidad solicitante debe cumplimentar el formulario de solicitud de la ayuda, disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/, con la información requerida y adjuntar los documentos que correspondan. Los impresos normalizados de los Anexos I bis, II y III de la resolución de convocatoria deberán ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicado en la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote, para ser posteriormente firmados y presentados de conformidad con el apartado segundo del resuelvo sexto y el resuelvo séptimo de la referida resolución.
Mérida, 29 de julio de 2022.
El Secretario General del SEXPE,
(PD, Resolución de 29 de octubre de 2020.DOE n.º 214, de 5 de noviembre de 2020).
VICTOR MANUEL GARCÍA VEGA