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ANUNCIO de 28 de julio de 2022 sobre Oferta de Empleo Público para el año 2022.
DOE Número: 156
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 12 de agosto de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 40109
Página Fin: 40117
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Visto el expediente instruido para la aprobación de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2022 y conforme a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 128 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y el artículo 29 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, aprobado el presupuesto de las Administraciones Públicas de Extremadura, sus respectivos órganos de gobierno aprobarán en el plazo máximo de tres meses la correspondiente oferta anual de empleo que deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que reglamentariamente se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal, para su debida coordinación con las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas. El Ayuntamiento de Badajoz, en la sesión plenaria celebrada el día 17 de mayo de 2022 aprobó los presupuestos generales municipales para el año 2022.
Segundo. Con fecha 14 de julio de 2022 se ha reunido la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Badajoz y sus Organismos Autónomos tomando conocimiento de la propuesta de Oferta de Empleo Público presentada por este Ayuntamiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para la aprobación de la oferta de empleo público le corresponde a la persona titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de Badajoz, de conformidad con el artículo 21.1. g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, no obstante, la misma ha sido delegada en la teniente de alcalde en materia de recursos humanos, mediante Decreto de fecha 30 de junio de 2021, de competencias genéricas y nombramiento de Tenientes de Alcalde y delegaciones de competencias específicas a Concejales del Ayuntamiento de Badajoz, (BOP núm. 126, de 6 de julio de 2021).
Segundo. El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público define la Oferta de Empleo Público como un instrumento de gestión de recursos humanos que tiene la finalidad de proveer las necesidades de personal de nuevo ingreso, que cuenten con asignación presupuestaria, y que podrá contener, a tal efecto, medidas derivadas de planificación de recursos humanos.
El artículo 29 de la Ley 13/2015, de 8 abril, de la Ley Función Pública de Extremadura determina que las plazas dotadas presupuestariamente, cuya cobertura se considere necesaria y que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, constituirán la Oferta de Empleo Público.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 91, determina que las Corporaciones locales formularán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal.
Por otra parte, el artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, determina que la Oferta de Empleo para el año correspondiente se aprobará y publicará, anualmente, dentro del plazo de un mes desde la aprobación del presupuesto de la Entidad correspondiente, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que reglamentariamente se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal para su debida coordinación con las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas.
Tercero. La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022 dispone en su artículo 20 uno 1 que la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 72.1 de la Constitución, así como las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, estará sometido a los límites establecidos en la mima y se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del 120 por cien en los sectores prioritarios y del 110 por cien en los demás sectores. Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un 120 por cien de tasa en todos los sectores.
Cuarto. La citada Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022 en su artículo 20 dispone las posibles tasas de reposición que las administraciones públicas pueden aplicar. Así en los términos del apartado 7 para calcular la tasa de reposición de efectivos el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo.
A estos efectos se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa.
Quinto. Conforme a los preceptos anteriormente citados y a los artículos 36.3 y 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dicha oferta de empleo público se ha sometido a negociación en la Mesa de General de Negociación de los Empleados Públicos con fecha 14 de julio de 2022. Consta en el expediente certificado emitido por la persona titular de la Secretaría de la citada Mesa en relación con la negociación efectuada relativa a este asunto.
En virtud de lo expuesto, previa negociación de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Badajoz, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y en uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1. g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, delegadas mediante Decreto de fecha 30 de junio de 2021, de competencias genéricas y nombramiento de Tenientes de Alcalde y delegaciones de competencias específicas a Concejales del Ayuntamiento de Badajoz, (BOP núm. 144, de 30 de julio de 2021), esta Teniente de Alcaldía,
RESUELVE
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento correspondiente al año 2022 turno libre y discapacidad intelectual que a continuación se detalla:
PERSONAL FUNCIONARIO
GRUPO/SUBGRUPO PLAZA ESCALA SUBESCALA TOTAL
A1 Arquitecto AE T 1
A2 Técnico Control Financiero AG GE 1
Técnico Gestión AG GE 1
C1 Policial Local AG GE 1
C1 Policial Local AG GE 1
Policial Local AG GE 1
Policial Local AG GE 1
Policial Local AG GE 1
Inspector urbanístico AE T 1
C2 Oficial Electricista AE SE 1
Oficial Electricista Automóvil AE SE 1
Oficial Electromecánico AE SE 1
AP Operario AE SE 1
PERSONAL FUNCIONARIO DISCAPACIDAD INTELECTUAL
AP Ordenanza AG SUB. 1
Total personal funcionario: 14 plazas.
PERSONAL LABORAL FIJO
GRUPO/SUBGRUPO PLAZA ESCALA TOTAL
A2 Profesor EE.MM AE 1
Profesor EE.MM AE 1
Profesor EE.MM AE 1
Profesor EE.MM AE 1
PERSONAL LABORAL FIJO IMSS
GRUPO/SUBGRUPO PLAZA TOTAL
A2 Trabajador Social 1
A2 Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
Trabajador Social 1
PERSONAL LABORAL FIJO FMD
GRUPO/SUBGRUPO PLAZA ESCALA SUBESCALA TOTAL
C1 Monitor Deportivo AE SE 1
Monitor Deportivo AE SE 1
Monitor Deportivo AE SE 1
Monitor Deportivo AE SE 1
Monitor Deportivo AE SE 1
Monitor Deportivo AE SE 1
Monitor Deportivo AE SE 1
Total Personal Laboral Fijo: 24 plazas.
Total Personal Funcionario y Laboral Fijo: 38 plazas.
Segundo. Aprobar la tasa de reposición de efectivos, correspondientes a años anteriores, no cubiertas y vacantes de funcionarios en la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento
PERSONAL FUNCIONARIO
GRUPO/SUBGRUPO PLAZA ESCALA SUBESCALA TOTAL
C2 Auxiliar Administrativo AG AUX 1
PERSONAL LABORAL INMSS
GRUPO/SUBGRUPO PLAZA ESCALA SUBESCALA TOTAL
C2 Auxiliar Administrativo AG AUX 1
C2 Auxiliar Administrativo AG AUX 1
C2 Auxiliar Administrativo AG AUX 1
Total personal funcionario y laboral plazas: 4 plazas
Tercero. Aprobar la Oferta de Empleo Público por promoción interna correspondiente al ejercicio 2022,
TURNO PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIO
GRUPO/SUBGRUPO PLAZA ESCALA SUBESCALA TOTAL
A1 Intendente AE SE 1
A2 Técnico Gestión Administrativa AG T 1
Técnico Control Financiero AE T 1
Subinspector de Policía AE SE 1
Inspector Policía Local AE SE 1
Inspector Policía Local AE SE 1
C1 Encargado AE SE 1
Inspector Urbanístico AE T 1
Maestro AE SE 1
Maestro AE SE 1
Maestro electricista AE SE 1
Oficial de Policía Local AE SE 1
Oficial de Policía Local AE SE 1
Oficial de Policía Local AE SE 1
Suboficial SCIS AE SE 1
C2 Cabo SCIS AE SE 1
Guía de Museo AE AUX 1
Oficial Guardería AE SE 1
Oficial 1ª Arbolado Urbano AE SE 1
TURNO PROMOCIÓN INTERNA LABORAL FMD
GRUPO/SUBGRUPO PLAZA ESCALA SUBESCALA TOTAL
C1 Administrativo AG ADTVA. 1
Encargado AE SE 1
C2 Auxiliar Administrativo AG AUX 1
Oficial Mantenimiento AE SE 1
Oficial Mantenimiento AE SE 1
TURNO PROMOCIÓN INTERNA LABORAL
GRUPO/SUBGRUPO PLAZA ESCALA SUBESCALA TOTAL
C2 Auxiliar Administrativo AG AUX 1
Total Personal Funcionario y Laboral Promoción Interna: 25 plazas.
Cuarto. Notificar que, frente al presente acto, que es firme en vía administrativa, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También podrá interponerse, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.1 y 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que sea procedente y estimen oportuno.
Badajoz, 28 de julio de 2022.El Alcalde, PD, Decreto de 27 de julio de 2021 (BOP núm. 144, de 30 de julio de 2021). La Tte. Alcalde Delegada de RR.HH. MARÍA DE LOS HITOS MOGENA MALPARTIDA.

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