ANUNCIO de 12 de agosto de 2022 sobre aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización para el desarrollo de la actividad urbanizadora de la "AU-04" del Plan General Municipal.
DOE Número: 164
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 25 de agosto de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Urbanismo.
Página Inicio: 43248
Página Fin: 43248
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
Mediante acuerdo del Pleno de fecha 29 de julio de 2021, se aprobó definitivamente el Proyecto de Urbanización para el desarrollo de la actividad urbanizadora de la AU-04 del Plan General Municipal, lo que se publica a los efectos del artículo 59 y de la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS).
ACUERDO
Primero. Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización de la AU-04 del Plan General Municipal, presentado por el Agente Urbanizador. La aprobación se realiza con la obligación del promotor de realizar todas las subsanaciones e indicaciones que se reflejan en los informes de los técnicos municipales que obran en el expediente.
Segundo. Proceder a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Extremadura y en la Sede Electrónica Municipal.
Tercero. Notificar el acuerdo a los promotores.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Plasencia, 12 de agosto de 2022. El Alcalde, FERNANDO PIZARRO GARCÍA.