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ANUNCIO de 12 de agosto de 2022 sobre aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización para el desarrollo de la actividad urbanizadora de la "AU-04" del Plan General Municipal.
DOE Número: 164
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 25 de agosto de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Urbanismo.
Página Inicio: 43248
Página Fin: 43248
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Mediante acuerdo del Pleno de fecha 29 de julio de 2021, se aprobó definitivamente el Proyecto de Urbanización para el desarrollo de la actividad urbanizadora de la AU-04 del Plan General Municipal, lo que se publica a los efectos del artículo 59 y de la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS).
ACUERDO
Primero. Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización de la AU-04 del Plan General Municipal, presentado por el Agente Urbanizador. La aprobación se realiza con la obligación del promotor de realizar todas las subsanaciones e indicaciones que se reflejan en los informes de los técnicos municipales que obran en el expediente.
Segundo. Proceder a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Extremadura y en la Sede Electrónica Municipal.
Tercero. Notificar el acuerdo a los promotores.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Plasencia, 12 de agosto de 2022. El Alcalde, FERNANDO PIZARRO GARCÍA.

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