ANUNCIO de 22 de agosto de 2022 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto "Aprovechamiento de aguas pluviales para riego por goteo en la finca "El Caballo" sobre una superficie de 20,00 hectáreas de viñedo y olivar", término municipal de Corte de Peleas (Badajoz). Expte.: IA22/0967.
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto Aprovechamiento de aguas pluviales para riego por goteo en la finca El Caballo sobre una superficie de 20,00 hectáreas de viñedo y olivar , término municipal de Corte de Peleas (Badajoz), podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos/Evaluación Ambiental Ordinaria/
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido dentro en el Grupo I, letra b) del Anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad .
El proyecto consiste en la transformación a regadío de una superficie de 20 hectáreas, en la que existen 6 hectáreas de cultivos de viña en un marco de plantación 3x2 metros y se desean implantar 14 hectáreas de olivar en marco de plantación 6x1,5 metros, instalando un sistema de riego por goteo.
El agua necesaria para el riego procederá de las aguas pluviales, que serán recogidas en una balsa de almacenamiento a ejecutar con una capacidad de almacenamiento de 6.799,41 metros cúbicos. Desde esta balsa se bombeará el agua hasta el sistema de riego, pasando por el cabezal de riego y repartiéndose por los diferentes sectores de riego proyectados a través de la red de riego diseñada.
El volumen anual de agua para el riego de la superficie solicitada asciende a 6.705 m3/año.
La transformación a regadío se ubica en la parcela 53 del polígono 10 y la parcela 37 del polígono 11 del término municipal de Corte de Peleas (Badajoz), en la finca El Caballo .
Toda la superficie de actuación se encuentra en el espacio de la Red Natura 2000 Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera .
El promotor del proyecto es D. Francisco Javier Gallardo Bote.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hídricos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 16/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 22 de agosto de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.