CORRECCIÓN de errores del Extracto de la Resolución de 22 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género, la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de Intervención Directa en materia de Violencia de Género.
DOE Número: 179
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 16 de septiembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
Rango: CORRECCIÓN
Descriptores: Violencia de Género. Subvenciones.
Página Inicio: 45381
Página Fin: 45382
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 645485
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/645485).
Advertido error material en el Extracto de la Resolución de 22 de agosto de 2022 de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género, la promoción de la igualdad de género, la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco de Pacto de Estado contra la Violencia de Género en su Modalidad B: Proyectos de Intervención Directa en materia de Violencia de Género, se procede a su oportuna rectificación.
En la página 43702
Donde dice:
Primero. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Agrupaciones de Mujeres, Federaciones de Asociaciones de Mujeres y Fundaciones Privadas de Mujeres sin ánimo de lucro para la realización de proyectos de intervención directa en materia de violencia de género (Modalidad B) cuyas medidas a poner en marcha estén incluidas en los Ejes 2, 3, 4 y 8 del Pacto de Estado contra la Violencia de Género aprobado en diciembre de 2017, y desglosados en el ANEXO I de esta convocatoria.
Debe decir:
Primero. Beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Asociaciones de Mujeres, las Agrupaciones de Mujeres, Federaciones de Asociaciones de Mujeres y Fundaciones Privadas de Mujeres sin ánimo de lucro para la realización de proyectos de intervención directa en materia de violencia de género (Modalidad B) cuyas medidas a poner en marcha estén incluidas en los Ejes 2, 3, 4 y 8 del Pacto de Estado contra la Violencia de Género aprobado en Diciembre de 2017, y desglosados en el ANEXO I de esta convocatoria.
Mérida, 9 de septiembre de 2022.
La Secretaria General,
ANTONIA V. POLO GÓMEZ