ANUNCIO de 12 de septiembre de 2022 sobre notificación de trámite de audiencia en relación con las ayudas por superficie, incluidas en la Solicitud Única 2022/2023.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con el artículo 12 de la Orden de 27 de enero de 2021, por la que regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación del Programa de Desarrollo Rural, actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Operadores-Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica, así como del resuelvo noveno de la Resolución de 26 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas de pago básico, pago para las personas agricultoras que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, pago suplementario para las personas que ostenten la condición de joven agricultor/a , pago específico al algodón, régimen de pequeños/as agricultores/as , pagos asociados a la superficie y a la ganadería, y los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura, derivados, especialmente, del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en lo que respecta a las medidas de desarrollo rural en el ámbito del sistema integrado, campaña 2022/2023, mediante este anuncio se notifica el trámite de audiencia concedido, informando a los interesados del estado de sus solicitudes de ayudas por superficie previstas en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre. Se le informa, además, de errores que podrían conllevar la inadmisión de sus solicitudes y de los documentos que han de aportar a sus expedientes para su subsanación y de la actualización y validación de los distintos recintos declarados, tras la realización de los oportunos controles administrativos.
Atendiendo a lo dispuesto en los artículos 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados tendrán acceso en el Portal del Ciudadano de SGA, a través del enlace https://sga.juntaex.es/SgaGpi, utilizando para ello sus claves principales o el Certificado electrónico o DNI electrónico:
— Al análisis del estado de validación como admisible de cada uno de los recintos declarados, incluyendo incumplimientos de la actividad agraria, duplicidad en la declaración de recintos y solape gráfico, pudiendo estar sujetos a futuras modificaciones derivadas de controles sobre el terreno y otras incidencias.
— Al contenido íntegro de su comunicación sobre requisitos para el cumplimiento de agricultor activo , jóvenes agricultores o “errores generales” en las solicitudes.
Para el caso de solicitantes cuyas declaraciones de superficie se hallen afectadas por duplicidades, habrán de aportar documentación fehaciente que acredite su derecho a declarar la superficie afectada para la campaña 2022/2023.
Para los casos en que tenga la solicitud inconsistencias sobre agricultor activo , jóvenes agricultores” o errores generales”, se presentará también la documentación necesaria para la subsanación de tales circunstancias.
De conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, se concede a los solicitantes un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio, para realizar alegaciones y presentar los documentos requeridos y justificaciones que estimen pertinentes.
En la referida Orden de 27 de enero de 2021, se establece que están obligados a relacionarse con la Administración, a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite, los sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que deberán dar respuesta a la presente comunicación, accediendo al Portal del Ciudadano de SGA en el enlace https://sga.juntaex.es/SgaGpi, a través de los trámites habilitados para ello en la opción de Alegaciones a la Solicitud Única con los siguientes Códigos motivos:
1 Error Manifiesto y Documentación General en la Solicitud.
101 Documentos de Agricultor Activo.
102 Documentos para Jóvenes Agricultores.
103 Documentación Alta de Terceros.
Para las personas interesadas no obligadas a la presentación por medios electrónicos, los escritos de alegaciones y documentos a aportar se dirigirán al servicio de Ayudas Sectoriales de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, sita en la avenida Luis Ramallo, s/n., 06800, Mérida (Badajoz).
Mérida, 12 de septiembre de 2022. El Jefe de Servicio de Ayudas Sectoriales, DAVID GALÁN MARRÓN.